Qué hacer cuando te despiden
Qué hacer cuando te despiden
Saber qué hacer cuando te despiden es fundamental para que se respeten tus derechos. Desde cómo calcular el finiquito hasta cómo impugnar el despido, pasando por la conciliación laboral. No hace falta que sepas derecho laboral. Simplemente sigue leyendo y te detallaremos qué pasos debes dar.
En esta guía pretendemos enseñarte estas y otras cuestiones, para que puedas determinar si el despido ha sido procedente. En caso contrario, deberías contactar con un abogado de despidos para que te ayude a reparar tu situación.
El despido es un trámite duro y desagradable, en la mayoría de los casos. Pero ahora tienes que comprobar si el empresario ha incumplido sus obligaciones. De modo que tienes dos opciones:
Contratar a un laboralista con experiencia en despidos. Plantéale tu caso y él se encargará de ver si se han respetado tus derechos. En caso contrario, iniciará las reclamaciones correspondientes y te dirá cómo proceder. De todos modos, te invitamos a leer esta guía para saber cuáles son los próximos pasos.
Mantener la mente fría y analizar tu situación. Con esta guía de despidos podrás comprobar si estás en regla en unos minutos. En caso contrario tendrás que reclamar a tu empleador, y te decimos cómo hacerlo.
¿Qué vamos a ver en esta guía?
Los trámites que tienes que hacer cuando te despiden no son difíciles. Además, vamos a ir paso a paso para que puedas terminarlos lo antes posible.
En primer lugar, debes reunir toda la documentación. Te explicamos qué documentación es relevante para calcular un finiquito e impugnar un despido. Estos papeles son importantes para seguir el resto de pasos.
Posteriormente debes estudiar si tu despido es improcedente o no. En caso de que se tratara de un despido improcedente tendrás derecho a una indemnización mayor o al reingreso en la empresa. Sin embargo, deberás impugnar el despido promoviendo la conciliación laboral. No te preocupes, te explicamos cómo hacerlo.
A continuación deberás calcular tu finiquito, para saber si te lo han pagado adecuadamente. En caso contrario deberás reclamar las cantidades debidas, lo que también se realiza mediante conciliación laboral.
Por último tendrás que pedir la prestación por desempleo. Te explicamos en qué casos puedes pedir el paro y cómo hacerlo.
No te saltes ningún paso y sabrás exactamente qué hacer cuando te despiden. ¡Vamos a ello!
¿Qué documentación necesito tras un despido?
El primer paso que tienes que dar tras tu despido es reunir toda la documentación necesaria para:
Ver si tu despido es improcedente o no.
Calcular el finiquito.
Prepararte para impugnar el despido o reclamar las cantidades laborales debidas.
¿Qué documentación necesitas tras tu despido? Por lo menos, tendrás que reunir:
La carta de despido. Este documento es fundamental, porque tiene que indicar los motivos por los que se extingue la relación laboral. Lo ideal es que la hayas firmado con un “no conforme”. Pero si no lo has hecho, no te preocupes. No puedes volver al pasado, pero tu empleador tampoco. De modo que solo podrá defenderse de tus reclamaciones esgrimiendo los argumentos y motivos que haya utilizado en esta carta. Por eso es un documento imprescindible para impugnar tu despido.
El recibo del finiquito. Necesitarás este recibo para calcular tu finiquito. Si las cantidades reflejadas en el recibo y las ingresadas en tu cuenta difieren, también deberías reunir los justificantes.
El certificado de empresa. En principio, la empresa debería enviarlo por su cuenta al SEPE. Sin él no podrás pedir la prestación por desempleo. Puedes solicitarlo a tu empleador si no lo ha entregado, o presentar la carta de despido para que el SEPE lo reclame.
La solicitud de prestación por desempleo. Puedes descargar los impresos para pedir el paro en la página del SEPE, siguiendo este enlace. Si reúnes toda la documentación que te indicamos en esta guía podrás aportarla, agilizando el trámite.
Tus últimas nóminas. No solo ayudarán a calcular el finiquito y la indemnización, sino que, en caso de que seas trabajador temporal, permitirán a tu abogado comprobar si se ha producido el encadenamiento de contratos. El encadenamiento de contratos se da cuando trabajas para la misma empresa o grupo durante 24 meses en un período de 30 meses seguidos. En estos casos se te considera trabajador fijo y podría tratarse de un despido improcedente.
