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Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea (CUE): Qué es, requisitos y cómo obtenerlo

¿Eres ciudadano de la Unión Europea y deseas residir en España por más de tres meses? Entonces necesitas obtener el Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea (CUE). En este artículo te explicamos qué es, quién puede solicitarlo, los requisitos y el procedimiento paso a paso para conseguirlo.

¿Qué es el Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea?

El Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea (CUE) es un documento obligatorio que acredita la inscripción en el Registro Central de Extranjeros de España. Está destinado a ciudadanos de:

  • Estados miembros de la Unión Europea
  • Estados parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (EEE)
  • Suiza

Este certificado permite a sus titulares residir legalmente en España durante más de tres meses y, entre otros derechos, trabajar, estudiar o realizar trámites legales.

¿Quiénes pueden solicitar el Certificado CUE?

Según el artículo 7 del Real Decreto 240/2007, pueden solicitar el CUE los ciudadanos europeos que cumplan con alguna de estas condiciones:

1. Trabajador por cuenta ajena o propia

Quienes estén trabajando legalmente en España como empleados o autónomos.

2. Personas con recursos económicos suficientes

Aquellos que disponen de medios económicos para su mantenimiento y el de su familia, además de contar con un seguro médico que cubra la atención en España.

3. Estudiantes

Quienes estén matriculados en centros educativos en España, cuenten con seguro médico y demuestren recursos económicos para su sustento.

4. Familiares de ciudadanos de la UE

Familiares de ciudadanos europeos que cumplan con las condiciones anteriores y puedan acreditar el vínculo y, en su caso, la dependencia económica.

Requisitos y documentación necesaria

Documentos generales

  • Formulario oficial EX18
  • Pasaporte o documento de identidad vigente (o solicitud de renovación si está caducado)
  • Pago de la tasa correspondiente

Según la situación del solicitante:

a) Trabajador por cuenta ajena

  • Contrato de trabajo o certificado de empleo
  • Alta en la Seguridad Social o documento del SEPE (CONTRAT@)

b) Trabajador por cuenta propia

  • Alta en el censo de actividades económicas
  • Inscripción en el Registro Mercantil
  • Alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social

c) Persona sin actividad laboral

  • Seguro médico privado con cobertura completa en España
  • Prueba de recursos suficientes (certificado bancario, títulos de propiedad, etc.)

d) Estudiantes

  • Matrícula en centro educativo
  • Seguro médico
  • Declaración de medios económicos suficientes

e) Familiares de ciudadanos de la UE

  • Documentación que acredite el vínculo familiar (certificado de matrimonio, nacimiento, etc.)
  • Acreditación de dependencia económica (si corresponde)
  • Documentación de la situación del ciudadano al que acompañan

¿Dónde y cuándo se solicita el certificado?

La solicitud debe realizarse de forma presencial dentro de los primeros tres meses desde la entrada al país, en:

  • Oficinas de Extranjería de la provincia de residencia
  • Comisarías de Policía, si no hay oficina de extranjería disponible
  • El certificado se expide de forma inmediata tras verificar los documentos.

¿En qué idioma deben presentarse los documentos?

Los documentos deben estar redactados en:

  • Castellano, o
  • Lengua cooficial de la comunidad autónoma donde se presente la solicitud

Los documentos extranjeros deben estar legalizados por la Oficina consular de España o por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, salvo los formularios estándar de la UE.

¿Qué hacer si se deniega el certificado?

Si la solicitud es rechazada, se puede:

  • Presentar un recurso administrativo en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó la resolución.
  • En caso de nueva denegación, presentar un recurso contencioso-administrativo ante el juzgado en el plazo de dos meses.

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