Pregunta de Xiomara sobre Familia en Madrid
Hola, actualmente llevo un proceso de demanda de guarda y custodia. Yo vivo con mi hijo en España desde hace tres años y el padre en Perú ( los tres somos peruanos) . Ya hay una comisión rogatoria a Perú, la cual no ha respondido y se le ha tomado como rebeldía. Ya hay fecha para el juicio. Mi pregunta es , él puede tomar alguna acción en mi contra para obligarme a volver a Perú con el niño
Respuestas de abogados especializados
Buenos días, en respuesta a su pregunta y con los datos que aporta, entendemos que no existe posibilidad de que el padre del menor realice actuación alguna en ese sentido.
En primer lugar, porque él mismo no ha mostrado su intención de ser parte en el proceso de guarda y custodia.
En segundo lugar, entendemos que o bien el padre autorizó la salida del menor de Perú, por lo que no puede solicitar que vuelva ya que la salida del niño fue autorizada. O si el niño nació en España, y fue él quien volvió a Perú, el domicilio del niño está en España y no puede solicitar que el niño retorne a un lugar en el que nunca ha sido su domicilio.
Esperamos haber resuelto su duda. Si necesita alguna aclaración quedamos a su disposición.
Un saludo.
Valladolid
En términos generales, si tu hijo reside habitualmente en España desde hace años y ya existe un procedimiento de guarda y custodia en curso ante un juzgado español, los tribunales españoles suelen ser los competentes para decidir sobre las medidas relativas al menor. Que el padre viva en Perú, no haya contestado a la comisión rogatoria o haya sido declarado en rebeldía no le impide intervenir posteriormente en determinados términos, pero tampoco significa que pueda obligarte por sí solo a regresar a Perú con el niño.
El padre podría intentar promover acciones en Perú o solicitar la restitución internacional del menor si sostiene que el traslado o la permanencia en España fue contrario a sus derechos de custodia. Sin embargo, el resultado dependería de cuestiones decisivas: si el traslado contó con su consentimiento, dónde tenía el niño su residencia habitual antes de venir, si existían resoluciones previas, cómo se ha ejercido la patria potestad y cuál es la situación actual del menor. La nacionalidad peruana, por sí sola, no determina que debáis volver a Perú.
Conviene que consultes con un abogado de familia para revisar la demanda, la comisión rogatoria, cualquier autorización de viaje y la documentación relativa a la residencia del niño.
Equipo LexGoApp
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