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	<title>Abogado concursal Archivos - LexGoApp Blog</title>
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	<title>Abogado concursal Archivos - LexGoApp Blog</title>
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		<title>En qué consiste la ley de segunda oportunidad</title>
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		<dc:creator><![CDATA[LexGoApp]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 26 Nov 2018 13:55:34 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[CONCURSAL]]></category>
		<category><![CDATA[MERCANTIL]]></category>
		<category><![CDATA[Abogado concursal]]></category>
		<category><![CDATA[Concurso de acreedores]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho concursal]]></category>
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		<category><![CDATA[Segunda oportunidad]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La ley de segunda oportunidad, recogida en el Real Decreto Ley 1/2015, es un mecanismo legal configurado para ayudar a autónomos y particulares endeudados. Su objetivo…</p>
<p>La entrada <a href="https://lexgoapp.com/blog/en-que-consiste-la-ley-de-segunda-oportunidad/">En qué consiste la ley de segunda oportunidad</a> se publicó primero en <a href="https://lexgoapp.com/blog">LexGoApp Blog</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><b>La ley de segunda oportunidad, recogida en el </b><a href="https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2015-2109"><b>Real Decreto Ley 1/2015</b></a><b>, es un mecanismo legal configurado para ayudar a autónomos y particulares endeudados</b><span style="font-weight: 400;">. Su objetivo es, como indica el nombre del RD, ofrecer una segunda oportunidad a las personas físicas que atraviesan una tesitura económica complicada.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Gracias a esta medida, si eres un particular o un autónomo y ostentas deudas impagables, puedes librarte de parte de estas. Sin embargo, aunque la ley se aprueba basándose en criterios éticos, no deja de lado el derecho de cobro de los acreedores.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Por tanto, para acceder a sus beneficios debes reunir una serie de requisitos, que te explicamos a continuación.</span></p>
<p>Si necesitas un <a href="https://lexgoapp.com/abogados-ley-segunda-oportunidad">abogado para solicitar acogerte a la Ley de Segunda oportunidad</a>, en <a href="https://lexgoapp.com/">LEXGOApp</a> podemos asistirte.</p>
<h2><span style="font-weight: 400;">El espíritu de la ley de segunda oportunidad</span></h2>
<p><span style="font-weight: 400;">En las situaciones de penuria económica, las personas insolventes no pueden hacerse cargo de sus deudas. Esto tiene un doble efecto perjudicial:</span></p>
<ul>
<li style="font-weight: 400;"><span style="font-weight: 400;">En primer lugar, </span><b>los acreedores pueden ver frustrados sus intentos de cobrar</b><span style="font-weight: 400;"> las deudas. Aunque el ordenamiento jurídico les otorgue ciertos mecanismos de cobro, no podrán satisfacer sus créditos si su deudor carece de patrimonio.</span></li>
<li style="font-weight: 400;"><span style="font-weight: 400;">En segundo lugar, el principio de responsabilidad universal estipula que los deudores responden con todos su patrimonio presente y futuro. Esto significa que si no puedes pagar tus deudas, estas persistirán, </span><b>convirtiéndose en una carga de la que, en principio, no podrás liberarte</b><span style="font-weight: 400;">.</span></li>
</ul>
<p><span style="font-weight: 400;">Para buscar una satisfacción parcial de los acreedores, los ordenamientos jurídicos introducen sistemas de concurso. Mediante estos, el acreedor insolvente liquida su patrimonio y lo reparte entre todos sus acreedores, según un orden de privilegio de los créditos y de proporcionalidad de pagos.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Sin embargo, en principio no existe ninguna medida que libre al particular insolvente de sus deudas. Lo cual suele empujar a que las personas en esta situación sean desplazadas a la economía sumergida y, habitualmente, a la marginalidad económica.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Para tratar de resolver estos problemas, </span><b>la ley de segunda oportunidad ofrece a los autónomos y particulares que no puedan pagar sus deudas un mecanismo de exoneración de lo impagable</b><span style="font-weight: 400;">.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Simultáneamente, y en defensa del derecho de cobro de los acreedores, establece una serie de garantías que tratan de evitar la insolvencia estratégica. De modo que sus beneficios solo se aplican al “buen pagador”.</span></p>
<h3><span style="font-weight: 400;">Garantías para los acreedores</span></h3>
<p><span style="font-weight: 400;">Los beneficios de la ley de segunda oportunidad están reservados a las personas que hayan intentado cumplir con sus obligaciones pero no lo hayan conseguido por circunstancias ajenas a su voluntad.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Por tanto, las medidas incluidas en la ley exigen que el deudor insolvente:</span></p>
