Guía: Cómo presentar una querella
Muchos usuarios nos preguntáis cómo presentar una querella. En este sentido, lo primero que deberíamos hacer es diferenciar las querellas de las denuncias o los atestados policiales. Una vez delimitemos el ámbito de cada uno de estos documentos podremos explicar cómo actuar en cada situación.
Qué es una querella
Las querellas son declaraciones realizadas por escrito, que presentan al juez una narración de un hecho que se considera delictivo. Por tanto, se utilizan para solicitar la apertura de la investigación, con el fin de determinar si se ha cometido el presunto delito.
Así, la querella es el escrito que inicia la causa criminal. Lo cual convierte al querellante en parte activa del proceso, técnicamente conocida como parte acusadora.
La querella, por tanto, debe indicar la voluntad de iniciar un procedimiento penal como parte acusadora. Este tipo de iniciación es vital cuando se quiere perseguir un delito privado, ya que tales delitos no son perseguibles de oficio.
Cualquier ciudadano puede interponer una querella, tenga o no la condición de ofendido. Nuestro ordenamiento jurídico también permite que los extranjeros interpongan una querella para iniciar un proceso penal siempre que tengan la condición de ofendidos.
Diferencias con las denuncias y los atestados policiales
La denuncia también narra unos hechos presuntamente delictivos, pero se presenta ante la Fiscalía o a la policía. Sin embargo, a diferencia del querellante, el denunciante no se constituye como parte activa en el proceso.
Por tanto, la denuncia es una manifestación menos precisa y que implica un menor compromiso con el proceso. El denunciante no tiene porqué estar asistido por abogado ni procurador, no tiene por que prestar fianza y tampoco está obligado a participar en el proceso, aunque se le podría llamar en condición de testigo.
Recordemos que las denuncias son obligatorias en aquellos casos en que presenciamos un delito. De ahí que sean menos exigentes que las querellas. En la medida en la que se trata de una responsabilidad cívica, el denunciante no tiene por qué hacerse cargo del proceso posterior.
Por último, conviene diferenciar las querellas de los atestados policiales. Estos documentos se utilizan por la policía judicial para hacer constar diligencias de averiguación y comprobación del delito. En consecuencia, solo la policía puede presentar atestados, que documentan las actuaciones que iniciado la autoridad para ayudar al esclarecimiento de los hechos.
Recapitulando:
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Los atestados policiales documentan actuaciones de averiguación criminal. Los produce la policía en el ejercicio de sus funciones.
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Las denuncias y las querellas manifiestan el conocimiento de un hecho presuntamente delictivo. Pero sus efectos son diferentes:
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La denuncia se presenta ante la policía o el Ministerio Fiscal para que inicien actuaciones. El denunciante no es parte del proceso.
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La querella se interpone ante el juez para que inicie el proceso penal. El querellante se convierte en parte acusadora.
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Contenido de la querella
Los escritos mediante los que pretendemos iniciar el proceso penal deben incluir:
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Tanto nuestra identificación como la del querellado, en la medida de lo posible.
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El Tribunal al que nos dirigimos.
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La descripción de hechos con la máxima precisión posible. En este sentido resulta imprescindible señalar el lugar, fecha y hora en que se haya presenciado el presunto delito.
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Las diligencias solicitadas a fin de comprobar el hecho y la delincuente.
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La solicitud de admisión a trámite y de la práctica de diligencias al juzgado competente.
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En su caso, la querella puede incluir la solicitud de adopción de medidas cautelares.
Por supuesto, las querellas deberían documentarse en la medida de lo posible. Por lo tanto, cada uno de los hechos aducidos debería ir acompañado de la documentación acreditativa o la solicitud de la práctica de pruebas. La ayuda de un buen penalista será imprescindible para argumentar y fundamentar adecuadamente la querella.
En algunos casos será imposible acreditar los hechos denunciados. Ante estas situaciones se puede solicitar la colaboración de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, que podrán intervenir mediante la realización de diligencias averiguatorias, la toma de declaraciones incluso la detención del presunto delincuente.
La fianza
En determinadas ocasiones se deberá prestar fianza a la hora de presentar una querella. El objetivo de esta fianza es cubrir los gastos de litigio, y deberá abonarse siempre que la parte acusadora o determinadas personas especialmente vinculadas a ella no hayan sido directamente perjudicadas.
Cómo presentar una querella
Ya hemos indicado que la querella constituye a quien la presenta en parte acusadora del proceso penal. Por tanto, deberá estar asistido por abogado y procurador.
Mientras el procurador se encarga de tareas de representación y trámite, el abogado es el profesional que dirige la acusación. Lo primero que hará será determinar qué órgano jurisdiccional es competente para recibir la querella.
Determinado el órgano competente, el abogado ayudar a su cliente a plasmar los hechos presuntamente delictivos, documentarlos adecuadamente y proponer medios de prueba adecuados y pertinentes.
Estos técnicos jurídicos se especializan en la presentación del relato fáctico y su correcta argumentación jurídica, así que se encargan de redactar el documento mediante el cual se solicita el inicio del proceso penal, que reunirá todos los requisitos arriba expresados.
Los escritos acusatorios no solo incluyen el relato de hechos. También señalan las normas jurídicas aplicables al caso, concluyendo con una petición concreta que puede incluir otras accesorias por vía de otrosí.
Redactada la querella, se firmará y se presentará al tribunal. Será el juez el encargado de decidir sobre su admisión o inadmisión. En el primer caso se iniciará el proceso penal, salvo que ya estuviera iniciado.
¿Podemos retractarnos de una querella?
Cómo vemos, entre los tres instrumentos que hemos analizado solo la denuncia y la querella dependen de los particulares. Podemos retractarnos tanto de una denuncia como de una querella. Sin embargo, en ambas situaciones podríamos estar incurriendo en responsabilidad civil e incluso penal.
El ordenamiento jurídico sanciona de este modo la presentación de denuncias falsas, otorgando al denunciado la posibilidad de exigir una indemnización. Dependiendo de la gravedad de los delitos imputados, el acusado podría llegar querellarse en contra de quien le acusó falsamente.
Cómo iniciar el proceso penal
En definitiva, si quieres iniciar un proceso penal como parte acusadora deberás hacerlo por medio de una querella. El primer paso será contratar a un abogado penalista. En caso contrario tu única opción sería presentar una denuncia ante la policía o el Ministerio Fiscal, que aunque supone menos formalidades y obligaciones, te mantendrá alejado del proceso.