¿Qué es el acoso inmobiliario y cómo se castiga en España?
El acoso inmobiliario, también conocido como mobbing inmobiliario, es una práctica ilegal que consiste en hostigar al ocupante legítimo de una vivienda mediante actos reiterados de presión, sin recurrir a la violencia física, con el fin de forzar su desalojo. Este comportamiento está tipificado como delito en el Código Penal español.
¿En qué consiste el acoso inmobiliario?
El acoso inmobiliario se da cuando un propietario, arrendador o tercero somete al inquilino o poseedor de una vivienda a actos humillantes o molestos de forma reiterada, con el objetivo de que abandone la vivienda o acepte ciertas condiciones, como el pago de una deuda.
Ejemplos comunes de mobbing inmobiliario incluyen:
- Llamadas telefónicas constantes.
- Cortes deliberados de suministros (agua, luz, gas).
- Mensajes intimidatorios en el buzón.
- Difamación frente a los vecinos.
- Daños menores en la propiedad.
Es importante destacar que estos actos no deben implicar violencia física, ya que, de haberla, se trataría de un delito de coacciones con agravante.
Regulación legal del acoso inmobiliario en España
El acoso inmobiliario está regulado en el artículo 173.1 del Código Penal, dentro del título dedicado a los delitos contra la integridad moral.
- Este artículo contempla penas para quienes, de forma reiterada, ejecuten actos que:
- No lleguen a constituir trato degradante.
- Tengan como finalidad impedir el legítimo disfrute de una vivienda.
Características del delito de acoso inmobiliario
Delito de mera actividad
No es necesario que el acosador logre su objetivo (por ejemplo, que el inquilino se marche). El delito se consuma con la sola realización de los actos de acoso.
Delito común
Cualquier persona puede cometer este delito, no se exige una cualidad especial del autor (por ejemplo, no es necesario que sea el propietario).
Requiere dolo
Debe existir la intención clara de impedir que el ocupante disfrute de la vivienda. No se puede cometer por negligencia o imprudencia.
Ausencia de violencia
La ley penaliza únicamente los actos que no impliquen violencia física directa. Si la violencia está presente, se tratará de un delito de coacciones agravadas.
¿Quién puede ser víctima de acoso inmobiliario?
La víctima suele ser el ocupante legítimo de una vivienda, ya sea propietario, inquilino o incluso un poseedor sin título formal. Lo esencial es que ocupe el inmueble de forma pacífica y continua.
La ley protege esta posesión hasta que un tribunal civil determine lo contrario, por ejemplo, mediante un procedimiento de desahucio.
Bien jurídico protegido: la integridad moral
El acoso inmobiliario atenta contra la integridad moral de la víctima, especialmente su derecho a vivir con tranquilidad en su hogar. Por eso, está incluido dentro de los delitos contra la dignidad y la integridad personal.
¿Qué penas conlleva el delito de acoso inmobiliario?
La ley establece:
- Pena de prisión de 6 meses a 2 años para personas físicas.
- En el caso de personas jurídicas (empresas, inmobiliarias, etc.), se aplican:
- Multas de 6 meses a 2 años.
- Penas accesorias como:
- Disolución de la empresa.
- Suspensión de actividades hasta por 5 años.
- Clausura de locales.
- Prohibición de recibir ayudas públicas o contratar con la administración.
- Inhabilitación para futuras actividades relacionadas.
¿Eres víctima de acoso inmobiliario? Busca ayuda legal
Si sospechas que estás siendo víctima de mobbing inmobiliario, es fundamental actuar cuanto antes. Documenta los hechos, guarda pruebas y contacta con un abogado especialista en derecho inmobiliario.
Contar con asesoramiento legal adecuado puede ayudarte a frenar los abusos y proteger tus derechos como ocupante.
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