Informe de vida laboral. Lo puedes pedir en la página de la Seguridad Social, a través de este enlace. Si no te han dado de alta se te considerará contratado por tiempo indefinido, por lo que también podría considerarse despido improcedente. Además, podrás reclamar los descubiertos de cotización, de haberlos.
Documentación necesaria en casos especiales
Si te encuentras en alguna de las siguientes situaciones, deberás reunir documentación que las acredite. Existen casos todavía más particulares, en los cuales te recomendamos consultar con un laboralista.
En caso de tratarse de un despido objetivo necesitarás el preaviso. En caso de que se trate de un despido objetivo el empresario tiene que haberte concedido un preaviso mínimo de 15 días. En él constarán las causas del despido, de modo que opera de una forma similar a la carta de despido. También debe indicar la fecha de efectos.
Si realizas horas extraordinarias necesitarás el registro de jornada. Puedes prescindir de este documento si no has hecho horas extraordinarias últimamente. En caso de que las hayas hecho, debes tenerlas en cuenta para calcular el finiquito, por lo que te vendrá bien un registro de jornada.
Si anticipas gastos o realizas viajes y visitas necesitarás las facturas o recibos de suplidos y otros gastos que hayas anticipado.
En caso de que se trate de un despido estando de baja o por causa de embarazo necesitarás informes médicos. Si ya estabas de baja también deberás aportar los partes de baja y confirmación.
Si mantienes un trabajo a tiempo parcial necesitarás un justificante de ingresos del mismo. Este es necesario para acceder a la prestación por desempleo.
Si decides impugnar el despido necesitarás el acta de conciliación laboral o la resolución judicial. En caso de que el empresario no te readmita necesitarás esta documentación para acceder al paro.
Si extingues o suspendes la relación laboral por ser víctima de violencia de género necesitarás acreditar esta condición. Para ello puedes emplear una orden de protección o el informe del Ministerio Fiscal o certificado de los Servicios Sociales.
¿Es mi despido improcedente?
Para saber qué hacer cuando te despiden debes conocer la naturaleza de la extinción del contrato. Sin entrar en tecnicismos, nuestro ordenamiento reconoce:
El despido procedente. Se trata de despidos legales. Te darán derecho al cobro del finiquito y al paro. En caso de ser un despido objetivo también tendrás derecho a una indemnización de 20 días de salario por cada año trabajado en la empresa, con un máximo de 12 mensualidades.
El despido improcedente. Se dan cuando se producen irregularidades en el despido. La cuantía de la indemnización aumenta, pudiendo reconocerse el reingreso en la empresa con abono de los salarios de tramitación. El resto de efectos son análogos a los de un despido procedente.
El despido nulo. Se trata de un despido abusivo, discriminatorio o atentatorio contra derechos fundamentales y libertades públicas. Tendrás derecho al reingreso en la empresa y abono de los salarios de tramitación. Por tanto, en estos casos no cobrarás el finiquito ni el paro.
Efectos del despido improcedente
Para que se declare un despido improcedente debes impugnarlo ante la jurisdicción social. En el último apartado te explicamos cómo hacerlo.
El juez determinará si tu despido ha sido procedente o no. Desde que se notifique la sentencia que declare el despido improcedente, el empresario tendrá cinco días para:
Readmitirte en la empresa. En este caso tendrá que abonar los salarios de tramitación, que son los que habrías cobrado de haber permanecido en la empresa.
O pagarte la indemnización confirmando el despido. A continuación explicamos cómo calcular esta indemnización.
Ten en cuenta que esta decisión depende del empresario, salvo que seas representante legal de los trabajadores. En este caso te corresponderá a ti elegir. Además, cuando el empresario no se pronuncie en el plazo de cinco días se presumirá que opta por readmitirte.
Cómo calcular la indemnización por despido improcedente
La indemnización por despido improcedente se calcula en dos tramos.
Por el tiempo trabajado a partir del 12 de febrero de 2012 te corresponderán 33 días de salario por cada año de servicio, con un máximo de 24 mensualidades.
Pero si trabajaste antes de esa fecha, ese tiempo devengará una indemnización de 45 días de salario por año de servicio. En este caso, la suma de ambos tramos no podrá superar las 42 mensualidades.
Despido estando de baja y otros despidos nulos
Como hemos señalado, en algunas situaciones el juez determinará que se trata de un despido nulo. Por ejemplo, ocurre con el despido estando de baja (solo determinadas bajas, como maternidad o paternidad) o durante el embarazo. También cuando medie discriminación u otras vulneraciones a tus derechos fundamentales.
