¿Autónomo societario? ¡Recupera los cobros indebidos por la tarifa plana!
Como sabes, la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) ha venido denegando el disfrute de la “tarifa plana” al autónomo societario. De modo que aquellos profesionales que cotizaran como partícipes de una sociedad capitalista no podían beneficiarse de esta medida, que suponía un ahorro de hasta 3.600 euros en las cuotas de los primeros dos años de actividad.
La exclusión de los autónomos societarios en el campo de aplicación de esta medida siempre ha sido conflictiva. Sin embargo, en estos momentos contamos con un pronunciamiento del Tribunal Supremo que ha corregido el criterio de la TGSS.
El Alto Tribunal ha señalado que el autónomo societario también tiene derecho a la “tarifa plana”, lo que permite a todos aquellos profesionales y empresarios a los que se haya denegado este beneficio reclamar la devolución de todo lo que hayan ingresado indebidamente.
La propia TGSS está al tanto de este cambio de criterio y, aunque no devolverá las cantidades abonadas de oficio, nos consta que facilitarán su devolución siempre que el trabajador la solicite. ¿Quieres saber cómo hacerlo?
A continuación te indicamos cómo recuperar hasta 3.600 euros si eras autónomo societario y se te denegó la tarifa plana. Pero recuerda que puedes rellenar nuestro formulario para que te pongamos en contacto con uno de los laboralistas que colabora con nosotros y que se encargue de recuperar tu dinero.
En cuestión de horas recibirás dos presupuestos sin compromiso, pudiendo iniciar tus reclamaciones para que la TGSS te devuelva todo el dinero que hayas ingresado en concepto de cuotas sin tener la obligación.
El autónomo societario y la tarifa plana
La “tarifa plana” de los autónomos es una medida de incentivo que permite ahorrar hasta 3.600 euros en las primeras cotizaciones. En estos momentos la cuota mínima a ingresar por un trabajador del RETA es de 286,15 €. Pero gracias a la “tarifa plana” el profesional podrá ahorrarse parte de esta cuota:
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Durante los primeros 12 meses solo pagará 60 euros si opta por la cotización mínima. En caso de optar por una base superior podrá optar a una bonificación del 80 %.
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Los seis meses siguientes pasará a gozar de un 50 % de reducción, lo que deja la cuota mínima en 141,65 € mensuales.
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Durante los siguientes 6 meses pasará a disfrutar de un 30 % de reducción, lo que deja la cuota mínima en 198,31 €.
Además, en el caso de los nuevos autónomos menores de 30 años (35, en el caso de las mujeres) se mantendrá esta bonificación durante 12 meses adicionales.
Pero para poder beneficiarte de estas reducciones tendrás que cumplir una serie de requisitos. En particular:
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Un período de carencia. No pueden acceder a la tarifa plana los autónomos que ya la hayan disfrutado en los últimos 2 años.
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Además, no se puede ser autónomo colaborador ni administrador de una sociedad mercantil (autónomo societario).
Pues bien, la Sentencia del Tribunal Supremo (STS n.º 1669/19) ha venido a matizar estos requisitos. De modo que ahora los autónomos societarios sí pueden solicitar esta “tarifa plana”. Pero, ¿qué pasa si ya has abonado tus cotizaciones sin aplicar las bonificaciones? En este caso tendrás derecho a reclamar su devolución.
Cómo reclamar las cuotas indebidamente ingresadas como autónomo societario
Para recuperar las cuotas que hayas ingresado indebidamente como autónomo societario debes presentar una solicitud a la TGSS. Ten en cuenta que las órdenes internas son facilitar este tipo de reclamaciones, pero en ningún caso devolver el dinero de oficio. Por tanto, si no reclamas la devolución habrás perdido tu dinero.
Si no tienes tiempo para reclamar o no te sientes cómodo haciendo gestiones con las Administraciones Públicas lo mejor es que contrates a un abogado. A cambio de parte del dinero que recuperes puede encargarse de realizar el trámite. Además se asegurará de que tenga éxito gracias a sus conocimientos jurídicos.
Pero también puedes presentar la solicitud tú mismo, siguiendo estos consejos:
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Dirige tu escrito a la Dirección Provincial de la TGSS de tu Provincia.
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Identifícate y señala que promueves una solicitud de revisión de la Resolución por la que se te denegara la tarifa plana.
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Haz una exposición breve de los hechos, aportando toda la documentación que puedas para facilitar la tramitación del expediente.
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Indica que la denegación de tu tarifa plana no fue conforme a derecho, basándote en la antedicha Sentencia y en el Oficio n.º 252/2020 (por ejemplo).
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Y no te olvides de incluir la fecha y firma.
¿Necesitas ayuda para recuperar tus cuotas de autónomo societario?
Si tu reclamación estaba en vía judicial el proceso se hará más complejo. Al margen de ello, algunas demandas han vuelto a su etapa administrativa, ya que el TS ha inadmitido en bloque todos los recursos de casación que versaran sobre la materia.
Este órgano atribuye la competencia para resolver al órgano que inicialmente denegara la aplicación de la tarifa plana. De modo que se puede solicitar la revisión del acto, utilizando las vías administrativas disponibles en la Ley 39/2015 y otras aplicables.
Sea por la vía judicial o administrativa, lo cierto es que esta reclamación tiene elevadas expectativas de éxito pero requiere de la tramitación del correspondiente procedimiento. De modo que si necesitas ayuda para gestionarla, no dudes en solicitarla a través de nuestro formulario.
A la mayor brevedad contactaremos contigo para ver si reúnes los requisitos para exigir la devolución de cuotas de los autónomos societarios. Posteriormente pondremos a tu disposición los presupuestos de dos colaboradores que se pondrán manos a la obra en cuanto les des la señal.
¡Recupera todo el dinero que hayas abonado indebidamente como autónomo societario de forma rápida, cómoda y efectiva!