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Qué es la pensión de alimentos
La pensión de alimentos es aquella que se establece en favor de un pariente para su asistencia.
Tras los episodios de crisis matrimonial con hijos en común, suele imponerse al cónyuge no custodio la obligación de pagar una pensión de alimentos para contribuir con los gastos de la crianza de los hijos comunes.
QUÉ INCLUYE LA PENSIÓN DE ALIMENTOS
Conforme determina el artículo 142 del Código Civil (CC), los alimentos incluyen lo indispensable para:
- Habitación.
- Sustento
- Vestido.
- Asistencia médica.
- Educación e instrucción.
- Gastos de embarazo y parto.
Ciertamente, la obligación alimentaria está relacionada con el deber de asistencia que los parientes cercanos (de primer grado y cónyuges) tienen entre sí. Sin embargo, la pensión de alimentos se refiere más concretamente a la establecida en el convenio regulador o la sentencia de separación o divorcio en favor de los hijos comunes.
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