<ul>
<li style="font-weight: 400;"><span style="font-weight: 400;">No sea objeto de un concurso declarado culpable.</span></li>
<li style="font-weight: 400;"><span style="font-weight: 400;">Tampoco haya sido condenado en sentencia firme por determinados delitos de contenido económico o social.</span></li>
<li style="font-weight: 400;"><span style="font-weight: 400;">Haya actuado de buena fe, lo que incluye la liquidación de su patrimonio y el intento de celebrar un acuerdo extrajudicial de pagos. Además, no puede haber recurrido al beneficio de exoneración de pagos ni haber rechazado una oferta de empleo adecuada recientemente.</span></li>
<li style="font-weight: 400;"><span style="font-weight: 400;">Haya pagado o intentado pagar los créditos contra la masa y los privilegiados, así como un 25 % de los ordinarios.</span></li>
</ul>
<p><b>Estos requisitos tratan de verificar un historial de honestidad en el deudor insolvente</b><span style="font-weight: 400;">. Por eso, se proyectan a lo largo de prolongados plazos en el pasado del mismo. Así, los antecedentes penales se comprobarán respecto a los diez últimos años. Plazo que también se aplicará al disfrute del beneficio de exención. Por su parte, el plazo en que no debe haberse rechazado una oferta de empleo es de cuatro años.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Pero </span><b>también se proyectan hacia el futuro</b><span style="font-weight: 400;">, ya que de recurrirse al beneficio de exoneración se tendrá que acordar un plan de pagos vigente durante los siguientes cinco años. Además, esta circunstancia constará por idéntico plazo en el Registro Concursal, al que puede acceder cualquier persona por tratarse de un fichero público.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">En definitiva, estos requisitos tratan de garantizar que la persona insolvente que solicita una exoneración de pagos ha sido y será un deudor de buena fe. Y así se coordinan los principios éticos que recomiendan perdonar la deuda al desafortunado que ha sufrido un revés fortuito con la seguridad jurídica que protege los derechos de crédito de los acreedores.</span></p>
<h3><span style="font-weight: 400;">El beneficio de exoneración</span></h3>
<p><span style="font-weight: 400;">Pese a esto, </span><b>la ley de segunda oportunidad no permite al insolvente librarse de determinados créditos, como los públicos o alimentarios</b><span style="font-weight: 400;">. El beneficio de exoneración solo se aplica:</span></p>
<ul>
<li style="font-weight: 400;"><span style="font-weight: 400;">A la deuda que no se haya podido pagar en créditos ordinarios y subordinados.</span></li>
<li style="font-weight: 400;"><span style="font-weight: 400;">En el caso de los créditos hipotecarios o con garantía real, al valor que exceda entre el precio del bien y el montante total de la deuda.</span></li>
</ul>
<p><span style="font-weight: 400;">Dicho de otro modo, esta ley respeta los créditos privilegiados. Sin embargo, permite desembarazarse de deudas ordinarias. Además, facilita las </span><b>daciones en pago y para pago</b><span style="font-weight: 400;">, ya que permite exonerarse de la deuda restante una vez entregado el bien.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Y es que antes de la crisis económica de 2008 muchas familias se hipotecaron para comprar sus viviendas. Cuando, años más tarde, la situación empeoró, hubo quien no pudo hacerse cargo de sus hipotecas. Y como el mercado inmobiliario se había depreciado, los bancos que ejecutaban la hipoteca o aceptaban daciones, quedándose con la vivienda, seguían exigiendo la diferencia de precio entre el capital pendiente de amortización y la tasación del inmueble posterior a la crisis.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">De este modo, muchas familias siguieron arrastrando deudas por la compra de una vivienda que ya no era suya. Así que la ley de segunda oportunidad permite que, en estas situaciones, te libres del pago de esta deuda remanente. Ello </span><b>siempre que no puedas hacerte cargo de la misma por causas ajenas a tu voluntad</b><span style="font-weight: 400;">.</span></p>
<h2><span style="font-weight: 400;">Los acuerdos extrajudiciales de pagos</span></h2>
<p><span style="font-weight: 400;">Uno de los pilares fundamentales de esta ley son los acuerdos extrajudiciales de pagos. Estos pueden adoptarse siempre que las deudas no superen los cinco millones de euros. Además se establecen algunos requisitos relacionados con el historial crediticio del deudor, como se ha comentado antes.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Los acuerdos extrajudiciales de pagos son una especie de </span><b>reestructuración de la deuda</b><span style="font-weight: 400;">. Mediante estos, el deudor puede pactar con sus acreedores medidas como esperas, quitas, cesiones en o para pago, conversiones del pasivo en préstamos o acciones…</span></p>
<h3><span style="font-weight: 400;">La aprobación de los acuerdos</span></h3>
