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Requisitos y Procedimiento para Celebrar un Matrimonio Mixto en España
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Requisitos y Procedimiento para Celebrar un Matrimonio Mixto en España

Un matrimonio mixto es aquel que se celebra entre un ciudadano español y un extranjero, independientemente de su situación legal en España. Para su formalización, se deben cumplir los requisitos establecidos en el Código Civil español.

Requisitos para Contraer Matrimonio Mixto

Los contrayentes deben cumplir con las condiciones establecidas en los artículos 44 a 47 del Código Civil:

Consentimiento matrimonial: Ambos deben aceptar el matrimonio de manera libre y voluntaria.

Edad legal: Ser mayores de edad o menores emancipados.

Ausencia de vínculo matrimonial previo: No deben estar casados previamente, salvo en caso de divorcio o viudez debidamente acreditada.

No ser parientes directos: No pueden casarse parientes en línea recta o colaterales hasta el tercer grado de consanguinidad.

No estar condenado por homicidio del cónyuge anterior: En caso de antecedentes de este tipo, el matrimonio sería inválido.

Expediente Gubernativo de Matrimonio Mixto

Antes de la celebración del matrimonio, se debe tramitar un expediente en el Registro Civil correspondiente al domicilio de cualquiera de los contrayentes. Su objetivo es verificar la autenticidad de la relación y evitar matrimonios fraudulentos por conveniencia.

Documentación Requerida

Para el Ciudadano Español

  1. Certificado de nacimiento (vigente, con caducidad de 3 meses).
  2. Certificado de empadronamiento de los últimos 2 años.
  3. DNI o pasaporte vigente.
  4. Fe de vida y estado.
  5. Certificado de divorcio o nulidad matrimonial (si aplica).
  6. Acta de defunción del cónyuge anterior (si aplica).

Para el Ciudadano Extranjero

  1. Certificado de nacimiento.
  2. Certificación de mayoría de edad (si es menor de 25 años).
  3. Pasaporte o NIE vigente.
  4. Certificado consular sobre la necesidad de publicación de edictos.
  5. Certificado de soltería, divorcio o viudez (según corresponda).
  6. Inscripción consular.

Nota: Los documentos extranjeros deben estar legalizados, apostillados y traducidos por un traductor jurado. Si tienes dudas contacta con un abogado de extranjería.

Procedimiento del Matrimonio Mixto

Presentación de Documentación y Declaración Jurada: Ambos contrayentes deben presentar su documentación en el Registro Civil.

Audiencia Reservada: Entrevista con el encargado del Registro Civil para verificar la autenticidad de la relación.

Publicación de Edictos: En caso necesario, se publicarán edictos para permitir objeciones.

Dictamen del Ministerio Fiscal: Si se aprueba el expediente, se emite un auto de aprobación.

Celebración del Matrimonio: Puede realizarse en el Registro Civil, ante un notario, Juez de Paz o alcalde.

Matrimonios Mixtos en el Extranjero

Los ciudadanos españoles pueden casarse en el extranjero bajo tres modalidades:

  1. Conforme al Código Civil español.
  2. Según la normativa religiosa del país correspondiente.
  3. Conforme a la legislación del país donde se celebra el matrimonio.

Inscripción del Matrimonio en España

Matrimonios con ciudadanos de la UE: No requieren inscripción para su validez en España.

Matrimonios con ciudadanos no comunitarios: Deben inscribirse en el Registro Civil Consular para ser reconocidos en España.

Excepción: Los matrimonios con ciudadanos marroquíes requieren un Certificado de Capacidad Matrimonial, ya que en Marruecos solo se permiten matrimonios religiosos musulmanes.

Conclusión

El matrimonio mixto en España es un proceso regulado que busca garantizar la autenticidad del vínculo. Siguiendo los requisitos y procedimientos adecuados, es posible formalizar la unión tanto en territorio español como en el extranjero.

¿Tienes dudas? Contacta ahora con un abogado especialista en derecho de Familia y comienza a dar los primeros pasos. 

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