Régimen de clases pasivas: ¿qué es y a quién aplica?
El régimen de clases pasivas es un sistema especial de la Seguridad Social dirigido a determinados funcionarios públicos en España. Garantiza pensiones por jubilación, incapacidad y fallecimiento, y ofrece condiciones diferentes al Régimen General.
¿Quiénes están incluidos en el régimen de clases pasivas?
Este régimen se aplica a funcionarios que ingresaron antes del 1 de enero de 2011. Incluye:
- Funcionarios de carrera de la Administración General del Estado.
- Miembros de la Justicia, Fuerzas Armadas y personal de las Cortes Generales.
- Ex altos cargos del Gobierno.
- Religiosos registrados oficialmente.
Los funcionarios incorporados después de esa fecha pertenecen al Régimen General.
Jubilación y pensiones en el régimen de clases pasivas
Retiro obligatorio y voluntario
- Retiro forzoso: a los 65 años con 30 años de servicio.
- Jubilación anticipada: desde los 60 años con 30 de antigüedad.
- Excepciones: Jueces, docentes y fiscales pueden extender su actividad hasta los 70 años.
Incapacidad permanente
El régimen contempla pensiones por incapacidad para el servicio por causas físicas o psíquicas irreversibles.
¿Cómo se calcula la pensión?
El cálculo se basa en el haber regulador, fijado por los Presupuestos Generales del Estado y los años de servicio acumulados.
Beneficios adicionales del régimen
- Asistencia médica y farmacéutica (vía MUFACE).
- Subsidios por incapacidad temporal, embarazo o lactancia.
- Ayudas por gran invalidez y gastos funerarios.
¿Y si he cotizado en ambos regímenes?
Se suman los años trabajados en ambos sistemas. La pensión se calcula según el régimen del último puesto ocupado.
Un régimen en extinción
El régimen de clases pasivas dejará de aplicarse progresivamente, limitándose a quienes ingresaron antes de 2011. Los nuevos empleados públicos están sujetos al Régimen General.
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