<p><span style="font-weight: 400;">El acuerdo extrajudicial, cuando seas persona física, </span><b>se tramitará ante un notario</b><span style="font-weight: 400;">. Este comunicará al juzgado la iniciación de la negociación, y la gestionará siempre que no se designe un <a href="https://www.conceptosjuridicos.com/mediador-concursal/">mediador concursal</a>.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Los acreedores participarán en la elaboración del acuerdo, debiendo aprobarlo para que sea efectivo. En el caso de que seas un particular, solo podrás ofrecer quitas, esperas y cesiones. Además, </span><b>la extensión de estas medidas depende del volumen de acreedores que estén de acuerdo con la propuesta</b><span style="font-weight: 400;">:</span></p>
<ul>
<li style="font-weight: 400;"><span style="font-weight: 400;">Si el 60 % del pasivo vota a favor del acuerdo, este afectará a todos los acreedores sin garantías reales, y a estos por el valor en que la deuda exceda el precio de la garantía. Las medidas a adoptar incluirán quitas de hasta el 25 % del importe de cada deuda y esperas de hasta cinco años.</span></li>
<li style="font-weight: 400;"><span style="font-weight: 400;">Cuando la mayoría sea del 75 % del pasivo, las quitas podrán superar este porcentaje, y las esperas podrán dilatarse hasta los diez años.</span></li>
</ul>
<h3><span style="font-weight: 400;">Efectos de los acuerdos extrajudiciales de pagos</span></h3>
<p><span style="font-weight: 400;">Como ocurre con las declaraciones de concurso, la aprobación de un acuerdo extrajudicial de pagos impide que los acreedores insten la ejecución individual contra el patrimonio del deudor. Además, paralizan las actuaciones ejecutorias que estén en marcha. Sin embargo, esta paralización solo afecta a las acciones de reclamación de las deudas previas al acuerdo.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Por otro lado, producirá los efectos acordados, que incluyen la conversión, aplazamiento o extinción de las deudas.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Evidentemente, el acuerdo solo vincula a los acreedores y al deudor insolvente. De modo que aquellos podrán proceder contra los deudores solidarios de este.</span></p>
<h3><span style="font-weight: 400;">Plan de pagos</span></h3>
<p><span style="font-weight: 400;">El acuerdo extrajudicial debe ir acompañado de un plan de pagos, propuesto por el deudor pero elaborado con la participación de los acreedores. </span><b>Aprobado el mismo, el Juez acordará la exoneración provisional de ciertos pagos, conforme al contenido del plan</b><span style="font-weight: 400;">.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">El plan de pagos tiene una duración de cinco años. En el caso de no revocarse en este plazo, el Juez elevará mediante auto la exoneración provisional a definitiva. Además, la ley de segunda oportunidad permite que, con participación de las partes, se eleve la exoneración a definitiva en casos en que el deudor no haya logrado cumplir su plan de pagos, siempre que invirtiera en ello más de la mitad de sus ingresos.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">De modo que el acuerdo extrajudicial y el plan de pagos cumplen un doble objetivo:</span></p>
<ol>
<li style="font-weight: 400;"><b>Reestructurar la deuda</b><span style="font-weight: 400;">, lo que hace más llevadero su pago para el deudor y más probable su cobro para el acreedor.</span></li>
<li style="font-weight: 400;"><span style="font-weight: 400;">Acordar unas directrices que permiten </span><b>evaluar la buena fe del insolvente</b><span style="font-weight: 400;">. Y es que la ley premia la voluntad de pago, a la vez que entiende que no resulta exigible el cumplimiento de una obligación a quien no puede satisfacerla por causas ajenas a su voluntad.</span></li>
</ol>
<p>Consulta a <a href="https://lexgoapp.com/abogados-ley-segunda-oportunidad">nuestros abogados especialistas en Ley de Segunda Oportunidad</a> si necesitas información o asistencia.</p>
<h3><span style="font-weight: 400;">Revocación del beneficio de exoneración</span></h3>
<p><span style="font-weight: 400;">Una vez aprobado el beneficio de exoneración, y siempre durante su etapa provisional, los acreedores pueden solicitar su revocación. Siguiendo las dos líneas que acabamos de plantear, los motivos para solicitar esta revocación pueden ser:</span></p>
<ul>
<li style="font-weight: 400;"><span style="font-weight: 400;">De </span><b>carácter económico</b><span style="font-weight: 400;">. Es el caso de una mejoría en la situación económica del deudor o del descubrimiento de ingresos o patrimonio ocultado. En ambos casos puede impugnarse el beneficio, dada la solvencia de quien se acogió a él.</span></li>
<li style="font-weight: 400;"><span style="font-weight: 400;">De </span><b>carácter ético</b><span style="font-weight: 400;">. Es el caso de que el deudor incumpla con su plan de pagos o caiga en las circunstancias que impiden el acceso al mismo. En estos casos se considera al deudor indigno de disfrutar de este beneficio, que solo protege a quien ha pagado todas sus deudas hasta que la coyuntura se lo ha impedido.</span></li>
</ul>
<p><span style="font-weight: 400;">La revocación del beneficio de exoneración se realiza por medio de juicio verbal.</span></p>
