Pregunta de Alba sobre Penal en Granada
Me gustaría saber si se incumple una orden de alejamiento en el siguiente supuesto:
Existe una orden de alejamiento de 5 años impuesta por sentencia entre un hijo y un padre, el hijo no puede acercarse a su padre por malos tratos. El padre fallece y en ese momento la orden de alejamiento sigue vigente, el hijo acude al tanatorio ante la negativa de los demás hermanos. ¿Ha incumplido la orden de alejamiento?
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Buenos días Alba:
Yo entiendo que no. Todas las penas tienen una finalidad y propósito. En el caso de las ordenes de protección consiste en la protección de una persona sobre la conducta de otra por miedo a su integridad física o psicológica. En el caso que plantea al haber fallecido yo entiendo que la medida decae en ese momento al no tener ningún bien que proteger.
Y aun así, el caso que plantea es un caso de extrema necesidad ya que es el único momento en el que el hijo puede presentar sus respetos a su padre. No creo que llegue muy lejos en caso de que se plante un quebrantamiento de condena.
Un saludo
Borja Adrados Urreiztieta
Burgos
Abogados especialistas en Penal
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