Guías legales
>Propiedad intelectual e industrial
>Obras huérfanas y dominio público en España: uso y limitaciones
Consigue tu Abogado especialista en Propiedad intelectual e industrial
Solicita ahora tus presupuestos gratis
3 simples pasos
1. Rellena el formulario
El equipo de LexGoApp se pondrá en contacto contigo lo antes posible.
2. Recibe 3 presupuestos
Te conseguimos presupuestos gratis de los abogados especialistas
en Propiedad intelectual e industrial
3. Tú eliges el abogado
Compara los presupuestos y elige el abogado que más se ajuste a tus necesidades.
Obras huérfanas y dominio público en España: uso y limitaciones
¿Qué son las obras huérfanas?
Las obras huérfanas son aquellas protegidas por derechos de autor, pero cuyo titular es desconocido o no puede localizarse tras una búsqueda diligente. En España, solo pueden ser usadas por bibliotecas, archivos, museos o instituciones educativas, siempre para fines culturales y sin ánimo de lucro.
¿Qué es el dominio público?
Las obras pasan a dominio público cuando expira el plazo de protección de los derechos de autor (generalmente 70 años después de la muerte del autor). Desde entonces, pueden ser utilizadas libremente por cualquiera, respetando siempre la autoría y la integridad de la obra.
Limitaciones a tener en cuenta
- En obras huérfanas, el uso está restringido a instituciones autorizadas.
- En dominio público, no hay derechos patrimoniales, pero se mantienen los derechos morales (atribución y respeto a la obra).
- El uso comercial de obras en dominio público es legal, siempre que se cumplan estas condiciones.