<h2><span style="font-weight: 400;">Otros aspectos de interés</span></h2>
<p><span style="font-weight: 400;">Por supuesto, para acogerte al beneficio de exoneración de pagos deberás entregar todo tu patrimonio a tus acreedores. Estableciendo un plan de pagos realista podrás librarte de la deuda que exceda tu patrimonio presente y el adquirido durante la vigencia del mismo.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">También deberás mantener una conducta impecable en lo referente al pago de tus deudas. Esto implica no incurrir en delitos económicos ni sociales. Además, debes tener en cuenta que tendrás que pagar tus deudas con Hacienda, con la Seguridad Social y las de carácter alimentario, que no se ven afectadas por la ley.</span></p>
<p><b>En definitiva, este sistema te permitirá acudir a una especie de concurso, aun siendo un particular</b><span style="font-weight: 400;">. Y si bien no salvará tu patrimonio presente, sí protegerá el futuro. Además te permitirá librarte de deudas en el caso de recurrir a mecanismos como la dación en pago.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Así, si necesitas librarte de tus deudas y empezar de cero, lo mejor es que recurras a un abogado competente en la materia. </span><b>La ley de segunda oportunidad te permite evitar la tan temida responsabilidad patrimonial universal</b><span style="font-weight: 400;">, aunque necesitarás la asistencia de un experto.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">En </span><a href="https://lexgoapp.com/"><b>LexGo App</b></a><span style="font-weight: 400;"> puedes encontrar <a href="https://lexgoapp.com/abogados-ley-segunda-oportunidad">profesionales especializados en la ley de segunda oportunidad</a>, que te quitarán de encima a los acreedores seas un autónomo o un particular.</span></p>
<p><b><i>Adrián Garzón Ximénez</i></b></p>
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		<title>¿Cómo funciona la Ley de la Segunda Oportunidad?</title>
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		<pubDate>Tue, 02 May 2017 10:48:36 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[ADMINISTRATIVO]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Con este post no vamos a explicar todo el procedimiento sobre esta ley, lo vamos a hacer más sencillo. Vamos a explicarte a qué tipo de…</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>Con este post no vamos a explicar todo el procedimiento sobre esta ley, lo vamos a hacer más sencillo. Vamos a explicarte a qué tipo de personas les encaja más este procedimiento para conseguir que te “limpien” de deudas.</p>
<p>El objetivo de la ley de la segunda oportunidad, es que el deudor persona física (persona natural o empresario (autónomo), consigue exonerarse de las deudas. Eso sí, no olvides que las deudas de seguridad social y hacienda tienes que pagarlas.</p>
<p><span style="font-weight: 400;">Después de 10 años de crisis, nos encontramos con muchos casos en los que el deudor persona física, durante estos años, ha dejado de pagar su hipoteca e incluso le han ejecutado la hipoteca y ha sido desahuciado. Después de este desahucio, lo normal es perder la vivienda y además deber dinero. Si a eso le sumas varios préstamos personales, o avales a terceros o empresas, te encuentras que no tienes activos (bienes), solamente deudas.</span></p>
<p><b>¿Qué hacer en esa situación?</b></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Es la mejor de las situaciones para conseguir una segunda oportunidad y comenzar de cero. Si te encuentras en esa situación, es decir debes varios préstamos, no tienes vivienda en propiedad, porque te han ejecutado y no tienes deudas con hacienda y seguridad social, puedes acudir al procedimiento de la ley de segunda oportunidad.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">1. Presentas un Acuerdo Extrajudicial de Pagos (AEP), con unas quitas y esperas muy elevadas.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">2. Los acreedores rechazarán tu propuesta de pagos.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">3. Se abre el Concurso Consecutivo.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">4. Se exoneran las deudas.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Ese es el proceso y las claves para conseguir que te condonen las deudas y comenzar de cero.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Para iniciar un proceso de este tipo, consulta primero un abogado especializado en derecho concursal. Entra en </span><a href="https://www.lexgoapp.com"><span style="font-weight: 400;">www.lexgoapp.com</span></a><span style="font-weight: 400;"> y encuentra a un abogado en derecho concursal cerca de ti.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Además, en un mes tendremos una nueva especialidad que se llamará “Ley de la segunda oportunidad”. </span><span style="font-weight: 400;">Los abogados concursales especializados en este proceso podrán ser encontrados directamente.</span></p>
<p style="text-align: left;"><strong><em>LexGoApp!!</em></strong></p>
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