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¿Cuántos días de permiso corresponden por cirugía ambulatoria de un familiar?
Cuando un familiar cercano se somete a una intervención quirúrgica sin hospitalización, es importante conocer cuántos días de permiso retribuido le corresponden al trabajador para poder asistir o cuidar al familiar. A continuación, te explicamos qué establece la ley y qué condiciones deben cumplirse.
¿Cuántos días de permiso laboral otorga la ley?
Según el Artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores, todos los trabajadores tienen derecho a 5 días de permiso retribuido por cirugía ambulatoria (sin ingreso hospitalario) de un familiar, siempre que se cumplan ciertos requisitos.
Requisitos para acceder al permiso por cirugía sin hospitalización
Para poder disfrutar de este permiso laboral, deben cumplirse las siguientes condiciones:
1. Tipo de familiar cubierto
El familiar intervenido quirúrgicamente debe ser:
- El cónyuge o la pareja de hecho.
- Un familiar hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad (padres, hijos, abuelos, nietos, hermanos, suegros, cuñados...).
- Un familiar consanguíneo de la pareja de hecho.
- Otra persona que, sin ser familiar, conviva con el trabajador en el mismo domicilio y requiera su cuidado efectivo.
2. Que la intervención requiera reposo domiciliario
Aunque la cirugía sea ambulatoria (sin hospitalización), es necesario que el paciente precise reposo en casa tras la operación, lo cual justifica la necesidad del permiso.
¿Puede ampliarse este permiso?
Sí. Aunque la ley establece un mínimo de 5 días, el convenio colectivo de tu empresa puede ofrecer condiciones más favorables, como una mayor duración del permiso o la inclusión de más familiares.
Por eso, es fundamental que el trabajador revise su convenio colectivo para conocer los beneficios adicionales que pudieran aplicarse en su caso.
¿Es este un permiso retribuido?
Sí. Este permiso es retribuido, lo que significa que durante esos días el trabajador mantiene su salario íntegro, sin descuentos.
Conclusión
Si necesitas ausentarte del trabajo para cuidar a un familiar operado sin ingreso hospitalario, tienes derecho a 5 días de permiso retribuido, siempre que se cumplan los requisitos legales. Consulta siempre tu convenio colectivo para saber si te corresponde un permiso más amplio.
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