COMPLIANCE PENAL

Solo una de cada diez empresas disponen de un sistema de compliance penal

By 20th febrero 2020 No Comments

Un 45% de los directivos desconoce la responsabilidad legal que podría acarrearle no impulsar esta área.

Las compañías españolas aún presentan ciertas carencias en la incorporación y desarrollo de sistemas de compliance en sus respectivos sectores de actividad. En un momento en el que es imprescindible contar con un sistema de gestión de cumplimiento penal con independencia del tamaño o de la actividad de una compañía, gran parte de los empresarios reconocen no contar con un modelo integrado conforme a la normativa española y demás estándares internacionales de referencia.

Es una de las principales conclusiones del nuevo informe de compliance penal “Hacia sistemas de cumplimiento avanzados”, que la firma de servicios profesionales Grant Thornton ha elaborado a partir de 400 entrevistas a altos directivos de empresas de entre 50 y 500 empleados con sede en España.

En la actualidad, y siguiendo los resultados de la investigación, dos tercios de las empresas consultadas manifiestan carencias graves en materia de compliance penal, solo una de cada diez dispone de un verdadero sistema para su gestión y, en general, los empresarios muestran un alto grado de desconocimiento sobre los riesgos penales que pueden derivar para la empresa y sus administradores.

El estudio acredita también que las empresas españolas muestran una gran variedad de aproximaciones al compliance, que solo una de cada cuatro cuenta con un presupuesto específico para la materia, y que la mitad destinan a la misma menos de 10.000 euros anuales.

Para Ignacio Ripol, Director de Compliance de Grant Thornton, “el reto de las empresas españolas es pasar de una visión negativa del compliance, consistente en evitar potenciales responsabilidades, a establecer una verdadera cultura de cumplimento que consolide los principios éticos de la organización”.

Baja percepción de riesgo por parte de los empresarios

Aunque, solo en los últimos cinco años, se han producido en nuestro país 10 procesos sancionadores contra personas jurídicas con multas superiores a los 900.000 euros, el estudio de Grant Thornton revela que el 45% de los empresarios españoles no son conscientes de que carecer de un programa adecuado de compliance puede acarrear responsabilidades a los administradores.

Según Ripol, “un tercio de las acciones contra administradores sociales en nuestro país se fundamentan en incumplimientos legales, de modo que la falta de desarrollo de la función de compliance en nuestro tejido empresarial es una importante amenaza”.

Ignacio Ripol, director de Derecho Procesal y Compliance de Grant Thornton

Preguntados sobre qué riesgos legales podrían dañar más a sus compañías, los empresarios consideran como aquellos que podrían tener un mayor impacto las sanciones administrativas por incumplimiento de obligaciones legales (54%), seguidas de los cambios legislativos en su actividad y de las conductas delictivas de sus empleados o directivos, empatados en un 44%.

Consultados por cuáles son los riesgos legales que consideran son más probable que afecten a sus empresas, los cambios legislativos en su actividad pasan a la primera posición (50%) seguidos de las sanciones administrativas (28%), y, en cambio, solo un 15% considera probable una conducta delictiva de alguno de sus empleados o directivos.

Sobre las áreas en que ven más probable que se produzca una responsabilidad penal, la reciente aprobación del Reglamento Europeo de Protección de Datos (GDRP) ha derivado en una toma de conciencia generalizada sobre los riesgos penales del ámbito tecnológico y del específico de la protección de datos, que es en el que la mitad de los encuestados cree que podría incumplir la ley. Le siguen el ámbito laboral (42%) y preocupan también el medioambiental (38%) o el de la corrupción (23%).

Un mal modelo de compliance daña la reputación

Para ocho de cada diez empresarios encuestados por Grant Thornton, la pérdida de credibilidad o reputación es el principal impacto de la comisión de delitos por parte de sus organizaciones. Un 71% se muestra preocupado por el coste de las sanciones por esos incumplimientos, y un 57% teme que provoquen distorsiones operativas en su empresa.

