LexGo logo
  • CONTACTAR CON UN ABOGADO
  • 932 710 239
  • ACCESO ABOGADOS

Guías legales

>
Fiscal
>
Modelo 303: Guía completa para la autoliquidación del IVA
Consigue tu Abogado especialista en Fiscal
Solicita ahora tus presupuestos gratis
3 simples pasos
1. Rellena el formulario
El equipo de LexGoApp se pondrá en contacto contigo lo antes posible.
2. Recibe 3 presupuestos
Te conseguimos presupuestos gratis de los abogados especialistas en Fiscal
3. Tú eliges el abogado
Compara los presupuestos y elige el abogado que más se ajuste a tus necesidades.

Modelo 303: Guía completa para la autoliquidación del IVA

El modelo 303 es un formulario fundamental para empresarios y profesionales en España, ya que permite realizar la autoliquidación trimestral del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). En este artículo explicaremos en qué consiste, quién debe presentarlo, cuándo y cómo hacerlo, y qué aspectos clave hay que tener en cuenta para su correcta cumplimentación.

¿Qué es el Modelo 303 y para qué sirve?

El modelo 303 es una declaración tributaria que deben presentar periódicamente todos los empresarios y profesionales que desarrollen actividades sujetas al IVA. Su objetivo principal es calcular la diferencia entre el IVA repercutido (el que se cobra en las ventas) y el IVA soportado (el que se paga en las compras y gastos relacionados con la actividad).

Este resultado puede implicar:

  • Un importe a pagar a Hacienda,
  • Un importe a devolver,
  • O un saldo cero, que igualmente debe declararse.

¿Quiénes están obligados a presentar el Modelo 303?

Están obligados a presentar el modelo 303:

  • Todos los empresarios y profesionales dados de alta en actividades sujetas al IVA, incluyendo autónomos, sociedades, cooperativas, etc.
  • Incluso si la actividad no genera ingresos o no se realiza de manera habitual.
  • Promotores y personas que arriendan bienes inmuebles, pues a efectos fiscales también se les considera empresarios.

En resumen, la presentación del modelo 303 es obligatoria independientemente del resultado, sea este positivo, negativo, cero o con compensación.

¿Cuándo y cómo se presenta el Modelo 303?

La presentación del modelo 303 es trimestral y obligatoriamente telemática, a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, utilizando Cl@ve PIN, certificado digital o DNI electrónico.

Las fechas de presentación son las siguientes:

TrimestrePlazo de Presentación
1er trimestre (Ene-Mar)Del 1 al 20 de abril
2º trimestre (Abr-Jun)Del 1 al 20 de julio
3er trimestre (Jul-Sep)Del 1 al 20 de octubre
4º trimestre (Oct-Dic)Del 1 al 30 de enero (año siguiente)

 

Además, junto con la declaración del cuarto trimestre, se debe presentar el modelo 390, que es una declaración anual resumen de todas las operaciones declaradas en los modelos 303 durante el año.

Claves para cumplimentar correctamente el Modelo 303

Al rellenar el modelo 303 hay que tener en cuenta:

  • IVA repercutido: El IVA que se ha cobrado en las facturas emitidas por ventas o servicios prestados.
  • IVA soportado: El IVA que se ha pagado en las facturas de compras y gastos relacionados con la actividad.

Detalles importantes:

  • Se deben incluir las inversiones del sujeto pasivo y las adquisiciones intracomunitarias, si las hay.
  • Las bases imponibles y el recargo de equivalencia deben detallarse por separado.
  • Los gastos procedentes de operaciones intracomunitarias y extracomunitarias se consignan en casillas diferenciadas.
  • Los bienes de inversión deben identificarse claramente, y si no se afectan a la actividad durante cinco años, debe practicarse un ajuste negativo proporcional.

Conclusión

El modelo 303 es una obligación fiscal esencial para cualquier empresario o profesional que realice actividades sujetas al IVA en España. Presentarlo en plazo y con los datos correctos evita sanciones y facilita una correcta gestión tributaria.

Si tienes dudas sobre cómo cumplimentarlo o sobre el cálculo del IVA, lo mejor es consultar con un asesor fiscal o abogado especializado en derecho tributario.

¿Tienes dudas? Contacta ahora con un abogado especialista en Derecho Fiscal. 

LexGo logo gray
Travessera de Gràcia 30, Pl. 3
08021 Barcelona
932 710 239
info@lexgoapp.com
  • Preguntas frecuentes
  • Directorio
  • ¿Cómo funciona?
  • Foro
  • Learning
  • Guías legales
  • Política de privacidad
  • Términos y condiciones
  • Blog
@2025 LexGoApp S.L.

Déjanos tus datos de contacto

Consulta recibida

Hemos recibido tu consulta correctamente, en breve nos pondremos en contacto contigo.