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“Un programa de compliance eficiente requiere un alto grado de compromiso por parte de la cúpula de las empresas”// Entrevista a Thea Morales, abogada penalista, experta en compliance

By 13th marzo 2019 No Comments

Thea Morales ha vivido en primera persona las dos reformas del Código Penal del 2010 y 2015 que impulsaron la responsabilidad penal de las personas jurídicas. Su trayectoria profesional se ha visto marcada por dichos cambios normativos, lo que le ha llevado a conocer muy bien el mundo del compliance y desarrollar parte de su actividad profesional en este terreno. En esta entrevista nos analiza al detalle la evolución del compliance en nuestro país y destaca cómo la tecnología es una herramienta necesaria para realizar con eficacia estas labores preventivas de delito en las empresas.

Su Perfil Profesional;

“Al finalizar la carrera de Derecho en la Universidad de Barcelona, me especialicé en Derecho Penal y empecé a trabajar en Morales Abogados Penalistas. En el año 2010 con la reforma del Código Penal y la introducción de la responsabilidad penal de la empresa empezó a inquietarme y decidí profundizar en ello.

En el año 2015 nacieron los Modelos de Prevención de Delitos, Programas de cumplimiento, Compliance Penal o Corporate Compliance. Mi inquietud y curiosidad junto con la vertiente creativa que siempre he tenido, me llevaron a constituir en el año 2015 Asesoría Penal Corporativa (APC), una empresa de servicios jurídicos especializada en Programas de Compliance Penal.

Desde entonces, me dedico a asesorar jurídicamente en materia penal a empresas de todos los sectores, actividad que combino con el Procesal Penal, cuestión que considero indispensable para poder asesorar correctamente a una empresa en esta materia”

¿Cómo valora el desarrollo del compliance penal en nuestro país tras nueve años de reformas?

Creo que la implementación del compliance en España desde el año 2010 hasta el momento ha sido gradual y no ha tenido mal acogida. Las grandes empresas se sensibilizaron los primeros años e iniciaron las tareas de implementación tempranamente; por su parte, las empresas medianas y pequeñas empezaron más tarde, sobre todo tras la reforma operada en el Código Penal en el año 2015 que introdujo formalmente la exigencia del compliance penal en las entidades para que puedan optar a la exención de responsabilidad penal.

En todo caso, el legislador está siendo muy claro con las reformas que está llevando a cabo del Código Penal: el compliance viene para quedarse. Muestra de ello es la última reforma del Código Penal operada por LO1/2019 de 20 de febrero que entrará en vigor el día 13 de marzo, pues realiza una ampliación del catálogo de delitos que pueden generar responsabilidad penal en la empresa.

¿Qué papel están haciendo los jueces de la Sala Penal en este sentido?

Lo cierto es que los procedimientos penales en España son muy lentos. Para analizar esta cuestión debemos centrarnos en procedimientos penales en los que estén personas jurídicas investigadas y que hayan llegado a su término para poder tener una sentencia que trate el asunto.

No tenemos jurisprudencia relevante respecto al valor de los compliance penales o programas de cumplimiento,  sobre cómo deben ser, qué deben integrar y cómo deben funcionar.

La mayoría de las sentencias en las que se absuelve a personas jurídicas es por vulneración de garantías a la persona jurídica durante el procedimiento. Lo que nos lleva a concluir que hay un gran desconocimiento sobre la materia en los tribunales.

¿Dondé está la clave para que un programa de compliance sea eficiente?

La eficiencia es la capacidad para cumplir adecuadamente una función. La función del programa de cumplimiento es la prevención de la comisión de delitos, o su detección a tiempo y reacción adecuada. Para ello no basta con contratar a un asesor externo y tener un mapa de riesgos junto con una serie de protocolos.

Un programa de compliance eficiente requiere un alto grado de compromiso por parte de la cúpula de las empresas, principalmente por parte del órgano de administración y la dirección de la entidad.  Que se traduzca en una verdadera implementación e interiorización de la estructura organizativa para prevenir delitos.

De lo contrario, todo queda en una mera declaración de intenciones y en un montón de papel acumulado en una estantería. Hay que crear una verdadera cultura de cumplimiento en la entidad.

