Pregunta de Andrés sobre Propiedad intelectual en Madrid
La pregunta es: ¿esa producción jingles bajo contrato laboral pertenece a la empresa o al creador de los mismos por derechos de autor?
En el caso de uso de una marca... ¿Sería lo mismo?
Gracias!!
Respuestas de abogados especializados
Buenos días Andres:
Depende mucho del contrato y las condiciones laborales que tenia ese trabajador dentro de la empresa anterior. Si el contrato contemplaba la propiedad de las obras creativas que este señor pudiera producir o simplemente se limitaba a su creación y utilización.
En mi opinión si el contrato no especifica que la propiedad intelectual de los jingles eran del empleador el podría seguir utilizandolos ya que son producto de su intelecto y creatividad.
En el caso de una marca la cosa cambia. La marca tiene que tener un titular registrado y es esa persona la que puede utilizarla en exclusividad o permitir o tolerar que otros la usen.
Un saludo
Borja Adrados Urreiztieta
Burgos
Buenos días,
Si el contrato era en régimen laboral, y la producción de jingles y promos estaba dentro de las funciones propias para las que el trabajador fue contratado, se presume una cesión de derechos a favor de la empresa, a quien pertenecen los jingles y promos, salvo que las partes hubieran pactado lo contrario (lo que no parece, de la explicación del caso).
El caso de la marca puede ser diferente; habría que ver qué uso hay de esa marca por la empresa y si hay o no registro.
Un saludo
Javier Serrano Irurzun
Bamboo.legal
Abogados especialistas en Propiedad intelectual
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