Pregunta de Jose sobre Civil en Baleares
He notificado a mi inquilio de mi voluntad de no renovar el contrato de alquiler con menos de dos meses de antelación. A fecha de vencimiento llevará 5 años de alquiler. Qué consecuencias tiene para mí como arrendador?
Respuestas de abogados especializados
Buenos días Jose
Según el art. 9 de la LAU el plazo mínimo de 5 años entre personas físicas. Esto quiere decir, que una vez alcanzado ese tiempo normalmente se hace un nuevo contrato. Además ese mismo artículo recoge que el plazo para comunicar la decisión de rescindir el contrato es de 30 días minimo.
Esto quiere decir, que estaría dentro del supuesto del artículo 9 y no tendría mayor problema a priori.
Un saludo
Borja Adrados Urreiztieta
Burgos
Abogados especialistas en Civil
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