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Desahucio por precario: cómo desalojar okupas legalmente
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Desahucio por precario: cómo desalojar okupas legalmente

El desahucio por precario es el procedimiento que te permite desalojar okupas legalmente. Ten en cuenta que si alguien ha entrado en una casa de tu propiedad deberás emplear la vía legal para sacarlo. En caso contrario podrías sufrir represalias, como te contaremos a continuación.

Afortunadamente, los últimos cambios en la normativa han agilizado este procedimiento. El desahucio por precario, también conocido como desahucio express de okupas, es más rápido que nunca. Así que aprovecharemos para explicarte cómo promoverlo.

Por último, vamos a hablar de las consecuencias jurídicas del desalojo para el ocupante de la vivienda. En particular, nos centraremos en la posibilidad que te asiste de reclamar una indemnización o denunciar un delito de usurpación.

El desahucio por precario

Una persona se encuentra en situación de precario cuando tiene un bien sin ser su propietario. Es una situación que puede darse por permisividad del titular o por el acceso ilegal.

Por ejemplo, si dejas que unos amigos veraneen en tu casa del pueblo, estos estarán en situación de precario, ya que no dispondrán de ningún título legítimo (como un contrato de alquiler) para mantenerse en la casa. Esto no implica que utilicen la casa ilegalmente, ya que contarán con tu consentimiento.

Del mismo modo, si alguien entra en tu propiedad sin tu permiso y se mantiene en ella lo hará en situación de precario. En este caso sí utilizaría tu propiedad ilegalmente.

El desahucio por precario, por tanto, es la acción judicial que persigue que las personas que se mantienen en una vivienda sin permiso del titular sean desalojadas.

Su particularidad radica en que el habitante del inmueble, al no poseer ningún título que le habilite a hacerlo, tendrá muy difícil su defensa.

La vía de hecho: por qué no debes actuar por tu cuenta

Jurídicamente se dice que quien actúa por su cuenta (al margen de los procedimientos legalmente establecidos) lo hace por vía de hecho. No es infrecuente que los propietarios de un inmueble ocupado intenten recobrarlo por sus propios medios.

Así, se dan casos en los que el propietario amenaza o agrede a los okupas. También es común la inutilización de puertas y ventanas o el sabotaje al inmueble.

Todas estas conductas son susceptibles de constituir diferentes delitos. Lo cual implica que los ocupantes de la finca podrían denunciar al propietario, y este podría ser condenado a penas de multa o prisión.

Por mucho que le pese, el propietario de la vivienda debe aceptar que el derecho a la inviolabilidad del domicilio es un derecho fundamental reconocido en nuestra Constitución. A su vez, el derecho a la propiedad privada (también recogido en la Constitución) tiene una menor protección.

Esto significa que, pese a que la casa sea suya, no puede entrar por las bravas y echar a los okupas. Dado que la inviolabilidad del domicilio es un derecho fundamental, el propietario tendrá que pedir al Juez que los ocupantes del inmueble sean desalojados.

En resumen, recobrar la vivienda por medios propios es muy desaconsejable. Lo mejor es contratar a un civilista especialista en desahucios para garantizar el éxito de la acción de desahucio por precario.

Cómo promover un desahucio por precario

Lo primero que cabe señalar a la hora de analizar el desahucio por precario es que no solo puede iniciarlo el dueño de la vivienda, sino también cualquier otra persona con derecho legítimo a habitarla. Así, nada impide al inquilino promover este tipo de proceso si la vivienda que alquiló ha sido ocupada.

Este proceso se resuelve por la vía del juicio verbal, conforme establece el artículo 250 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Los juicios verbales son procedimientos ágiles y rápidos.

De hecho, desde la reforma que introdujo el desahucio express de okupas, el proceso podría haber concluido en uno o dos meses.

Al presentar la demanda, el demandante deberá acreditar que tiene un título que le legitima para hacerlo. Pueden servir las escrituras de la vivienda, un contrato de alquiler o cualquier otro documento legítimo.

Los juzgados solicitarán al okupa que demuestre su derecho a ocupar el inmueble. Evidentemente no podrá hacerlo, ya que habrá accedido ilegítimamente a la vivienda.

En definitiva, el proceso se limita a examinar los títulos que aporten las partes. Si el okupa no consigue demostrar que tiene derecho a habitar en la vivienda, el Juzgado ordenará su desalojo.

En el caso de que el demandado no recurra la sentencia en plazo de 20 días hábiles deberá abandonar el edificio. De no hacerlo se producirá su lanzamiento, acudiendo la policía al domicilio para expulsar al ocupante.

Indemnización y delito de usurpación: las consecuencias de la okupación

La okupación de un inmueble suele ser un evento nocivo. El propietario puede encontrarse con desperfectos en su vivienda, o sufrir preocupaciones a lo largo del proceso de desahucio. En muchas ocasiones querrá que la justicia actúe contra quien le privó de su propiedad, además de recobrarla.

Por eso, quien inicia la acción de desahucio por precario debe saber que puede exigir una indemnización. También puede exigir la responsabilidad penal del okupa, denunciándole por usurpación.

Derecho a la indemnización

El propietario de un inmueble ocupado tiene derecho a reclamar una indemnización al okupa. Para demostrar los daños físicos que se hayan producido en la vivienda puede solicitar la asistencia de los agentes judiciales que le acompañarán al lanzamiento o a la entrega de llaves.

Estos consignarán el estado del piso en un acta, para que luego pueda reclamar la indemnización correspondiente.

Si hay facturas impagadas o suministros cortados también se podrá presentar los justificantes para exigir su resarcimiento.

En principio también será posible reclamar una indemnización por daños morales. Pero para ello es recomendable contar con la asistencia de un buen abogado, ya que este tipo de daños no es tan fácil de reclamar.

Delito de usurpación

El artículo 245 del Código Penal tipifica como delito de usurpación la ocupación de cosas muebles o derechos reales inmobiliarios ajenos. Cuando estos no constituyan morada se podrá imponer una multa de tres a seis meses. Sin embargo, en caso de que se emplee violencia o intimidación en las personas la pena será de uno a dos años de prisión.

Para reclamar la responsabilidad penal de los okupas deberás instar un procedimiento ante este orden jurisdiccional. Debido a sus peculiaridades, podría ser recomendable que contrates a un abogado penalista.

Ahora ya sabes cómo desalojar okupas legalmente. Nuestro último consejo es que busques la asistencia de un abogado con experiencia en la materia. A través de nuestro portal podrás hacerlo de forma rápida, gratuita y sin compromiso.

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