Cómo reclamar al SEPE
Hoy vamos a explicarte cómo reclamar al SEPE si has solicitado una prestación y te la han denegado indebidamente. Debes saber que los plazos y formalidades son muy importantes en este tipo de reclamaciones. De modo que te recomendamos actuar rápidamente y, ante la duda, consultar con un abogado.
Cómo reclamar al SEPE: la reclamación previa
Cualquier reclamación a la Administración debe producirse por vía administrativa. Sin entrar en detalles técnicos, indicaremos que la vía administrativa está dotada de un sistema de recursos propio, al que puedes acudir cuando no estás conforme con sus actuaciones o resoluciones.
Este sistema incluye la “reclamación previa”, que debe intentarse antes de poder denunciar al SEPE en sede judicial. Si la reclamación previa fracasa, el interesado podrá presentar el correspondiente recurso contencioso-administrativo frente a este orden jurisdiccional.
En resumen, si quieres reclamar al SEPE, el primer paso es hacerlo frente al propio SEPE, en vía administrativa.
Presentación de la reclamación
La Ley 39/2015 te permite presentar la reclamación por ti mismo o mediante representante. La representación implica que es otra persona quien entregará la solicitud en tu lugar.
Para ello dispondrás de un plazo de 30 días hábiles a partir del siguiente en el que se te notifique la resolución que quieras impugnar. En el caso de que esta no llegue, se producirá el silencio administrativo.
El silencio administrativo es un mecanismo que impide que el procedimiento se quede en suspenso eternamente. Así, si el SEPE no te ha contestado a la solicitud que le hayas presentado, dispondrás del plazo de 3 meses para reclamar contra este silencio.
El SEPE Tendrá que contestar a tu reclamación en el plazo de 45 días desde que la presentaras. Cuando lo haga podrá:
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Rectificar la actuación impugnada, dándote la razón. En este caso estás de enhorabuena, porque has terminado exitosamente el trámite.
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Rectificar la actuación impugnada pero solo parcialmente. En este caso tendrás que decidir si te conformas con la nueva situación o prefieres seguir con la reclamación.
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Desestimar tu reclamación, reafirmándose. En este caso no habrás conseguido modificar el parecer del SEPE, pero podrás reclamar en vía contencioso-administrativa.
También podría ocurrir que no contestara a tu reclamación. En este caso se volvería a producir el silencio administrativo, lo que te permitirá acudir a la vía judicial.
Recursos administrativos frente al SEPE
Insistimos en que la actuación del SEPE es de tipo administrativo. Esto implica que tendrás a tu disposición los correspondientes recursos administrativos. En particular:
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Cuando quieras impugnar una resolución del Director Provincial del SEPE podrás presentar un recurso de alzada.
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En caso de que aparezcan nuevas circunstancias que acrediten que la decisión del SEPE se fundamentó en errores o ilegalidades, podrás presentar un recurso extraordinario de revisión.
Cómo reclamar al SEPE en vía judicial
Agotada la vía administrativa podrás acudir a la vía judicial. Para ello deberás presentar un recurso contencioso-administrativo. El proceso se tramitará, generalmente, en los juzgados correspondientes a la sede del órgano contra el que reclames (generalmente la Dirección Provincial).
Este proceso se debe iniciar en el plazo de 2 meses desde que se dicte el acto expreso o se produzca el silencio administrativo. En todo caso deberás ir asistido por un abogado administrativista, por lo que él te podrá guiar a lo largo del proceso.
Básicamente presentarás tu recurso, se reclamará el expediente al SEPE para poder analizarlo y, tras los eventuales trámites de vista, conclusiones y práctica de prueba, el órgano jurisdiccional dictará sentencia, recurrible ante el Tribunal Superior de Justicia correspondiente.
Cómo interponer quejas frente al SEPE
Por último, debes saber que tienes derecho a presentar una queja además de reclamar. La diferencia entre la queja y la reclamación es que la primera solo tiene efectos entre los funcionarios del SEPE, mientras que la reclamación tiene efectos externos.
Dicho de otro modo, solo mediante la reclamación previa podrás conseguir que el SEPE se replantee su resolución desestimatoria. Sin embargo, si consideras que el funcionario actuante no ha cumplido adecuadamente sus cometidos puedes presentar una queja para que jefatura de personal estudie la situación y adopte las medidas oportunas.
Las quejas pueden interponerse:
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Directamente en la ventanilla de atención o registro. Puedes llevar tu propia queja (abajo te ponemos un enlace a nuestro modelo) o solicitar un formulario y rellenarlo allí mismo. Recuerda aportar la documentación necesaria y solicitar que te entreguen una copia.
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Mediante envío postal.
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A través de la Sede Electrónica del SEPE. En el apartado “otros trámites y procedimientos” encontrarás la opción “quejas y sugerencias”. Ten en cuenta que tendrás que identificarte mediante DNI-e, Cl@ve o certificado digital.
Las quejas se suelen contestar en un plazo de 20 días hábiles. Normalmente se te informará de las medidas adoptadas, que pueden suponer una modificación de la forma de atender al público, solicitudes a jefatura o sanciones a los funcionarios actuantes.
En definitiva, si quieres presentar una queja o reclamar al SEPE lo más recomendable es hacerlo con la ayuda de un abogado especialista. Rellena nuestro formulario y te presentaremos a varios profesionales que trabajen cerca de ti.