La custodia compartida ha pasado en pocos años de ser una excepción a ser una opción habitual en los juzgados de familia. Pero no se concede de forma automática: el juez decide pensando en el interés del menor, no en el de los padres. Te explicamos cómo funciona y qué se tiene en cuenta.
Qué es la custodia compartida
Con la custodia compartida, los hijos conviven con cada progenitor durante periodos parecidos: semanas alternas, quincenas o el reparto que mejor encaje con los horarios de la familia. Los dos padres conservan siempre la patria potestad, es decir, las decisiones importantes sobre educación, salud o religión se toman entre ambos, haya custodia compartida o no.
La regula el artículo 92 del Código Civil. Puede pactarse en el convenio de un divorcio de mutuo acuerdo o pedirse al juez en un procedimiento contencioso.
La postura del Tribunal Supremo
Desde su sentencia de 29 de abril de 2013, el Tribunal Supremo considera que la custodia compartida debe ser la medida normal e incluso deseable, porque permite a los hijos relacionarse con los dos progenitores. Desde entonces ya no se exige que sea una medida excepcional.
Qué valoran los jueces
La jurisprudencia ha ido concretando los criterios que pesan en la decisión:
- Cómo se ocupaba cada progenitor de los hijos antes de la ruptura: colegio, médicos, actividades.
- La relación entre los padres. No hace falta que sea buena, pero sí un mínimo de respeto y capacidad para comunicarse sobre los niños.
- La distancia entre domicilios y con el colegio. Si los hijos tienen que cruzar media provincia cada semana, es difícil que funcione.
- Los horarios de trabajo y la disponibilidad real de cada uno.
- La opinión de los hijos con madurez suficiente, que el juez puede escuchar. Cuanto mayores son, más peso tiene lo que dicen.
- Los informes del equipo psicosocial del juzgado, cuando se piden.
Cuándo no se puede conceder
El propio artículo 92 excluye la custodia compartida cuando uno de los progenitores está incurso en un proceso penal por atentar contra la vida, la integridad o la libertad del otro progenitor o de los hijos, o cuando hay indicios fundados de violencia doméstica o de género. Además, la Ley Orgánica 8/2021, de protección de la infancia, reforzó la protección de los menores en estos casos, también respecto al régimen de visitas. En el blog comentamos una sentencia del Constitucional sobre las visitas de progenitores en procesos por maltrato.
¿Y la pensión y la vivienda?
Un error frecuente es pensar que la custodia compartida elimina la pensión de alimentos. No es así: si los ingresos de los padres son muy distintos, el que gana más puede tener que pagar una pensión para que los hijos tengan un nivel de vida parecido en las dos casas. Los gastos extraordinarios, como médicos no cubiertos o actividades pactadas, se suelen repartir aparte.
Con la vivienda familiar tampoco hay una regla fija. Con custodia compartida, el juez suele atribuir su uso de forma temporal o acordar su venta, según las circunstancias de cada familia.
Consejos prácticos
- Presenta un plan de parentalidad concreto: horarios, intercambios, vacaciones y cómo os vais a comunicar.
- Guarda pruebas de tu implicación diaria: tutorías, citas médicas, actividades.
- Evita discutir delante de los hijos y por mensajes que puedan acabar en el juzgado.
- Organiza bien las vacaciones. Te damos ideas en cómo gestionar las vacaciones de una pareja divorciada.
Preguntas frecuentes
¿Se puede pedir la custodia compartida después del divorcio?
Sí. Si las circunstancias cambian (por ejemplo, los horarios de trabajo o la edad de los hijos), cualquiera de los progenitores puede pedir una modificación de medidas para pasar a la custodia compartida.
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Fuentes
- Código Civil, artículos 92 a 96 (BOE).
- Ley Orgánica 8/2021, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (BOE).
- Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, sentencia de 29 de abril de 2013, disponible en el buscador de jurisprudencia del Consejo General del Poder Judicial.
Foto: Dejan Krsmanovic, vía Wikimedia Commons, licencia CC BY 2.0.
