Guía sobre esguince cervical
El esguince cervical es la lesión más frecuente tras un accidente de tráfico. En muchas ocasiones ni siquiera es necesario que se produzca una gran colisión para que aparezca esta dolencia. Además no se manifiesta inmediatamente, lo que lleva a que muchas personas ni siquiera reclamen su indemnización.
En esta guía vamos a hablarte de los efectos del esguince cervical, cómo detectar la lesión y cómo exigir tu indemnización.
Qué es un esguince cervical
Esguince cervical y latigazo cervical suelen emplearse como sinónimos, aunque clínicamente no son lo mismo:
El latigazo cervical es una lesión derivada de una flexión del cuello con una inmediata extensión brusca. Técnicamente se habla de una sucesiva hiperflexión e hiperextensión.
Mientras que el esguince cervical requiere el desgarro de los ligamentos presentes entre las vértebras cervicales.
De modo que los esguinces cervicales derivan de latigazos cervicales, pero no todos los latigazos provocan esguinces. Es decir, esta lesión es más grave que el propio latigazo.
En cualquier caso, los latigazos cervicales suelen conllevar otras lesiones asociadas, que suelen afectar a nervios, tendones e incluso a la propia columna vertebral.
Los accidentes de tráfico como causa más frecuente de esguince cervical
Otro de los motivos por el que ambos conceptos suelen confundirse trae causa de su origen. Estas lesiones suelen derivar de accidentes de tráfico, especialmente de alcances traseros donde la musculatura está relajada.
Como el accidente resulta sorpresivo, los músculos del cuello no consiguen limitar su rango de movimiento. De modo que se provoca la flexión y posterior extensión brusca de la que hablábamos, causando un efecto “látigo” que da nombre a la lesión.
Cómo se detecta el esguince cervical
Uno de los problemas del diagnóstico de esguinces y latigazos cervicales es que la radiografía solo detecta las lesiones más graves. Las resonancias y la electromiografía pueden ser más útiles para detectar lesiones asociadas.
Sin embargo, las lesiones de menor gravedad o que no vienen acompañadas de otras lesiones asociadas solo pueden detectarse mediante la observación clínica. Este es uno de los motivos por los que las reclamaciones por esguince cervical son difíciles de reclamar, ya que necesitaremos los servicios de un buen abogado y un buen perito médico.
Síntomas del esguince cervical
También es frecuente confundir ambas lesiones debido a su sintomatología, ya que es prácticamente idéntica.
El mayor problema a la hora de detectar un esguince cervical es que sus síntomas no suelen aparecer de inmediato. En general los dolores y falta de movilidad se dan cuando la zona se enfría, llegando a aparecer en un plazo de entre 24 o 72 horas.
Los síntomas de estas lesiones incluyen:
Dolor cervical, de cabeza o de cuello. Además, es frecuente que el dolor se irradie a los miembros superiores.
Rigidez. Esta se relaciona con la incapacidad para moverse o la limitación del movimiento, sea a causa del dolor o de la contracción muscular.
Mareos, náuseas y trastornos del sueño.
Además de estos síntomas se pueden producir otros debidos a lesiones concurrentes.
Lesiones asociadas al latigazo cervical
En el 70 % de los latigazos cervicales suele producirse una radiculitis cervical. Esta lesión consiste en un pinzamiento del nervio, generalmente provocada por una lesión en los discos vertebrales. Como síntomas asociados provoca la irradiación del dolor propio de la lesión principal, acompañado de hormigueos y adormecimiento de la mandíbula, los brazos y/o las manos.
En el 61 % de las ocasiones también se producen contusiones cerebrales. Este tipo de lesiones derivan de golpes violentos en el cráneo, llegando a producir laceraciones cerebrales. Sus síntomas incluyen confusión, desorientación, vértigos… Además, están asociadas a sintomatología relacionada con la ansiedad, la irritabilidad y las alteraciones de conducta.
En el 52 % de los casos se dan manifestaciones psiconeuróticas, muy difíciles de detectar dado su carácter psiquiátrico y debido a que se manifiestan pasado el tiempo.
Menos frecuentes son las lesiones lumbares (30 % de los casos) y las hernias de disco cervicales (26 % de los casos). Las primeras pueden extender los síntomas propios de un esguince cervical a los miembros inferiores, mientras que las segundas pueden llegar a provocar alteraciones motoras permanentes.
Qué hacer tras sufrir un latigazo cervical
Como ya hemos indicado, los síntomas del latigazo cervical no tienen por qué detectarse inmediatamente. Por eso es importante acudir al médico inmediatamente después de sufrir un alcance o un accidente de tráfico.
