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Matrimonio putativo: qué es, consecuencias y regulación legal

El matrimonio putativo es un tipo de matrimonio que, pese a ser declarado nulo, produce ciertos efectos legales debido a la buena fe de al menos uno de los contrayentes. Este concepto tiene su origen en el derecho canónico y se refleja actualmente en el derecho civil español, específicamente en el artículo 79 del Código Civil.

¿Qué es el matrimonio putativo?

El matrimonio putativo se define como un matrimonio celebrado de manera inválida, pero con la particularidad de que al menos uno de los cónyuges actuó de buena fe, sin conocer los motivos que hacían nulo el vínculo matrimonial.

En derecho civil, esto significa que aunque la unión sea declarada nula, los efectos del matrimonio se mantienen hasta el momento de la declaración, protegiendo principalmente a los hijos y al contrayente de buena fe.

La buena fe de los contrayentes se presume, y solo se requiere demostrar lo contrario en caso de disputa.

Base legal del matrimonio putativo en España

El artículo 79 del Código Civil regula esta figura, estableciendo que la nulidad del matrimonio no afecta a los derechos de los hijos ni al contrayente de buena fe. Esta normativa constituye una excepción a la retroactividad de la nulidad, ya que evita que los actos realizados durante el matrimonio perjudiquen a quienes actuaron correctamente.

El artículo 102 del Código Civil complementa esta regulación, indicando que, tras la declaración de nulidad, se equiparan ciertos efectos a los producidos en el divorcio o separación legal, como:

  • Posibilidad de vivir separados y cesar la presunción de convivencia conyugal.
  • Revocación de consentimientos y poderes otorgados entre cónyuges.
  • Limitación para vincular los bienes privativos del otro cónyuge en la gestión del hogar.

Consecuencias del matrimonio putativo

Las principales consecuencias legales del matrimonio putativo se centran en proteger a los hijos y al cónyuge de buena fe. Entre ellas destacan:

  1. Legitimidad de los hijos: Los hijos nacidos durante el matrimonio se consideran legítimos y con todos los derechos de filiación.
  2. Validez de los actos económicos: Los actos jurídicos o patrimoniales realizados por el cónyuge de buena fe no se anulan.
  3. Derechos del contrayente de buena fe: Se mantienen todos los derechos adquiridos derivados del matrimonio.

Si alguno de los cónyuges actuó de mala fe, sus derechos quedan anulados, aunque sin perjudicar a los hijos ni al cónyuge de buena fe.

Matrimonio putativo vs. divorcio

En la práctica, los efectos de un matrimonio putativo se asemejan a los del divorcio, ya que todo lo realizado durante la vigencia del matrimonio se considera válido para el contrayente que actuó de buena fe. Esto asegura que la nulidad no tenga consecuencias injustas sobre quienes confiaron en la validez del matrimonio.

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