¿Qué son los salarios de tramitación en un despido laboral?
Cuando un trabajador es despedido y decide impugnar esa decisión, puede tener derecho a salarios de tramitación. Este concepto busca compensar económicamente al empleado por el tiempo que estuvo sin trabajar durante el proceso judicial, siempre que el despido se declare improcedente o nulo.
¿En qué consisten los salarios de tramitación?
Los salarios de tramitación son las cantidades que el empresario debe abonar al trabajador cuando se le readmite tras una sentencia que declara el despido improcedente o nulo. Su finalidad es retribuir los días en los que el trabajador, a causa del despido, no pudo prestar sus servicios ni percibir su salario.
¿Cuándo se genera el derecho a cobrar salarios de tramitación?
El derecho a estos salarios nace únicamente en dos situaciones:
- Cuando el despido se declara nulo y el trabajador debe ser readmitido obligatoriamente.
- Cuando el despido se declara improcedente y el empresario elige readmitir al trabajador (salvo si es representante legal de los trabajadores, en cuyo caso la opción corresponde al trabajador).
¿Cómo se calcula el salario de tramitación?
El cálculo se realiza desde el día en que se hizo efectivo el despido hasta la fecha de notificación de la sentencia que ordena la readmisión.
Consideraciones importantes:
Si el trabajador encontró otro empleo durante este tiempo, los salarios de tramitación se computan hasta el día previo al nuevo ingreso laboral.
El importe corresponde al salario habitual del trabajador, incluyendo pagas extras y complementos, si los hubiera.
¿Quién paga los salarios de tramitación?
Por norma general, debe abonarlos el empresario, aunque existen excepciones importantes:
1. Límite de 90 días
Si el proceso judicial se ha alargado de forma injustificada, el empresario solo responde por los primeros 90 días. El resto podrá reclamarse al Estado, en aplicación del artículo 24 de la Constitución (derecho a un proceso sin dilaciones indebidas).
2. Empresa insolvente o en concurso
En estos casos, el pago puede solicitarse al FOGASA (Fondo de Garantía Salarial). Este organismo cubre los salarios reconocidos judicialmente o por conciliación, con ciertos límites cuantitativos:
Máximo: el doble del salario mínimo interprofesional diario (con pagas prorrateadas) por un máximo de 120 días.
Incompatibilidades de los salarios de tramitación
Hay situaciones en las que no se pueden cobrar salarios de tramitación, o deben devolverse ciertas cantidades:
❌ Indemnización por despido
Si el empresario opta por indemnizar en lugar de readmitir al trabajador, no corresponde el abono de salarios de tramitación.
❌ Prestación por desempleo
Si el trabajador ha cobrado el paro y posteriormente se anula el despido, deberá devolver lo percibido. El empresario suele descontarlo de los salarios de tramitación y lo ingresa a la entidad gestora.
❌ Salario en otro empleo
Si el trabajador trabajó en otra empresa durante el proceso, se interrumpe el cómputo de salarios de tramitación desde que comenzó el nuevo empleo.
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