Ignacio Ripol afirma sin embargo que “existen grandes diferencias entre sectores a la hora de determinar qué impactos les preocupan más ante la hipotética comisión de un delito. Al hilo por ejemplo de los escándalos que se produjeron en 2015 en torno a los controles técnicos de emisiones contaminantes de vehículos, el sector de la automoción muestra una preocupación mucho mayor por el impacto en su reputación al de otras actividades como el comercio o la hostelería”.

El estudio de Grant Thornton revela asimismo que, en los últimos cinco años, el 4% de las empresas encuestadas reconocen haber hecho frente a algún procedimiento por la comisión de delitos. Dos tercios de las mismas han recibido reclamaciones por cuestiones laborales, y la mitad por temas tributarios.

Ventajas de una buena función de compliance

Preguntados por las principales ventajas de contar con programa de compliance, los empresarios sitúan en primer lugar evitar sanciones económicas (22%), daños reputacionales y de imagen (15%) e implantar una cultura ética y de integridad en sus organizaciones (10%). Por detrás de estos beneficios, se sitúan la mejora del servicio al cliente, la credibilidad en el mercado y la responsabilidad con la sociedad.

Ripol añade asimismo que “una política de compliance adecuada permite afrontar serias ineficiencias en las empresas, hace más atractivo el proyecto empresarial, y atrae y retiene talento. Además, involucra a los empleados en la construcción de la reputación e integridad de la compañía””. Así lo acreditan los propios empresarios encuestados, en tanto que siete de cada diez correlacionan disponer de políticas y normas éticas con suscitar comportamientos adecuados entre sus empleados.

Sobre los motivos que conducen a las empresas españolas a adoptar programas de prevención de delitos, ocho de cada diez de las que ya cuentan con uno sitúan en primer lugar las motivaciones éticas, seguidas del temor a demandas o sanciones (59%) y las exigencias de sus matrices (49%). En cambio, solo tres de cada diez afirman haberse dotado de un sistema de compliance tras detectar que sus competidores ya contaban con uno.

¿Cómo es el sistema de compliance?

Constatado que solo una de cada diez empresas españolas dispone de un verdadero sistema de compliance, el estudio de Grant Thornton ha profundizado en cómo articula esta función nuestro tejido empresarial.

El 75% de los directivos encuestados, por ejemplo, manifiesta que su sistema de gestión cuenta con un órgano encargado de garantizar el cumplimiento normativo. En tres cuartas partes de los casos, ese órgano es además independiente, repartiéndose en el resto de las ocasiones en las áreas de administración, legal o de recursos humanos.

Siete de cada diez empresas incorporan a su sistema de compliance bien un código de conducta o un código ético: un instrumento mucho más generalizado a los documentos-resumen de la estrategia y política de compliance (54%), los canales éticos o de denuncias (46%) o a las políticas anticorrupción (42%).

En materia presupuestaria, solo dos de cada diez empresas encuestadas afirman disponer de un presupuesto específico para cuestiones de ética y compliance, y más de la mitad destinan a esta área menos de 10.000 euros.

Pese a esa dotación presupuestaria relativamente baja, el 70% de las empresas analizadas revisan por lo menos periódicamente sus riesgos.

 Alrededor de la mitad lo hace con carácter anual, pero todavía hay un 40% que no tiene una periodicidad fija para esas evaluaciones de su modelo de prevención de delitos, imprescindibles según Ripol porque «resulta tan importante desplegar un sistema avanzado de compliance como analizar periódicamente su funcionamiento y mejorarlo»

Por último, las empresas españolas también presentan margen de mejora a la hora de brindar a sus empleados formación específica sobre ética, integridad y compliance. Una de cada cuatro no lo ha hecho nunca, por bien que el 40% sí lo hace de forma ocasional y el 30% las realizada anualmente.

Además, las que sí llevan a cabo este tipo de formaciones reciben una buena puntuación por parte de sus empleados –en concreto, de 7,6 puntos sobre 10–, y, tras las mismas, el 31% de esas plantillas declara que sus organizaciones están muy preparadas para prevenir delitos

Por @LuisjaSanchez, Periodista Jurídico.

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