Si este es tu caso, el empresario estará obligado a readmitirte en tu puesto de trabajo. Además, deberá abonarte los salarios de tramitación.
¿Me han pagado el finiquito correctamente?
Uno de los elementos más litigiosos tras un despido es el pago del finiquito. Este concepto engloba las deudas existentes entre la empresa y el trabajador en el momento de terminar el contrato. Por tanto, puede ser:
Positivo, cuando la empresa tenga deudas con el trabajador. En este caso le corresponderá pagarte. Si no lo hace deberías reclamar lo debido. Puedes recurrir a reclamaciones extrajudiciales (en este sentido podría interesarte un reconocimiento de deuda) o judiciales (mediante el proceso ordinario o monitorio).
Negativo, cuando es el trabajador quien debe a la empresa. Se da cuando se te han anticipado salarios o las vacaciones, o cuando no has hecho el preaviso con tiempo, fundamentalmente. En este caso deberás pagar a la empresa lo que le debas. Asegúrate de que esté bien calculado para no pagar más de lo debido.
Existen distintas vías para reclamar el finiquito.
Extrajudicialmente destaca el reconocimiento de deuda, como se ha mencionado. Mediante este documento el empresario reconoce que te debe dinero, por lo que garantiza tu cobro.
Judicialmente, e independientemente del proceso elegido, tendrás que empezar instando una conciliación laboral. En el último apartado te contaremos más sobre esta herramienta.
En cualquier caso, la asistencia de un abogado es más que recomendable. Por si no conoces a ninguno cerca de ti, te ofrecemos algunos enlaces que te facilitarán la búsqueda de:
Especialistas en reclamaciones laborales de Madrid.
Abogados de reclamación de cantidad laboral en Barcelona.
Juristas especializados en cobros laborales en el resto de España.
Cómo calcular el finiquito
El finiquito debe incluir todos los conceptos que el empresario te adeude a la fecha de efectos del despido. Por tanto, para calcular el finiquito debes sumar:
Los días de salario del mes en el que cesas. Si el despido tiene efectos el día uno cobrarás tu nómina, pero en caso contrario deben pagarte los días trabajados.
Los días de vacaciones que no hayas disfrutado. Estos estarán consignados en tu convenio colectivo. Ten en cuenta que si te quedan vacaciones devengadas pero no disfrutadas no podrás pedir el paro hasta que transcurran esos días.
La parte proporcional de las pagas extraordinarias. Estas son las que se abonan en verano y Navidad. Por tanto, equivalen a un sexto de tu salario por mes trabajado, aproximadamente.
Indemnizaciones. Este concepto incluye la indemnización por despido. Pero también otras que pudieran concurrir. Por ejemplo, si hay un pacto de exclusividad, no competencia o compensación por clientela.
Otros conceptos. A la hora de calcular tu finiquito debes incluir los gastos suplidos, dietas, pluses y otros conceptos que queden por pagar o devolver.
¿Cuánto me tienen que pagar si me despiden?
Resumiendo lo que llevamos de guía sobre “qué hacer cuando te despiden”, lo primero es analizar si tu despido es improcedente o nulo y lo siguiente calcular el finiquito. En consecuencia, te tendrán que pagar:
La indemnización por despido, siempre que sea objetivo o improcedente.
El finiquito.
Ahora que conoces los conceptos por los que tienen que pagarte y cómo calcularlos pasamos a la siguiente cuestión importante: la prestación por desempleo.
¿Tengo derecho al paro tras un despido?
Siempre que te despidan (y hayas cotizado lo suficiente) tendrás derecho al paro. La prestación por desempleo se reconoce a favor de las personas que tienen la voluntad y capacidad de trabajar pero no pueden hacerlo. Por tanto tu despido te pondrá en situación legal de desempleo.
Si tu carrera de cotización te lo permite y cumplimentas los trámites correspondientes podrás acceder al paro y cobrar tu prestación. Ten en cuenta que si no has cotizado lo suficiente porque el empresario no te dió de alta (como ocurre con los falsos autónomos) deberás:
Promover denuncia frente a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS). Para ello no necesitas abogado, pero es recomendable recurrir a él.
Acudir a la oficina del SEPE con tu denuncia. Generalmente te reconocerán el derecho aportando copia de la denuncia, sin perjuicio de que debas devolver la prestación si posteriormente no tienes derecho a ella.
En caso de que se te deniegue la prestación, en cuanto la ITSS haga sus averiguaciones las comunicará a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). Esta cursará alta de oficio y podrás solicitar la prestación.
