Pregunta de Andrés sobre Propiedad intelectual en Madrid

Pongo el caso: un trabajador que ya no está en su empresa anterior y que se dedicaba a la producción de jingles y promos, y que actualmente, esa empresa sigue reproducciendo los jingles producidos por el antiguo trabajador.

La pregunta es: ¿esa producción jingles bajo contrato laboral pertenece a la empresa o al creador de los mismos por derechos de autor?

En el caso de uso de una marca... ¿Sería lo mismo?

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Buenos días Andres:

Depende mucho del contrato y las condiciones laborales que tenia ese trabajador dentro de la empresa anterior. Si el contrato contemplaba la propiedad de las obras creativas que este señor pudiera producir o simplemente se limitaba a su creación y utilización.

En mi opinión si el contrato no especifica que la propiedad intelectual de los jingles eran del empleador el podría seguir utilizandolos ya que son producto de su intelecto y creatividad.
En el caso de una marca la cosa cambia. La marca tiene que tener un titular registrado y es esa persona la que puede utilizarla en exclusividad o permitir o tolerar que otros la usen.

Un saludo

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Borja Adrados Urreiztieta

Borja Adrados Urreiztieta

Burgos

Buenos días,

Si el contrato era en régimen laboral, y la producción de jingles y promos estaba dentro de las funciones propias para las que el trabajador fue contratado, se presume una cesión de derechos a favor de la empresa, a quien pertenecen los jingles y promos, salvo que las partes hubieran pactado lo contrario (lo que no parece, de la explicación del caso).

El caso de la marca puede ser diferente; habría que ver qué uso hay de esa marca por la empresa y si hay o no registro.

Un saludo

Javier Serrano Irurzun
Bamboo.legal

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Abogados especialistas en Propiedad intelectual

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