Pregunta de Arancha sobre Civil en Santa Cruz de Tenerife

Hola buenas noches me gustaría que me resolvieran una duda... Tengo una deuda y me han llevado al juzgado.. Mi pregunta es puedo pagar parte de la deuda dentro del plazo de los 20 días y luego de haber finalizado el plazo la otra parte? gracias
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Buenas tardes Arancha,

En principio no. Para que puedas exceder del plazo legal preestablecido de 20 días, debes de homologar esa situación con el demandante o el acreedor ya que, la cantidad que no abones antes de esos 20 días HÁBILES, podrá ejecutar esa demanda por parte del demandante quién, podrá incrementar esa cantidad adeudada en un 30% adicional.

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