Incluso en el caso de que todavía no padezcamos ningún síntoma, el análisis del facultativo podría detectar contracturas y otras lesiones que justificarían el tratamiento. Además, con toda probabilidad nos recetará antiinflamatorios y/o relajantes musculares que ayudarán con el dolor.
También deberemos documentar esta visita, por los motivos que expondremos más adelante. De modo que deberemos obtener y conservar el informe médico en que el facultativo exprese las dolencias detectadas.
Una vez reconocidos por el facultativo deberíamos iniciar el tratamiento, donde suelen ayudar los masajes y otras formas de estimulación y movilización (salvo en los casos más graves, en los que puede que haya que inmovilizar la zona temporalmente). Si nos sometemos tempranamente al tratamiento conseguiremos paliar las complicaciones en nuestra movilidad.
Una vez abordada la cuestión sanitaria tendremos que contactar con un abogado para poder reclamar la indemnización. Esta cubrirá los daños en nuestro vehículo y bienes, pero también los tratamientos, los días en los que nos encontremos incapacitados para trabajar y las eventuales secuelas.
Cómo se indemnizan los latigazos cervicales
El texto fundamental para determinar la indemnización tras un accidente de circulación es la Ley 35/2015. Esta norma contiene un baremo que tiene en cuenta numerosos factores, como la gravedad de las consecuencias del accidente, los días en que estemos incapacitados para realizar nuestras tareas cotidianas y las secuelas derivadas del alcance.
Además, anualmente se actualizan estas indemnizaciones mediante resoluciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
Los días de curación
El primer elemento a considerar a la hora de calcular la indemnización por esguince cervical son los días que tarda en curarse el accidentado. Estos se categorizan del siguiente modo:
Días de perjuicio muy grave. Implican una indemnización de 103,48 euros diarios y responden al tiempo en que el accidentado pierde su autonomía personal para desarrollar casi la totalidad de las actividades esenciales de la vida ordinaria. Básicamente se trataría de los supuestos de hospitalización más grave.
Días de perjuicio grave. Implican una indemnización de 77,61 euros diarios y responden al tiempo en que el lesionado pierde su autonomía para desarrollar una parte relevante de las actividades esenciales de la vida ordinaria o la mayor parte de las actividades específicas de desarrollo personal.
Días de perjuicio moderado. Implican una indemnización de 53,81 euros diarios, y responden a supuestos en que el lesionado no puede desarrollar parte de las actividades específicas de desarrollo personal, como acudir al trabajo.
Días básicos. Implican una indemnización de 31,05 euros diarios, y responden al tiempo que transcurre hasta la absoluta curación.
Por tanto, para calcular una indemnización por latigazo o esguince cervical deben computarse los días en que el lesionado permanece hospitalizado, de baja y en rehabilitación.
Se atribuirá a cada uno de ellos el valor correspondiente y se sumará la totalidad para calcular la indemnización total correspondiente a los días de curación.
Incluimos una tabla de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones que incluye algunas cifras relevantes a la hora de calcular la indemnización por accidente de tráfico en 2019.
Las secuelas
El segundo componente indemnizatorio por esguince cervical son las secuelas. Las secuelas son aquellas deficiencias o perjuicios que persisten una vez terminada la recuperación. Es decir, se trata de consecuencias permanentes o indefinidas surgidas a raíz del accidente.
La Ley 35/2015 incluye un sistema de graduación para las secuelas, atribuyendo una puntuación a cada tipo de secuela. Obtenida la puntuación total habrá que acudir a la tabla 2.A.2, que es la que nos ofrecerá la cuantía de la indemnización al tener en cuenta la edad del lesionado.
Para puntuar adecuadamente las secuelas es necesario contar con la ayuda de un perito médico. Estos profesionales aplicarán sus conocimientos clínicos al caso para determinar la cuantía de la indemnización.
Además, en caso de que la compañía aseguradora se oponga al pago de la indemnización exigida (lo cual ocurre casi siempre), nuestro perito acudirá al juicio para aportar y explicar su informe.
Tipos de secuelas que pueden derivar del esguince cervical
Aunque no todos los latigazos cervicales provocan secuelas, las más frecuentes son las algias postraumáticas cronificadas. Estas valoran entre 1 y 5 puntos, dependiendo de su gravedad.
Dentro de las secuelas más graves se encuentran:
Algias postraumáticas:
Sin compromiso radicular y/o síndrome cervical asociado (1 - 5 puntos).
