Pregunta de Carlos andrés sobre Penal en Madrid
En una relación anterior yo grabé con mi móvil a mi pareja y a mi teniendo relaciones sexuales, todo consentido, no se nos ve la cara.
Yo envié por whatsapp ese vídeo e imágenes a otra chica.
Al final mi ex se dio cuenta porque me quitó el móvil y vio lo que le había enviado.
¿Ha sido ilegal haber enviado ese vídeo e imagines?¿Qué consecuencias puede tener haberlo hecho?
Gracias.
Respuestas de abogados especializados
Buenos días, Don Carlos:
El Código Penal prevé este tipo de conductas como un delito de revelación de secretos, previsto y penado en su artículo 197. Su ex pareja prestó consentimiento para proceder a la grabación de esas imágenes, pero no así para difundirlas, por lo que podría haber incurrido en el delito previsto en el artículo 197.3 CP (Se impondrá la pena de prisión de dos a cinco años si se difunden, revelan o ceden a terceros los datos o hechos descubiertos o las imágenes captadas a que se refieren los números anteriores).
Cuestión importante es la información que usted apunta relativa a que en los vídeos no aparecen sus caras, si bien hay que tener en cuenta que las personas pueden ser identificables por muchos otros detalles, tales como tatuajes, lunares, manchas de nacimiento, cicatrices etc.
Espero que le haya sido de ayuda la información.
Un saludo.
Alejandro Benito García
Zaragoza
Abogados especialistas en Penal
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