¿Qué rasgos definen a un buen compliance officer?

Llevo varios años trabajando día a día con compliance officers, alguno de ellos más profesionales otros menos, pero me atrevería a decir que entre los muchos rasgos que pueden definir a un buen compliance officer sin duda está el de la organización. La gestión de un sistema de compliance requiere sin duda una buena organización, planificación y ejecución del trabajo.

¿Qué debe hacer un compliance officer ante una brecha de seguridad?

Hablando en términos generales, dado que una brecha de seguridad podría revestir diversas modalidades con sus especialidades y diversas formas de actuación, los principales pasos a llevar a cabo son los siguientes:

En primer lugar, abrir un expediente/informe del incidente en el que se deje constancia de toda la información de la que se disponga y acciones que se vayan ejecutando.

Asimismo, se debe documentar absolutamente todo lo relativo al incidente y acciones que se ejecuten.

A continuación, habría que realizar un análisis del incidente, ya sea solo, con personal interno o asesores externos, del motivo de la brecha, de su consistencia y consecuencias.

El Compliance Officer debe realizar una propuesta de actuación sobre las acciones a ejecutar, que deberá ser aprobada por el órgano de gobierno de la entidad.

Por último, hay que reportar al órgano de gobierno el incidente y la propuesta de actuación. Tras su aprobación proceder a la ejecución de la propuesta que deberían principalmente consistir en: contener el incidente, frenar los daños colaterales y establecer las medidas necesarias para evitar que se vuelvan a producir.

Según el tipo de incidencia será necesario notificarlo a organismos oficiales y contratar a asesores o especialistas externos.

¿Qué papel juega la tecnología como herramienta que un compliance officer utiliza?

La tecnología juega un papel importante en la medida que le permita gestionar el programa de compliance, los riesgos detectados y los procesos y controles existentes para prevenir los riesgos penales. En especial para controlar y verificar la existencia de los controles transversales y específicos existentes en la entidad y su cumplimiento por las distintas áreas.

La tecnología puede facilitar su labor de otras muchas maneras, como por ejemplo las plataformas formativas para los empleados, la gestión del canal de denuncias, los reportes al órgano de administración o la gestión del repertorio de evidencias.

En definitiva, tener un CMS (Compliance Management System) siempre será positivo para la entidad que tenga cierto tamaño o complejidad.

¿Es la puesta en marcha del canal de denuncias interno en las empresas, una de las tareas más complicadas para un compliance officer?

Más que la puesta en marcha del canal de denuncias, creo que es tarea difícil hacer entender al personal de la empresa por qué debe denunciar cuando detecte incumplimientos de la normativa interna o ilícitos de otros trabajadores y que se acostumbren a hacerlo.

Nadie quiere ser el chivato de la empresa y, además, creen que no les beneficia en nada. A esta cuestión hay que darle la vuelta y hacer entender que todos son los principales interesados en que en la empresa exista un programa de cumplimiento y una normativa interna que funcione correctamente.

Hay que darse cuenta que si se comete un delito en la entidad que genere responsabilidad penal para la empresa las consecuencias penales que prevé el Código Penal son relevantes y podrían llegar a afectar a los trabajadores (multas económicas graves, disolución de la empresa, cierre de locales, suspensión de actividades…).

¿Cómo valora las plataformas de abogados como LexGoAPP?  ¿Qué le aporta a su despacho?

A mí como abogada me aporta CLIENTES y entiendo que a los clientes les aporta SOLUCIONES rápidas y efectivas.

Considero que LEXGOAPP es una plataforma esencial para los tiempos actuales en los que la inmediatez y lo digital forman parte de nuestro día a día. LEXGO ofrece a los clientes la posibilidad de plantear consultas que son respuestas al poco tiempo y contratar servicios jurídicos accediendo a todo tipo de abogados en un tiempo que podríamos catalogar como ínfimo.

A los despachos de abogados les ofrece la posibilidad de llegar a clientes sin necesidad de hacer grandes estrategias de comunicación o venta.

 

Por @LuisjaSanchez, Periodista Jurídico

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