Pregunta de Elena sobre Civil en Toledo

Buenas tardes, el 1 de junio de 2020 alquilé mi casa. El contrato lo hizo un examigo que tiene una inmobiliaria y además es amigo de mis inquilinos.
Le dije que quería alquilarlo 1 año y así lo puso en el contrato. También puso que si ambas partes estamos de acuerdo en alargar el tiempo, al llegar ese año, se renovaría automáticamente hasta un tope de 3. He leído que no es legal que pusiera 3 años ya que son 5 de mínimo. Y de lo de que al año volvíamos a hablar y veríamos si seguíamos o no, tampoco es legal. Yo no quiero que estén el año porq necesito mi casa... y tampoco me puso la cláusula de "poder hacer uso de mi vivienda si lo necesito"... Hay algo que pueda hacer ante este contrato/engaño que he sufrido? Muchas gracias
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Buenas tardes Elena:

Los contratos se rigen en primer lugar por lo que pactan las partes y en lo que no quede especificado por lo que dicte la ley. Habría que estudiar el contrato con más detenimiento, pero hay que mirar antes de nada el plazo del contrato. El artículo 9 de la LAU no obliga a que el contrato tenga un minimo de 5 años sino que se esta a lo que pacten las partes. Si usted ha pactado un año en el contrato y que se renueve progresivamente hasta los tres no tiene problema, siempre y cuando como minimo antes del 1 de mayo comunique fehacientemente a sus inquilinos que quiere rescindirlo.

Por otro lado, aunque no aparezca la clausula referente a la necesidad de ocupar la casa por parte del propietario, la Ley de Arrendamientos Urbanos sirve como clausula de arrastre en lo que no se especifique en el mismo, es decir, que no este contemplada no significa que no se aplique por lo que si usted la necesita puede aplicarla.

Un saludo

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Respuesta por Elena Creador :

Muchísimas gracias, así lo haremos antes del 1 de mayo y si tuvieramos algún problema, le contactaré por privado sin duda para que nos lleve este tema usted.
Muchas gracias, buen día.
Borja Adrados Urreiztieta

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