¿Qué es la responsabilidad patrimonial de la Administración?
La responsabilidad patrimonial es el derecho que tienen los ciudadanos a ser indemnizados por los daños que les cause la Administración pública, siempre que no tengan la obligación legal de soportarlos y no se deban a fuerza mayor o a culpa propia.
Esta figura se basa en la responsabilidad extracontractual y está regulada principalmente por el artículo 106.2 de la Constitución Española y la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP).
Características de la responsabilidad patrimonial de la Administración
La responsabilidad patrimonial administrativa se distingue por varias características clave:
- Generalidad: Aplica a cualquier ámbito de actuación de la Administración.
- Directa: El ciudadano reclama directamente a la Administración, sin necesidad de dirigirse a funcionarios concretos.
- Objetiva: No es necesario probar culpa o negligencia; basta con demostrar el daño y su relación con la actividad administrativa.
- Integral: Cubre tanto daños económicos como morales.
¿Cuándo se puede reclamar la responsabilidad patrimonial?
La Administración deberá responder patrimonialmente en los siguientes supuestos:
1. Funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos
Para exigir responsabilidad, deben cumplirse las siguientes condiciones:
- El daño debe ser efectivo, individualizado y evaluable económicamente.
- El perjudicado no debe tener la obligación legal de soportarlo.
- El daño no debe ser provocado por fuerza mayor ni por culpa o dolo del propio afectado.
- Debe existir relación de causalidad directa e inmediata entre la actuación administrativa y el daño.
2. Aplicación de actos legislativos no expropiatorios
La responsabilidad también puede derivar de leyes que, sin ser expropiatorias, causen perjuicios. En estos casos:
- Deben reconocerse expresamente compensaciones en la propia norma.
- Los daños deben ser injustos y no exigibles al ciudadano.
3. Normas inconstitucionales o contrarias al derecho de la UE
El ciudadano puede reclamar si el daño proviene de:
- Aplicación de una norma con rango de ley declarada inconstitucional.
- Aplicación de una norma contraria al derecho comunitario.
Procedimiento para reclamar responsabilidad patrimonial
El procedimiento se tramita conforme a la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común (LPAC). A continuación, se resumen sus pasos:
- Plazo de un año para iniciar la reclamación desde que se manifiesta el daño.
- La reclamación debe detallar:
- Daño sufrido.
- Valoración económica.
- Causalidad con la actuación administrativa.
- Fecha de producción del daño.
- El procedimiento puede iniciarse de oficio o a instancia de parte.
- Plazo máximo de resolución: 6 meses. Pasado este tiempo, se entiende desestimada por silencio administrativo.
- El ciudadano podrá presentar recurso de reposición o acudir a la vía contencioso-administrativa.
¿Cómo se calcula la indemnización?
La compensación debe abarcar tanto el daño emergente y lucro cesante como los daños morales. Para ello, suele utilizarse como referencia el baremo de accidentes de tráfico, aunque no es vinculante.
En caso de que el daño lo cause un contratista o concesionario, el ciudadano puede reclamar directamente a este o a la Administración, dependiendo del caso.
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Si has sufrido un daño causado por la Administración, es recomendable contar con un abogado experto en derecho administrativo. Ellos pueden ayudarte a valorar tu caso, iniciar la reclamación y, si es necesario, acudir a los tribunales.
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