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¿Cuándo prescriben las deudas con Hacienda? Todo lo que debes saber
Las deudas con Hacienda no son eternas. Según establece la Ley General Tributaria, estas obligaciones económicas prescriben a los cuatro años, siempre que se cumplan ciertos requisitos. En este artículo te explicamos qué significa que una deuda prescriba, cuándo empieza a contar ese plazo y qué acciones interrumpen la prescripción.
¿Qué dice la Ley sobre la prescripción de deudas tributarias?
El artículo 66 de la Ley General Tributaria recoge los plazos de prescripción para distintos derechos relacionados con los tributos. Según esta norma, el plazo general de prescripción es de cuatro años, aplicable a los siguientes casos:
- El derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria mediante la correspondiente liquidación.
- El derecho de la Administración para exigir el pago de las deudas tributarias liquidadas y autoliquidadas.
- El derecho del contribuyente a solicitar devoluciones derivadas de la normativa de cada tributo.
- El derecho del contribuyente a pedir la devolución de ingresos indebidos y el reembolso del coste de garantías.
¿Desde cuándo se cuenta el plazo de prescripción?
El cómputo del plazo de cuatro años comienza:
- En el caso de liquidaciones pendientes, desde el día siguiente a aquel en que finaliza el plazo voluntario para presentar la declaración.
- Para la exigencia del pago, desde la fecha de notificación de la liquidación.
- Para solicitar devoluciones o reembolsos, desde el día siguiente al ingreso indebido o al nacimiento del derecho.
¿Qué puede interrumpir el plazo de prescripción?
El plazo de prescripción no es inamovible. Existen ciertas situaciones que lo interrumpen y lo hacen volver a contar desde cero:
- La notificación de actuaciones administrativas que demuestren que Hacienda está investigando o gestionando la deuda.
- El inicio de un procedimiento judicial relacionado con la deuda tributaria.
- Cualquier acción del contribuyente que implique reconocimiento de la deuda, como un pago parcial o una solicitud de aplazamiento.
¿Qué pasa si la deuda ya ha prescrito?
Una vez transcurridos los cuatro años sin que se haya interrumpido el plazo, la deuda con Hacienda queda extinguida legalmente. En ese caso, la Agencia Tributaria ya no puede exigir su pago, ni siquiera a través de embargos u otros procedimientos de apremio.
¿Necesitas ayuda con tus deudas con Hacienda?
La prescripción de deudas es un tema técnico que requiere un análisis individualizado. Si tienes dudas sobre si tu deuda ha prescrito o si Hacienda sigue reclamándote importes antiguos, es recomendable contar con un abogado especialista en deudas tributarias.
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