Pregunta de Susanna sobre Inmobiliario en Barcelona

Tengo una vivienda, que compré en 2009. Ahora quiero venderla y tengo un comprador. Estamos a punto de firmar arras. Hace dos años que pagamos comunidad. Antes de los dos años hemos estado sin comunidad durante un tiempo, y hay una deuda de endesa comunitária. Mi pregunta es: si firmamos ahora en enero 2020, el comprador se tiene que hacer cargo de la parte que mes correspone de la deuda comunitaria de endesa de hace años (es una deuda del 2015), o el comprador solo se tendria que hacer cargo si hubiera alguna deuda en los últimos 3 años? Gracias.
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Efectivamente, el comprador solo se tendria que hacer cargo si hubiera alguna deuda en los últimos 3 años.
Quedamos a su disposición.
Saludos,
Antonio Muñoz de Gispert

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