Cómo solicitar la prestación por desempleo
La prestación por desempleo se debe pedir en 15 días desde:
El día en que produzca efectos el despido. Este estará consignado en el preaviso y/o la carta de despido.
O, en caso de tener vacaciones devengadas y no disfrutadas, desde que terminen las mismas. El salario que te correspondería cobrar durante estos días está incluido en tu finiquito, como hemos explicado antes.
Ten en cuenta que si tardas más en pedir el paro se te descontará ese tiempo de la duración de la prestación.
Respecto a la documentación, si has seguido esta guía desde el principio ya la tendrás lista. En particular, debes entregar:
Identificación. DNI o NIE o TIE con pasaporte.
Cobro. Número de cuenta donde quieras ingresar la prestación.
Certificado de la empresa, en caso de que esta no lo haya remitido al SEPE.
Para acceder al paro debes suscribir el compromiso de actividad. De este modo te comprometes a buscar activamente empleo. Por tanto, tendrás que darte de alta como demandante de empleo. No podrás acceder al paro si has cumplido la edad de jubilación o cobras una pensión de invalidez o incapacidad permanente absoluta.
Cuánto dura el paro
Debes saber que la duración de esta prestación depende de tu carrera de cotización. Así, debes haber trabajado entre un año y año y medio para acceder al paro durante cuatro meses.
Desde entonces, tendrás derecho a dos meses más por cada medio año trabajado. Para realizar este cómputo se tienen en cuenta los períodos de cotización de los últimos seis años.
Cuánto se cobra en el paro
Respecto a la cuantía de la prestación, esta se calcula a partir de tus bases de cotización:
Primero se calcula el promedio de tus bases de cotización de los últimos seis meses.
El resultado será la base reguladora, a la que tendrá que aplicarse un porcentaje:
Durante los 180 primeros días, el porcentaje será del 70 %.
A partir de entonces será del 50 %.
¿Puedo pedir el paro por Internet?
También puedes realizar este trámite a través de la página web del SEPE. A efectos de facilitarte este trámite te incluimos un enlace a la página desde la que solicitar la cita previa para que te atiendan en una oficina del SEPE. También otro al programa de autocálculo de prestaciones por desempleo, para que puedas aproximar cuánto te corresponde cobrar. Sin embargo, ten en cuenta que probablemente tendrás que realizar estos trámites con la entidad autonómica que se encargue de gestionar las prestaciones por desempleo en tu región.
¿Cómo funciona la conciliación laboral?
Ahora ya sabes qué hacer cuando te despiden. Pero si algo sale mal, puede que tengas que impugnar tu despido o reclamar cantidades. En estos casos deberás acudir a la conciliación laboral.
Nuestra principal recomendación antes de acudir a esta herramienta es que contrates a un abogado. Mucha gente prefiere no hacer el “gasto” y termina perdiendo en el procedimiento por no estar asesorada o por cuestiones técnicas y de plazos. Así que debes pensar en ello como una inversión. Los abogados laborales no suelen ser caros, y son una garantía de éxito. Además, pueden ayudarte a atajar el problema jurídico antes de que exista.
Aquí incluimos un enlace desde el que encontrar laboralistas en Madrid y otro para abogados laborales en Barcelona. Si no resides en estas provincias te ofrecemos otro enlace para buscar especialistas en derecho del trabajo en cualquier parte de España.
Tu abogado te explicará cómo seguir cada paso de la conciliación laboral. A modo de resumen, este es el funcionamiento general:
Presentarás papeleta de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC).
El SMAC os citará a ti y a la empresa para buscar una solución extrajudicial al conflicto.
En caso de tener éxito, se reconocerán tus derechos y la empresa te readmitirá o pagará. Si no te pagara podrías acudir a los tribunales para que ejecuten el acuerdo.
En caso de no tener éxito tendrás que acudir a los tribunales del orden social.
El orden social es muy ágil y técnico. De modo que la asistencia de abogado y procurador es más útil que en otros sectores del derecho. En cualquier caso, si has reunido la documentación que te hemos recomendado y has contratado a un buen laboralista no tienes nada que temer. En poco tiempo restablecerás tus derechos.
Esperamos que esta guía te haya enseñado qué hacer cuando te despiden. Si tienes más dudas puedes consultarnos. Además de ayudarte a encontrar un abogado podemos resolver jurídicas específicas telefónicamente, o puedes plantearlas a nuestra comunidad de abogados a través del foro de dudas legales.