Pregunta de Luis sobre Penal en Madrid
Procedimiento: Juicio sobre delitos leves
Delito: Falta de injurias o vejaciones
Pero leyendo el Código Penal, he descubierto el articulo 173.2 en donde se enumera a las personas, que de recibir las injurias, serian objeto de tratamiento penal.
Pero en mi caso, no se dan esas circunstancias.
Tampoco se acompañaba a la citación copia de la denuncia.
Mi pregunta es la siguiente:
¿Puedo dirigir un escrito al Juzgado haciéndoles saber estas circunstancias y pedir el sobreseimiento?
¿En caso contrario, como debería actuar?
Gracias
Respuestas de abogados especializados
Buenos días Luis:
El artículo 173.2 del Código Penal hace referencia al tipo de injurias agravado, es decir, al que se realiza con un elemento de superioridad ( conyuge, familiar, a menores a su cargo...) no tengo muy claro si en el caso que expone ese sera su caso.
Por otro lado, hayque distinguir dos tipos de cedula de citación, los papeles pequeñitos de cuartilla, por el que el oficial deja en su domicilio el aviso para que vaya a recoger al juzgado correspondiente la documentación y la citación o si esta usted en casa recibe de manos del oficial los papeles completos en formato de papel justicia (escudo de España, numero de procedimiento, fecha...
En este segundo caso, en el que usted tiene ya en su poder ese documento tiene por lo menos que tener la denuncia en donde se le imputan unos hechos y las circunstancias que le acompañan.
Usted puede solicitar dicha información al juzgado, avisando de que no le han dado copia de la denuncia para saber de que se le acusa y en que circunstancias.
Puede usted solicitar el sobreseimiento pero con casi toda la seguridad sera rechazado y lo unico que le queda es defenderse.
Cualquier duda no dude en realizarla
Borja Adrados Urreiztieta
Burgos
Abogados especialistas en Penal
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