Pregunta de Fatima sobre Familia en Segovia
Respuestas de abogados especializados
Buenos días Fatima:
La disolución de una sociedad de gananciales puede venir por uno de estos dos casos:
a) Divorcio
b) Cambio a otro Régimen contemplado en la legislación española.
En el caso de que se quiera usted divorciar la opción más aconsejable es realizar la disolución a la vez que se solicita el divorcio. Si usted tiene hijos menores de edad se debe hacer obligatoriamente en el Juzgado y si usted no tiene hijos o son mayores de edad se puede hacer en notaria o Juzgado.
En el caso de haberse divorciado ya y haber postergado la liquidación o en caso de que no se quiera divorciar y que lo unico que quiera es pasar de gananciales a separación de bienes o participación, lo usual es acudir a una notaria y realizar unas capitulaciones matrimoniales.
Sea como sea el procedimiento es exactamente el mismo para cualquiera de los casos anteriormente contemplados.
1.- Se debe hacer una lista de todos los bienes o activos que se dispongan desde el mismo día en que se contrajo matrimonio hasta el que se ponga fin al matrimonio (en los casos de divorcio o postergación de la liquidación) o hasta el momento en que se decida cambiar de régimen matrimonial.
Aquí hay que tener en cuenta todo sueldos y salarios, dinero ahorrado, casas, coches, derechos, acciones.... A excepción de los bienes adquiridos antes del matrimonio o heredados por alguno de los cónyuges, ya que estos bienes se consideran privativos.
2.- Se debe hacer lo mismo con las deudas (hipotecas, créditos, tarjetas de crédito bancarios o de alguna mercantil...)
3.- Una vez que se conoce el activo y el pasivo se adjudica un valor a lo que no lo tenga (casa, coche, objetos de valor...)
4.- Se realizan dos lotes de igual valor tanto en Activo como en Pasivo.
En el caso del divorcio ya no habrá nada que le vincule a su ex pareja y en caso de cambiar de régimen hay que tener en cuenta que a partir del momento del cambio del mismo sus patrimonios transcurrirán por separado
Borja Adrados Urreiztieta
Burgos
Buenos días Fatima:
Depende de si usted esta casada o no. Es decir, si usted quiere divorciarse y quiere disolver su sociedad de ganaciales, se hace dentro del mismo procedimiento de divorcio.
En el caso de que usted se divorciara de su marido tiempo atras pero la sociedad e gananciales quedara por repartir o adjudicar, hay que repartir los bienes que hubiera desde el momento en que se caso hasta que se divorcio.
Un saludo
Borja Adrados Urreiztieta
Burgos
Abogados especialistas en Familia
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