Guía para reclamar por COVID-19
En esta guía vamos a analizar cuándo y cómo se puede reclamar por COVID-19. Debemos tener en cuenta que la mayoría de reclamaciones están relacionadas con la atención sanitaria recibida. Y es que el personal sanitario es la primera barrera ante una pandemia, y aunque nuestros servicios de salud están poniendo todos sus esfuerzos en brindar un servicio adecuado, en algunos casos se dan situaciones de abandono o negligencia.
El Defensor del Paciente se ha pronunciado para determinar en qué casos se puede reclamar por COVID-19. Su objetivo es proteger a los afectados por estos servicios deficientes, evitando la aparición de oportunistas que traten de canalizar las reclamaciones con fines mercantilistas.
De modo que vamos a explicar en qué casos considera el Defensor del Paciente que resulta legítima y viable la reclamación de daños y perjuicios por una actuación incorrecta de los servicios de salud.
La exigencia de responsabilidad por COVID-19
Preocupados por esta cuestión, llevamos ya varias semanas explicando cómo funciona el sistema de responsabilidades por COVID-19. A modo de resumen te recordamos que hablamos de:
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Responsabilidad civil. Se trata de aquella derivada de incumplimientos de contratos o daños o perjuicios no categorizados como delito.
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Responsabilidad patrimonial. Es similar a la anterior, pero se reclama a la Administración cuando el daño se sufre a causa de los servicios públicos.
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Responsabilidad penal. Ocurre en aquellos casos en que la conducta se tipifica en el Código Penal como delito. Por ejemplo, como explicamos en nuestro artículo sobre las negligencias médicas que terminan en muerte, la responsabilidad penal puede incluir la omisión de socorro, lesiones e incluso la muerte.
Los ancianos fallecidos por coronavirus en residencias
Uno de los casos en los que el Defensor del Paciente afirma que se puede exigir responsabilidad es cuando un familiar de avanzada edad haya fallecido en una residencia por falta de atención.
Las residencias están siendo uno de los focos de infección más virulentos, por lo que se trata de uno de los casos más graves y frecuentes. En el momento en que se escribe este artículo, se cifran en más de 9.500 las víctimas, representando un 42 % del total de fallecidos.
Forma de reclamar
En este caso habrá que acreditar que existía una situación de riesgo y nuestro familiar fue abandonado. Cabría iniciar una demanda penal por omisión del deber de socorro.
Si, además, el estado de salud de nuestro familiar se vió comprometido, cabría reclamar la responsabilidad penal por lesiones y/u homicidio imprudente. En este caso tendremos que acreditar que ha habido un perjuicio en su salud y que este se debe a la falta de atención o al tratamiento negligente.
También cabría reclamar una indemnización por daños y perjuicios, bien por la vía civil o bien acumulada a la reclamación de responsabilidad penal.
Los pacientes a quienes no se está prestando asistencia
El Defensor del Paciente también ha remarcado los derechos de los pacientes a quienes no se esté prestando la atención debida a causa de la saturación de los servicios médicos. Hablamos de personas que padecen patologías diferentes al COVID-19 y que no reciben tratamiento.
Por ejemplo, puede concurrir este motivo cuando se produce un alta indebida o se deniega un tratamiento relativamente urgente.
Forma de reclamar
En este caso habría que acreditar que se ha dado una evolución negativa del estado de salud, relacionado con una negligencia médica. Las reclamaciones serían similares a las anteriores. Es decir:
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Exigencia de indemnización por daños y perjuicios (responsabilidad civil o patrimonial).
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Y exigencia de responsabilidad penal por omisión del deber de socorro y lesiones y/u homicidio imprudente.
Los pacientes fallecidos a la espera de un respirador o del ingreso en la UCI
También se puede reclamar por COVID-19 en aquellos casos en que el respirador no haya llegado a tiempo. Por supuesto, en muchos centros ha habido más afectados que recursos.
De modo que para resolver esta situación hay que estar a lo dispuesto en los protocolos. Si el personal sanitario los respetó, la reclamación no podrá prosperar.
Forma de reclamar
En este caso habrá que acreditar que los facultativos cometieron un error de clasificación, incumplieron el protocolo, gestionaron mal su lista de espera… La clave está en demostrar que existía la posibilidad de atender adecuadamente al paciente (por ejemplo, llevándolo a otro centro de salud) pero no se hizo.
Los sanitarios (y demás personal) perjudicados por el COVID-19
El Defensor del Paciente no se ha olvidado del personal sanitario. Consciente de la exposición que estos profesionales tienen a la infección, ha remarcado que todo el personal de los centros de salud podrá exigir responsabilidades cuando se les ponga en riesgo por no proporcionárseles EPIs adecuados.
Al contrario de lo que ocurre con los pacientes, en este caso se despierta también la protección laboral y de Seguridad Social. Esto significa que los sanitarios podrán reclamar por COVID-19 ante incumplimiento de medidas laborales y de prevención de riesgos laborales.
Además, las lesiones derivadas de esta patología podrían considerarse contingencias profesionales, lo que originará el derecho a incrementar sus prestaciones.
Recordemos que lo antedicho se aplica no solo al personal sanitario, sino también al de mantenimiento, a los militares, a la policía…
Forma de reclamar
Las reclamaciones de las que hemos hablado antes estaban orientadas al paciente. Por supuesto, resultarán aplicables a este personal en caso de resultar infectados y sufrir una negligencia.
Sin embargo, todas las reclamaciones laborales y de Seguridad Social deberán producirse ante la Administración o el orden jurisdiccional social.
El caso de las funerarias
Se han detectado prácticas poco éticas en las funerarias, y en estos momentos están siendo investigadas por la CNMC. Por tanto, los clientes tendrán derecho a reclamar todas las prácticas que habitualmente hubieran sido censurables.
Pero, además, habrá que esperar al informe de la CNMC, ya que si los servicios funerarios están aprovechando para subir los precios se abriría la puerta a que sus clientes reclamaran el exceso abonado.
En definitiva, existen numerosos conceptos por los que se puede reclamar por COVID-19. Si alguno de los expuestos te ha afectado, nuestra recomendación es que contactes con un abogado lo antes posible. En caso de que tu situación no esté descrita anteriormente pero consideres que has sufrido una negligencia o se ha incumplido una obligación también deberías buscar asistencia especializada.