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Gestiones laborales a tener en cuenta para enfrentarnos con garantía a la séptima ola del Covid19

By 8th julio 2022 No Comments

Todas las medidas hay que consensuarlas con los representantes de los trabajadores.

Los datos no engañan, estamos inmersos en la séptima ola desde que el Covid19 irrumpió en nuestras vidas hace algo más de dos años. Conviene, pues, repasar la normativa laboral que regula este entorno y qué medidas las empresas deben desarrollar para gestionar esta pandemia.

Estela Martin, abogada y directora de comunicación de la consultora SincroGO nos sirve de apoyo para entender qué escenario normativo se abre y cómo podemos gestionar esta situación complicada donde se alterna el teletrabajo con los contagios de los profesionales de cualquier empresa.

“El escenario se complica, ya hay comunidades autónomas como Cataluña . La vía rápida para las bajas por Covid de cinco días. Es el propio trabajador quien por vía telemática comunica que ha dado positivo y se hace la baja automática. También lo tuvo la Comunidad de Madrid en enero pasado con la llegada de la variante Ómicron, pero de momento solo Cataluña lo ha recuperado”.

Esta medida se ha puesto en marcha porque los centros de atención primaria están colapsados. Sin embargo, esta experta recuerda que la norma ha cambiado. Ya no hay aislamientos y, por tanto ese supuesto, aislamiento por contacto estrecho no es causa de baja, solamente si eres positivo”, comenta esta experta.

El protocolo del  Covid19 Ministerio de Sanidad se ha actualizado con fecha 6 de junio del 2022 “lo que dice es que al final es que son los técnicos de prevención de riesgos laborales los que deben hacer una evaluación de riesgos  en el puesto de trabajo y al mismo tiempo se recomienda utilizar el teletrabajo”, señala Martin.

Respecto al uso de mascarillas “ no es obligatorio, pero es verdad que si de la evaluación de los técnicos de prevención se indica que son necesarias son el único caso donde se implantan su uso obligatorio. Lo importante es hacer esa evaluación del puesto de trabajo y de ahí podría surgir alguna obligatoriedad”.

Esta experta recuerda que los planes de contingencia siguen siendo necesarios para gestionar este tipo de situaciones “siguen las pautas del protocolo del Ministerio de Sanidad y sus servicios de prevención. Hay muchas empresas que aún los tienen vigentes, pero  no se puede saltar la normativa. No pueden ser más restrictivos que lo que dice la norma”.

Martin subraya que, en este momento, “la evaluación de los puestos de trabajo por los técnicos de prevención de riesgos laborales es clave para definir cómo vamos a gestionar nuestro protocolo Covid19. El protocolo recuerda que no es obligatorio el uso de mascarilla en los interiores y por lo tanto el servicio de prevención es necesario para analizar esos puestos de trabajo para decidir esa implantación o no de las mascarillas”.

Respecto a las pruebas COvid19 que se hacen en las empresas, “nuestra interlocutora recuerda que no se puede obligar a los trabajadores a someterse a dichas pruebas. Lo único que pueden hacer las empresas es mandar un recordatorio a sus trabajadores de medidas de prevención aconsejable, cómo mantener la distancia de separación; apelar a la prudencia pero más allá por el momento no pueden ir”.

En cuanto al teletrabajo está jurista indica que “ya es bastante discutible que se puede aplicar la disposición transitoria tercera de la Ley de Trabajo a Distancia que permite aplicar la normativa ordinaria mientras haya restricciones debidas a la Covid. Sin embargo, el citado Protocolo, habla de potenciar el teletrabajo podría cogerse por ahí, pero si las empresas van a optar por este teletrabajo sin aplicar la Ley de Trabajo a Distancia deberían aplicar a la situación de contagios que hay ahora en julio y a partir de ahí justificarlo“.

Esta experta señala que la ley no está bien definida “habla de hasta cuando haya restricciones, pero casi todas se han eliminado. Pero si hay una evaluación de riesgos laborales y la empresa lo vincula a una acción concreta de este verano, no debería haber sanción, pese a que la norma no es muy clara”.

Estela Martin. abogada y directora de comunicación de la consultora SIncroGo.

Consultar el convenio colectivo

Estela Martin subraya que en este tipo de situaciones “lo primero que hay que hacer es consultar el convenio colectivo, hay muchos que regular ya el teletrabajo, si no lo hay lo ideal sería reunirse con los representantes de los trabajadores y delegados de prevención para ver las medidas a poner en marcha”.