Con compromiso radicular y/o síndrome cervical asociado (6 - 10 puntos).
Artrosis postraumática sin antecedentes previos (2 - 8 puntos).
Cuadros clínicos derivados de hernia discal correlacionable con el accidente (1 - 15 puntos).
Alteración de la estática vertebral postfractura (1 - 20 puntos).
Limitación de la movilidad de la columna dorso-lumbar de origen mecánico:
Únicamente el segmento dorsal (2 - 10 puntos).
Ambos segmentos dorsal y lumbar (11 - 20 puntos).
Al margen de estas secuelas frecuentes, existen otras contempladas en el baremo. Por supuesto, en caso de padecerlas habría que valorarlas para reclamar la correspondiente indemnización.
Perjuicio patrimonial
Por último, tras sufrir un accidente de tráfico tienes derecho a reclamar una indemnización por el perjuicio patrimonial sufrido. Este refiere, básicamente, a:
Daños materiales. Principalmente se trata del coche, moto, bicicleta o vehículo donde se estuviera circulando. También puede incluir bienes que transportáramos, como el teléfono móvil.
Gastos asociados a la lesión. Destacan las facturas médicas, los gastos farmacéuticos, desplazamientos…
Ambas partidas responden al concepto de daño emergente. Pero también resulta indemnizable el lucro cesante, es decir, la pérdida de ingresos a causa de la lesión.
Cómo reclamar la indemnización por latigazo cervical
Para conseguir una indemnización se deberá demandar a la aseguradora del responsable del accidente. Pero aquí concurren dos problemas:
En primer lugar, el interés de la compañía es reducir al máximo la indemnización a abonar.
Y, en segundo lugar, debido a la dificultad de detectar un latigazo cervical no es infrecuente que quien ha sufrido un accidente de tráfico finja padecer esta lesión para obtener una indemnización.
En definitiva, la reclamación no suele ser sencilla. Generalmente la aseguradora ofrecerá una indemnización menor a la que se podría obtener tras un juicio, y el lesionado deberá decidir si la acepta o presenta su demanda.
Nuestro consejo es que, antes de aceptar o negociar, se contrate a un abogado especialista en accidentes de tráfico. De este modo sabrá si la oferta de la compañía es justa o todo lo contrario. Si finalmente presentamos una demanda debemos saber que la compañía se opondrá a nuestras pretensiones.
Lo más frecuente es que lo haga alegando que no existe la lesión, o que esta ya se padecía antes de producirse el accidente. También es común que alegue que la lesión no deriva del accidente, sino que surgió mucho después.
Precisamente por ello será necesario contar con un perito médico y con toda la documentación clínica que hayamos obtenido en los instantes posteriores al accidente.
Prevención y tratamiento de los esguinces cervicales
Ya hemos visto que las lesiones cervicales suelen derivar de alcances sorpresivos. Pero, aunque sea difícil reaccionar, si colocamos el reposacabezas a la altura idónea podremos reducir el impacto de estas lesiones en caso de sufrir un alcance.
La altura recomendada es la de la parte superior del cráneo (justo debajo de la coronilla). A su vez, nuestra cabeza debería estar a unos ocho centímetros de este elemento durante nuestra conducción.
Si ya hemos padecido el alcance no debemos darle más importancia de la que tiene. En caso contrario podríamos desarrollar problemas psicológicos o psiquiátricos. Debemos asumir que hemos sufrido la colisión y que ahora debemos gestionar los correspondientes trámites, pero que eso no implica que nos vaya a volver a pasar. Además, hay que recordar que estas lesiones suelen sanar bien, sin dejar secuelas graves salvo en los accidentes más extremos.
A nivel farmacológico, los antiinflamatorios y relajantes musculares ayudarán a reducir el dolor. Pero nuestro mayor aliado será el ejercicio, que deberíamos realizar bajo la supervisión de nuestro traumatólogo o fisioterapeuta. Así, el reposo o el uso de collarín solo se recomienda durante un breve lapso, ya que puede derivar en atrofias, contracturas y situaciones de dependencia.
Y a nivel jurídico y burocrático lo más recomendable es contratar a un abogado especialista en accidentes de tráfico. Estos profesionales se encargarán de todo el papeleo, y es probable que colaboren con personal sanitario especializado que nos ayudará en nuestra recuperación.
Además, nuestro abogado se encargará de lograr la máxima indemnización por el esguince cervical, gracias a su experiencia en la materia. De modo que dejar el asunto en manos de un especialista puede mejorar nuestras expectativas de éxito y quitarnos de encima el quebradero de cabeza.