¿Qué es la usura?
La usura es una práctica ilegal que se materializa cuando una entidad financiera cobra intereses excesivamente elevados en los préstamos, generando así una ganancia considerada injusta. En España, la regulación de la usura está establecida en la Ley de 23 de julio de 1908, conocida como Ley Azcárate.
Regulación de la usura en España
La Ley de Usura establece en su artículo 1 que un préstamo será nulo si el interés estipulado es "notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso". Es importante destacar que no es necesario que el prestatario acepte el préstamo debido a una situación angustiosa, inexperiencia o limitación mental; basta con que se cumpla la condición de ser notablemente superior y desproporcionado.
El Tribunal Supremo, en sus sentencias, ha dejado claro que no es necesario el elemento subjetivo para calificar un préstamo como usurario, estableciendo tres tipos de préstamos usurarios: aquellos con intereses notoriamente elevados, condiciones leoninas o supuestos en los que se recibe más dinero del entregado.
Diferencias entre intereses usurarios e intereses abusivos
Es crucial entender las diferencias entre intereses usurarios e intereses abusivos. Los primeros se refieren a los intereses remuneratorios, mientras que los segundos están vinculados a los intereses moratorios o de demora. Aunque ambos involucran tasas excesivas, el control de usura se centra en los intereses remuneratorios, específicamente en la TAE del contrato.
¿Cuándo se considera un tipo de interés como usurario?
La Ley de Usura no establece un límite específico para considerar un interés como usurario. La jurisprudencia y las circunstancias de cada caso son fundamentales para su evaluación. La doctrina establece que el interés normal del dinero puede determinarse mediante las estadísticas proporcionadas por el Banco de España.
La sentencia del Tribunal Supremo de 2015 fijó el criterio de que un interés es notablemente superior y, por ende, usurario si supera el doble del interés medio ordinario en operaciones de crédito al consumo en la fecha del contrato. Además, la entidad financiera debe justificar circunstancias excepcionales que respalden un interés tan elevado.
Evolución de la jurisprudencia
La sentencia de 2020 consolidó el criterio del Tribunal Supremo, destacando la importancia de utilizar un índice de referencia específico para la comparación. Se subraya que no todos los casos requieren el doble del interés normal como límite, y se establece que cuanto más alto sea este índice, menor será el margen para incrementar el precio sin incurrir en usura.
En resumen, para determinar si un tipo de interés es usurario, se debe comparar con el interés medio de productos financieros similares en la fecha de contratación, aplicando un margen de tolerancia menor a medida que el tipo de interés normal sea más elevado. Esta evaluación puede variar según el producto financiero y la fecha de contratación.