Pregunta de Antonio sobre Ley segunda oportunidad en Lleida

Buenos dias. Soy autonomo individual y gestiono un pequeño taller. En Abril del 2018 me acogí a la ley de segunda oportunidad, La deuda total era de 110.000 e. En Julio del 2018, se presentó un acuerdo extrajudicial de pagos, en que se establecía una quita del 50 % de la deuda y el resto a pagar en 60 mensualidades sin intereses. El 31/07/2018 fue suscrito el acuerdo por el 100 % de los prestamistas y acreedores. Estableciendose en primer pago en septiembre del 2018. Hasta el dia de hoy se han pagado todas las cuotas. Por motivo de la crisis economica del covid-19, solicité las ayudas públicas para autónomos. No he podido solicitarla, ya que me encontro en el CIRBE con 100.000 e, en mora. La pregunta es; Cómo es posible que en virtud de la ley de segunda oportunidad y estando al pago de mis obligaciones no tengo derecho a ayudas publicas por ser un moroso? gracias
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Mi consejo es que junto a tu solicitud de las ayudas, adjuntes un certificado que te encuentras al corriente de pago, tanto de las obligaciones tributarias, como de la seguridad social. Asimismo, puedes aportar un pantallazo del Registro Público Concursal y el acuerdo extrajudicial al que se acogieron el 100 % de tus acreedores. En definitiva, hazles saber que a pesar de haberte acogido a la ley de segunda oportunidad estás al corriente de pago.

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Respuesta por Antonio Creador :

Pero esas actuaciones no me quitarán del CIRBE como moroso, y segun me dicen en mi banco, es condicion necesaria para acudir a los ICOS.
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