Pregunta de Jose sobre Civil en Baleares

He notificado a mi inquilio de mi voluntad de no renovar el contrato de alquiler con menos de dos meses de antelación. A fecha de vencimiento llevará 5 años de alquiler. Qué consecuencias tiene para mí como arrendador?
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Buenos días Jose

Según el art. 9 de la LAU el plazo mínimo de 5 años entre personas físicas. Esto quiere decir, que una vez alcanzado ese tiempo normalmente se hace un nuevo contrato. Además ese mismo artículo recoge que el plazo para comunicar la decisión de rescindir el contrato es de 30 días minimo.

Esto quiere decir, que estaría dentro del supuesto del artículo 9 y no tendría mayor problema a priori.

Un saludo

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Borja Adrados Urreiztieta

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Burgos

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