Pregunta de Rober sobre Civil en Vizcaya
Respuestas de abogados especializados
Buenas tardes Rober,
Sí que tienen obligación de pagar aún estando en la situación actual de crisis del COVID. Según lo recogido en art. 2 del Real Decreto 15/2020, el inquilino de un local comercial puede solicitar un aplazamiento si se dan unas circunstancias determinadas. Aún así, para centrar el tema en su pregunta concreta, yo le remitiría un burofax al inquilino (siempre asesorado de un abogado) entendiendo que los arrendatarios no se han puesto en contacto con usted. Podríamos escribir ríos de tinta entre la cláusula rebus, el art. 1213 del Código Civil y la jurisprudencia pero creo que en su caso es mejor pasar a la acción.
Barcelona
Buenas tardes Sr. Rober.
La problemática de los arrendamientos de locales comerciales con la actual situación del COVID está generando situaciones como las que indica en su pregunta y que en parte lo encontramos regulado en el RD Ley 15/2020 de 21 de abril.
Entiendo que el mismo inquilino en este supuesto en concreto tiene la obligación de pagar el alquiler atendiendo a que no le ha comunicado nada de forma expresa y fehaciente.
Podríamos escribir ríos de tinta enlazando la cláusula rebus sic stantibus, la jurisprudencia y el art. 1213 y siguientes del Código Civil pero le sugiero que empiece remitiendo un burofax a esta panadería siempre aconsejado por un abogado. Nuestro despacho le puede asesorar gratuitamente llamando al 900.13.11.11 (llamada totalmente gratuita). Josep Artero (Abogado).
Barcelona
Buenas tardes Rober:
No exactamente. Según el Real Decreto Ley 15/2020, en caso de que tu inquilino sea un autónomo, y sólo en el caso de que su facturación se haya reducido un 75 % o más y te aporte una declaración responsable en ese sentido (que más adelante tendrá que completar aportando los documentos que la justifiquen), tendría derecho a solicitarte hasta el día 21 de mayo, un aplazamiento temporal y extraordinario del pago de la renta. Igualmente, si alcanzarais un acuerdo en ese sentido, podríais hacer uso de la fianza para el pago de las rentas, siempre que el inquilino de tu local reponga la fianza en un año, o antes de que finalice el contrato.
En definitiva, si tu inquilino no te ha comunicado ni solicitado formalmente nada de lo anterior, simplemente está incumpliendo injustificadamente el contrato, por lo que podrías reclamarle las rentas impagadas o incluso iniciar un procedimiento de desahucio.
Si necesitas más información o ayuda adicional, puedes contactar conmigo en los siguientes datos:
Gonzalo Ayo Jiménez
690396819
gonzaloayoabogado@icasv-bilbao.com
www.gonzaloayoabogado.com
Al. San Mamés, 37, 2º, Dpto. 4, 48010, Bilbao (Bizkaia)
Vizcaya
Abogados especialistas en Civil
Preguntas relacionadas
- Hola, me gustaría conocer mis derechos y obligaciones como propietario de una parte de una vivienda, así como la posibilidad de venderla. gracias
- Buenas tardes. Actualmente mantenemos alquilada la vivienda en la que nací y me crié hace 40 años pagando una cuota de renta antigua bajo un contrato verbal entre la propietaria y mis padres. Dicha propietaria falleció hace algunos años y desde entonces hemos seguido haciendo el ingreso del alquiler en la cuenta de su heredero (hijo). Hace un mes el propietario actual nos ha sugerido legalizar la situación y adaptar el alquiler a la situación del mercado actual. Cabe destacar que actualmente solo vamos a esa casa de forma ocasional. Estamos obligados a regularizar la situación y pagar más por dicho alquiler? Gracias.
- Hola, No quiero renovar el contrato a mi inquilino. Teniendo en cuenta que mi objetivo es que se vaya en cuanto finalice, y que sé que él no se quiere ir, ¿cuándo y cómo es la mejor manera de comunicarlo? Gracias
- Hola, si firmo una declaración sobre algo que se de una persona en un litigio entre esa persona y otra presentan ese documento como prueba, pueden llamarme a declarar en el juicio? Tendrá acceso a ese documento la persona a la que hace referencia dicho documento? Muchas gracias por su atención.
- Se trata de un caso de entrega de in iPhone8 que estaba contratado con Vodafone en un trámite de retro portabilidad el día 8 de Octubre 2018. El día 17 de Octubre, un mensaje de Correos Expres me comunica la entrega del terminal. Yo me encuentro en ese día en Italia en viaje de trabajo. Correos Exprés confirma que ha entregado el terminal a un señor que no tiene nada que ver conmigo. Ese señor no estaba en mi domicilio al momento de la entrega, entonces es un señor que estaba en la calle. Ellos me han invitado a comprar un nuevo iPhone. Correos Exprés también rechaza cualquier responsabilidad. El departamento de fraude Vodafone ha abierto y cerrado esta incidencia como caso de entrega incorrecta y no fraude. El valor del iPhone es de 588 euros que estoy pagando con 24.5 euros cada mes durante los próximos 24 meses, sin disponer del terminal. ¿Qué puedo hacer? Gracias