En este contexto, nuestra interlocutora señala que “podría ser necesario una nueva evaluación de los riesgos psicosociales de los puestos de trabajo, así el teletrabajo se podría vincular al mes de julio y agosto por el aumento de contagios, soportado por esos técnicos de prevención sería suficiente y no nos sancionarían”.

Gestionar el Covid19 en pleno verano tiene la ventaja de que “hay menos afluencia de trabajadores al centro de trabajo, algunos de ellos están de vacaciones. Todas las medidas que se establezcan hay que consensuarlas con los representantes de los trabajadores, de todas formas es difícil que sancionen a un empresario por implantar de forma unilateral el teletrabajo en este contexto actual”.

Junto con el teletrabajo hay otras medidas que se pueden poner en marcha “como la gestión del trabajo por turnos, la distancia de separación del metro y media e incrementar la limpieza y desinfección de los puestos de trabajo. Pero antes de tomar esa decisión hay que hablar con el departamento de riesgos laborales que nos oriente sobre la situación de la empresa. Desde esa evaluación nos recomiendan unas medidas específicas para afrontar el Covid19”.

En un periodo como este “si una persona comunica a la empresa que es positivo y aún no tiene la baja, lo mejor es que teletrabaje si se encuentra en condiciones de hacerlo”, aclara esta jurista.

En cuanto a las vacaciones “si le pilla disfrutando de esas vacaciones con Covid19, ahí se aplicaría el criterio de los tribunales. Si está de baja por esa circunstancia puede recuperar sus vacaciones después. No obstante tiene que existir un parte de baja y si fuera el caso de confirmación y alta”.

En este contexto “es fundamental actualizar los planes de contingencia y no relajarse por el Covid19. Ya vemos que hay otra ola y hay que ser previsor para evitar los contagios en el seno de la empresa. Esa revisión es fundamental para tener las medidas adecuadas para afrontarlo”.

El problema que hay ahora es que “no hay un marco normativo claro para actuar con plena seguridad, al final se trata de utilizar el sentido común. Escuchando a la Ministra de Sanidad, Carolina Darias, apela a la responsabilidad de cada uno de los ciudadanos y que tengamos cuidado. Ahora no hay un marco legal claro de actuación”.

Hay que actualizar las medidas

Estela Martin cree que “en un momento como el que vivimos, la empresa tiene que dar un paso adelante a nivel de prevención de riesgos laborales para proteger la salud y seguridad de  sus trabajadores de cualquier incidencia. Lo más prudente es el teletrabajo, como teletrabajo puntual que tiene que ver con el alza de contagios que ahora se experimenta”.

Desde su punto de vista “lo mejor es siguiendo el convenio colectivo pactar las medidas que vamos a implementar con los representantes de los trabajadores.  Ahora no hay un marco legal para actuar. Es el momento del sentido común como hemos dicho con anterioridad”.

Esta experta recuerda que “de cara a cualquier reclamación que tengamos de algún trabajador, si hacemos alguna evaluación de riesgos o utilizamos el Protocolo del Ministerio de Sanidad tenemos un soporte legal básico para evitar cualquier problemática que pueda surgir”.

También nos aclara que “esa evaluación del puesto de trabajo a nivel de prevención de riesgos laborales es necesaria, sobre todo por lo que ha subido el Covid19 en este mes y medio último, Se trata de saber si tus medidas son las adecuadas para gestionar ese posible riesgo”, indica.

En un momento como el que vivimos con la incidencia de contagios disparada “es un buen momento para revisar las medidas que tiene nuestra empresa para afrontar esta pandemia, Es algo tan volátil, lo que nos obliga a ser prudentes para evitar que tengamos otra Omicron como ya pasó en enero de este año”.

Esta jurista recuerda que este tipo de asuntos puede acabar en los tribunales “la prevención de riesgos laborales es cuestión de la empresa y las multas son importantes. Es muy difícil que un trabajador, salvo que sea un sanitario, demuestre que el Covid19 lo ha cogido en su empresa. Al final, es un tema de prueba, lo que es bastante complicado.

Otra cuestión que señala esta jurista es que también  los tribunales recientemente han fallado una sentencia que corrobora el despido de un trabajador que fue a su puesto de trabajo con síntomas de Covid19 sin decir nada. 

Por @LuisjaSanchez, Periodista Jurídico y Estela Martin, Abogada.

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