¿Qué es la insolvencia inminente y cuáles son sus consecuencias?
La insolvencia inminente es una situación legal contemplada en la Ley Concursal que puede afectar tanto a personas físicas como jurídicas. Se produce cuando un deudor prevé que no podrá cumplir con sus obligaciones económicas en los próximos tres meses.
Definición legal de la insolvencia inminente
Según el artículo 2.3 de la Ley Concursal, la insolvencia inminente se da cuando el deudor anticipa que no podrá atender sus pagos de forma regular y puntual dentro de un periodo de tres meses. Es decir, aún no está en una situación de impago, pero es inminente que lo estará.
Tipos de insolvencia según la Ley Concursal
La ley distingue tres formas de insolvencia:
- Insolvencia inminente: el deudor prevé que no podrá pagar en los próximos 3 meses.
- Insolvencia actual: el deudor ya no puede pagar sus deudas exigibles.
- Insolvencia probable: se prevé que no podrá pagar sus obligaciones en los próximos 2 años, si no se llega a un plan de reestructuración (solo aplicable a actividades empresariales o profesionales).
¿Qué puede hacer un deudor ante la insolvencia inminente?
Cuando se encuentra en esta situación, el deudor puede tomar varias acciones legales para proteger su patrimonio y buscar una solución a sus deudas.
Solicitud de concurso de acreedores
Una de las opciones es solicitar voluntariamente el concurso de acreedores. El procedimiento dependerá de si el deudor es una persona física o una empresa:
- Personas jurídicas: pueden acogerse al concurso regulado tradicionalmente en la Ley Concursal.
- Personas físicas: pueden optar por la Ley de la Segunda Oportunidad, una herramienta legal para cancelar deudas cuando se cumplen ciertos requisitos.
Preconcurso y negociación con acreedores
Otra alternativa es el preconcurso, previsto en los artículos 583.1 y 584.1 de la Ley Concursal. Esta vía permite al deudor comunicar la apertura de negociaciones con los acreedores para alcanzar un acuerdo y evitar el concurso.
Este procedimiento es especialmente útil para autónomos, empresas o profesionales (médicos, abogados, etc.), ya que pueden iniciar un plan de reestructuración o solicitar su homologación judicial.
Diferencias entre insolvencia inminente, actual y probable
Tipo de insolvencia | ¿Ya hay impago? | ¿Quién puede acogerse? | Plazo previsto |
---|---|---|---|
Inminente | No | Cualquier deudor | Próximos 3 meses |
Actual | Sí | Cualquier deudor | Situación ya existente |
Probable | No | Empresas y autónomos | Próximos 2 años |
¿Se pueden cancelar las deudas en situación de insolvencia inminente?
Sí. En algunos casos, especialmente si se trata de una persona física, se puede solicitar la exoneración del pasivo insatisfecho (EPI) a través de la Ley de la Segunda Oportunidad. Para ello, es necesario cumplir ciertos requisitos, como actuar de buena fe y no haber sido condenado por delitos económicos.
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