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8 claves de los Planes de Igualdad & Planes de Desconexión Digital en 2022

By 16th marzo 2022 No Comments

Todas las empresas (sea cual sea su número de empleados o sector de actividad) están obligadas a elaborar su protocolo / plan de desconexión digital. Por su parte, las empresas a partir de 50 trabajadores ya tendrían que tener aprobado su Plan de Igualdad. 

En este artículo exponemos 8 claves que deben tener en cuenta todas las empresas: 

4 claves de los protocolos de desconexión digital

  1. Todas las empresas, sea cual sea su número de empleados y/o sector de actividad, tienen obligación de elaborar e implantar su plan (protocolo de desconexión digital). No es obligatorio llegar a un acuerdo con los representantes de los trabajadores (aunque es recomendable hacerlo), pero sí hay que cumplir el trámite de audiencia previa.
  1. Haya o no empleados en teletrabajo, la empresa tiene que elaborar su plan de desconexión digital. Pero si además en la empresa hay empleados que teletrabajan, deberá tenerse adicionalmente en cuenta lo dispuesto en el art. 18 de la Ley de Trabajo a Distancia (Ley 10/2021, de 9 de julio).
  1. La norma obliga expresamente a las empresas a realizar acciones de formación y/o sensibilización dentro del protocolo de desconexión digital.
  1. Ya tenemos muchísimos ejemplos de convenios regulando el derecho a la desconexión digital y lo hacen de manera muy distinta:
  • Algunos convenios se limitan a una mera remisión al art 88 de la LOPDGDD (remisión genérica).
  • Sin embargo, hay convenios (de todo tipo: sectoriales, de empresa….) que regulan amplia y exhaustivamente el derecho a la desconexión digital, incluyendo también buenas prácticas de dirección estratégica de personas.
  • En todo caso, el hecho de que el convenio colectivo de aplicación en la empresa no regule nada, no es excusa para incumplir la obligación de elaborar e implantar el protocolo.

¿Se pueden seguir enviando mails a los empleados fuera de su horario / jornada?

Sí, se pueden seguir enviando emails fuera de la jornada laboral, pero lo que tiene que quedar muy claro dentro del protocolo de desconexión es que los empleados no tienen ninguna obligación de responder esos emails fuera de su jornada laboral

Ahora bien, si la política habitual de la empresa (o de alguno de sus mandos intermedios / superiores, entendiendo por ‘mando’ a quien tenga bajo su cargo a un equipo de personas) es la de enviar sistemáticamente emails fuera del horario laboral, ahí, llegado el caso (Inspección de Trabajo y/o tribunales) cabría entender que existe vulneración del derecho a la desconexión digital. 

4 claves de los Planes de Igualdad 

  1. Desde el 7 de marzo de 2022, TODAS las empresas a partir de 50 trabajadores (incluyendo las que tengan justo 50 empleados) ya tendrían que tener elaborado e implantado su Plan de Igualdad. Las empresas, los días 30 de junio y 31 de diciembre, tienen que efectuar el cómputo de personas trabajadoras en su plantilla, teniendo en cuenta que la unidad de referencia es la empresa y no el centro de trabajo.
  1. Los Planes de Igualdad, bajo el foco de la Inspección en 2022. El cumplimiento de las obligaciones en materia de igualdad es uno de los ejes de actuación de la Inspección. En este sentido, el Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social 2021-2023 (BOE de 3 de diciembre de 2021) establece expresamente dentro de los objetivos estratégicos, el Eje 1.2, que se centra precisamente en la igualdad y no discriminación en el empleo y en las condiciones de trabajo. 
  1. Todas las empresas tienen obligación de elaborar el registro retributivo. Adicionalmente, las empresas obligadas a tener Plan de Igualdad tienen que elaborar además la auditoría retributiva, que conlleva una mayor complejidad. 
  1. Sanciones. Caben dos tipos de sanciones en función de que la infracción sea grave o muy grave:

–Infracción GRAVE (art. 7.13 de la LISOS): sanción de 751 a 7.500 euros.

No cumplir las obligaciones que en materia de planes y medidas de igualdad establecen la LO 3/2007, de 22 de marzo, el ET (art. 28) o el convenio colectivo de aplicación en la empresa.

–Infracción MUY GRAVE (art. 8.12 de la LISOS): sanción de 7.501 a 225.018 euros.

Las decisiones unilaterales de la empresa que impliquen discriminaciones directas o indirectas desfavorables por razón de edad o discapacidad o favorables o adversas en materia de retribuciones, jornadas, formación, promoción y demás condiciones de trabajo por circunstancias de sexo..

En SincroGO asesoramos a todo tipo de empresas a elaborar tanto sus protocolos de desconexión digital como sus planes de igualdad. 

Además, SincroGO cuenta con el certificado efr (empresa familiarmente responsable, expedido por la Fundación Másfamilia) y la compañía ha recibido en los últimos años diversos premios y reconocimientos. Entre ellos, Premio Madrid Empresa Flexible 2020, Premio ARHOE (Categoría de Empresas) y Premio Alares (Categoría de Directivos, otorgado al CEO de SincroGO, Carlos M.ª Ruiz).

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