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¿Qué es el mandante en Derecho Civil? Definición, funciones y obligaciones
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¿Qué es el mandante en Derecho Civil? Definición, funciones y obligaciones

El mandante es la persona que encarga a otra —el mandatario— la realización de una gestión o servicio en su nombre o por su cuenta. Esta figura pertenece al contrato de mandato, regulado en los artículos 1709 a 1739 del Código Civil español.

En otras palabras, el mandante delega un acto jurídico o material en otra persona, basada en la confianza y representación.

¿Qué papel cumple el mandante en el contrato de mandato?

El mandante es titular del interés gestionado y dirige la actuación del mandatario durante todo el encargo. El mandatario actúa por cuenta ajena y siguiendo sus instrucciones.

Ejemplos comunes de mandato:

  • Encargar la firma de una escritura en nombre propio
  • Gestionar la venta de un inmueble
  • Administrar una finca o negocio

Requisitos para ser mandante

Para ser mandante es necesario tener capacidad jurídica y de obrar suficiente para el acto encomendado. Es decir, debe poder realizar por sí mismo ese negocio si lo hiciera directamente.

Si el encargo implica vender un inmueble, el mandante debe tener plena capacidad de obrar.

¿Pueden existir varios mandantes en un mismo contrato?

Sí. El Código Civil permite varios mandantes. Si el mandato se otorga para un negocio común, todos los mandantes responderán solidariamente frente al mandatario. Esta norma protege al mandatario y evita problemas de reparto de obligaciones.

Obligaciones del mandante

El mandante tiene obligaciones clave para garantizar el correcto desarrollo del mandato:

1. Anticipar fondos y proporcionar medios

Debe facilitar al mandatario:

  • Dinero necesario para ejecutar el mandato
  • Documentos e información relevante

Si el mandatario adelanta fondos, el mandante debe reembolsarlos con intereses, incluso si el negocio fracasa sin culpa del mandatario.

2. Reembolsar gastos e indemnizar

El mandante debe:

  • Reembolsar los gastos adelantados
  • Indemnizar al mandatario por daños derivados de la gestión, siempre que este actúe sin culpa

3. Retribuir el mandato (cuando sea pactado)

Por defecto, el mandato es gratuito, salvo que el mandatario ejerza profesionalmente esa actividad. En ese caso, se presume retribuido.

¿Puede el mandante revocar el mandato?

Sí. El mandante puede revocar el mandato en cualquier momento, incluso sin causa, avisando al mandatario. Sin embargo, la revocación no puede perjudicar a terceros de buena fe que desconozcan esa decisión.

¿Qué ocurre si muere el mandante?

El mandato se extingue por la muerte del mandante, ya que es un contrato basado en confianza personal. No obstante:

  • Actos del mandatario realizados sin conocer el fallecimiento son válidos
  • El mandatario debe concluir gestiones urgentes para evitar perjuicios

Diferencias entre mandante, representado y comitente

Mandante vs. representado

  • Mandante: quien encarga la gestión
  • Representado: quien soporta o disfruta los efectos jurídicos

Pueden coincidir, pero no siempre.

Mandante vs. comitente

  • Mandante: contrato civil
  • Comitente: contrato de comisión en el ámbito mercantil

Si la gestión implica actos de comercio, se aplica la comisión y el Código de Comercio.

Conclusión

El mandante es la persona que confía en un tercero para realizar gestiones en su nombre. Su papel exige capacidad legal y conlleva responsabilidades económicas, como anticipar gastos y reembolsar al mandatario.

Conocer estas obligaciones evita conflictos y asegura una correcta relación jurídica.

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