Pregunta de Manuel sobre Familia en Guadalajara

Según sentencia estoy obligado a pagar una pensión alimenticia la cual debe de ser incrementada según el IPC de cada año si este año el IPC es negativo se lo puedo aplicar a la pensión alimenticia y bajarla? gracias
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Buenos días Manuel:

Jurisprudencialmente existen 3 posturas a su pregunta:

1.- Cumplimiento literal de la sentencia.
2.- Aplicación del principio de proporcionalidad
3.- Analogía a otras disposiciones.

Conforme a la primera postura, la del cumplimiento literal, existen sentencias que confirman su pregunta. Cuando el IPC es positivo, las pensiones deben revisarse e incrementarse en ese x% y cuando el IPC es negativo deben revisarse y reducirse en X%.

Conforme a la segunda postura, la más seguida por los juzgados de familia afirma que la pensión inicial es la pensión base y que las revisiones sujetas al IPC son secundarias. Por lo que se inclinan a revisar caso por caso concreto. Solo se reduciran siempre y cuando se pueda demostrar que el obligado al pago experimenta una variación en sus ingresos y por lo tanto, saldría perjudicado doblemente. Es por ello, que normalmente se decantan en si es positivo el IPC sube y si es negativo se congela la pensión.

Conforme a la tercera postura, la más residual y casi sin utilizar, asemeja las pensiones de alimentos a las pensiones públicas que siempre suben aunque sea un 0,25%, por lo que las revisiones de las pensiones siempre serán al alza. Pero como le digo casi nunca se aplica.

En mi opinión, lo mas probable es que se aplique la segunda postura y arriesgarse a bajarle puede ocasionarle un procedimiento por impago de pensiones. En el caso de que quiera bajar la pensión es más recomendable que acuda al procedimiento de modificación de medidas si su capacidad economica ha disminuido

Un saludo

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Borja Adrados Urreiztieta

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Burgos

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