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Contrato de ampliación de arras (formulario más indicaciones para rellenarlo)
Contrato de ampliación de arras.
Te interesa si...
Has intervenido en una operación de compraventa garantizada con arras y te ves incapaz de cumplir tu parte en plazo pero no quieres perder la señal.
Este contrato es un pacto complementario a un contrato de arras previamente formalizado. Su objetivo es otorgar un plazo adicional para otorgar la escritura pública del contrato de compraventa, o bien modificar la cuantía de las arras o su naturaleza.
Efectos de la ampliación de arras
Cuando se ha firmado un contrato de arras, no elevar la compraventa a escritura pública en el plazo pactado constituye un incumplimiento. Como tal, puede atribuir la señal al vendedor cuando el incumplidor fuera el comprador, u obligarle a pagar el doble si el incumplidor fue el mismo.
Por eso, cuando una de las partes sepa que no va a poder cumplir con su obligación conviene que promueva un contrato de ampliación de arras. De este modo evitará la penalización que suponen estos contratos de garantía.
La nueva fecha designada en este contrato será la que determine el cumplimiento o incumplimiento de elevar a público el contrato de compraventa, que es el principal de la operación.
Por supuesto, nada impide que además de ampliarse el plazo se amplíe la cuantía destinada al anticipo. De este modo se conseguiría reforzar el compromiso, pese a haber alargado el plazo de cumplimiento, dado que la penalidad por incumplimiento sería superior.
Cómo rellenar el formulario
El presente formulario se ha diseñado en formato .docx para que se pueda editar desde cualquier editor de texto. Incluye las cláusulas más habituales en un contrato de arras.
Se ha añadido texto rojo entre corchetes para indicar cómo rellenar los huecos del contrato con la información particular del caso. En ocasiones las anotaciones rojas incluyen cláusulas adicionales u observaciones, por lo que podría interesar conservarlas cambiando su color al negro.
Una vez rellenado deberá imprimirse una copia para cada parte contratante. Tras la lectura del contrato final ambas partes deberán firmar en el margen de cada hoja y el final de la última página, conservando su copia.
Te interesa si...
Has intervenido en una operación de compraventa garantizada con arras y te ves incapaz de cumplir tu parte en plazo pero no quieres perder la señal.
Este contrato es un pacto complementario a un contrato de arras previamente formalizado. Su objetivo es otorgar un plazo adicional para otorgar la escritura pública del contrato de compraventa, o bien modificar la cuantía de las arras o su naturaleza.
Efectos de la ampliación de arras
Cuando se ha firmado un contrato de arras, no elevar la compraventa a escritura pública en el plazo pactado constituye un incumplimiento. Como tal, puede atribuir la señal al vendedor cuando el incumplidor fuera el comprador, u obligarle a pagar el doble si el incumplidor fue el mismo.
Por eso, cuando una de las partes sepa que no va a poder cumplir con su obligación conviene que promueva un contrato de ampliación de arras. De este modo evitará la penalización que suponen estos contratos de garantía.
La nueva fecha designada en este contrato será la que determine el cumplimiento o incumplimiento de elevar a público el contrato de compraventa, que es el principal de la operación.
Por supuesto, nada impide que además de ampliarse el plazo se amplíe la cuantía destinada al anticipo. De este modo se conseguiría reforzar el compromiso, pese a haber alargado el plazo de cumplimiento, dado que la penalidad por incumplimiento sería superior.
Cómo rellenar el formulario
El presente formulario se ha diseñado en formato .docx para que se pueda editar desde cualquier editor de texto. Incluye las cláusulas más habituales en un contrato de arras.
Se ha añadido texto rojo entre corchetes para indicar cómo rellenar los huecos del contrato con la información particular del caso. En ocasiones las anotaciones rojas incluyen cláusulas adicionales u observaciones, por lo que podría interesar conservarlas cambiando su color al negro.
Una vez rellenado deberá imprimirse una copia para cada parte contratante. Tras la lectura del contrato final ambas partes deberán firmar en el margen de cada hoja y el final de la última página, conservando su copia.
Publicado por
Adrián Garzón Ximénez
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