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¿Qué es la jubilación parcial? Requisitos, tipos y beneficios en 2025
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¿Qué es la jubilación parcial? Requisitos, tipos y beneficios en 2025

La jubilación parcial permite a los trabajadores seguir activos laboralmente, pero con jornada reducida, mientras reciben una parte proporcional de la pensión de jubilación. Es una alternativa muy útil para quienes desean hacer una transición gradual hacia el retiro total.

¿Qué es la jubilación parcial?

La jubilación parcial es una modalidad de jubilación que combina trabajo a tiempo parcial con el cobro de una parte de la pensión. Está regulada por el artículo 215 de la Ley General de la Seguridad Social, y requiere acuerdo entre el trabajador y el empleador.

No debe confundirse con:

  • Jubilación anticipada: se deja de trabajar completamente antes de la edad ordinaria.
  • Jubilación activa: se cobra la pensión completa y se continúa trabajando, generalmente por cuenta propia.

Características principales de la jubilación parcial

  • Reducción de jornada: entre el 25% y el 50% (hasta el 75% en ciertos casos con contrato de relevo).
  • Parte del ingreso proviene de la empresa, y parte de la Seguridad Social.
  • Se mantiene la cotización a la Seguridad Social.
  • Compatible con el cumplimiento progresivo de la edad jubilatoria (67 años en 2027).

Tipos de jubilación parcial

1. Jubilación parcial con contrato de relevo

Aplicable a trabajadores menores a la edad de jubilación ordinaria. Requiere que la empresa contrate a un nuevo trabajador mediante un contrato de relevo, para cubrir las horas que el empleado reduce.

Requisitos:

  1. Ser trabajador a jornada completa.
  2. Tener al menos 6 años de antigüedad en la empresa.
  3. Tener 33 años cotizados (25 años si se tiene una discapacidad ≥33%).
  4. Edad mínima: según el calendario progresivo hasta 2027. O bien, 60 años si es mutualista antes del 1 de enero de 1967.
  5. Contrato de relevo con duración igual o superior al tiempo restante hasta la jubilación ordinaria.
  6. Reducción de jornada: entre el 25% y el 50% (hasta el 75% si el relevista trabaja jornada completa e indefinida).

2. Jubilación parcial sin contrato de relevo

Disponible para quienes ya han alcanzado la edad ordinaria de jubilación.

Requisitos:

  1. Ser trabajador a jornada completa.
  2. Estar cotizando a la Seguridad Social.
  3. Tener al menos 15 años cotizados, de los cuales 2 deben estar dentro de los últimos 15 años.

Edad según calendario vigente. En 2025:

  • 66 años y 8 meses si se tienen menos de 38 años y 3 meses de cotización.
  • 65 años si se han cotizado 38 años y 3 meses o más.
  • Reducción de jornada: entre el 25% y el 50%.

El contrato de trabajo para la jubilación parcial

Este contrato modifica el anterior y debe reflejar la nueva jornada reducida. No implica pérdida de derechos ni antigüedad.

Importante: no puede exigirse unilateralmente. Debe haber acuerdo con el empleador, salvo que esté previsto en convenio colectivo.

Opción de acumulación de jornada

El trabajador puede acumular las horas reducidas al inicio del contrato. Por ejemplo, trabajar jornada completa durante el primer año para cubrir los 2 años de jubilación parcial al 50%.

Diferencias entre jubilación parcial, anticipada y activa

Tipo de jubilación¿Trabaja el beneficiario?¿Cobra pensión?¿Hay intervención de la Seguridad Social?
ParcialSí, jornada reducidaSí, parcialSí
AnticipadaNoSí, completa o reducidaSí
ActivaSí, jornada completa o parcialSí, completaSí, bajo condiciones estrictas

 

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