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	<title>DESAHUCIO Archivos - LexGoApp Blog</title>
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		<title>Rasgos que definen a un abogado especializado en el mecanismo de la Segunda Oportunidad</title>
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		<dc:creator><![CDATA[LexGoApp]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 18 Mar 2022 07:48:11 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[<p>Análisis de los rasgos que definen a un abogado especializado en el mecanismo de Segunda Oportunidad.</p>
<p>La entrada <a href="https://lexgoapp.com/blog/rasgos-que-definen-a-un-abogado-especializado-en-el-mecanismo-de-la-segunda-oportunidad/">Rasgos que definen a un abogado especializado en el mecanismo de la Segunda Oportunidad</a> se publicó primero en <a href="https://lexgoapp.com/blog">LexGoApp Blog</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph"><em>José M.ª Puelles Valencia</em></p>



<p class="wp-block-paragraph"><em>Abogado-Administrador Concursal</em></p>



<p class="wp-block-paragraph"><em>El auge del mecanismo de Segunda Oportunidad vigente en nuestro país desde el 2015 ha crecido de forma notable en nuestra sociedad y ayuda a las personas físicas a exonerar sus deudas tras seguir un procedimiento concursal específico. En este artículo José María Puelles, uno de los especialistas en la materia en nuestro país, analiza el perfil del abogado de estos asuntos, clave para que el deudor pueda rehacer su vida profesional.</em></p>



<p class="wp-block-paragraph">No creo ser la persona más adecuada para indicar cuales deben de ser las cualidades que debieran tener los abogados que se dedican a la segunda oportunidad.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Sin embargo, en la medida en que he podido apreciar diversas cualidades en otros compañeros con los que me he encontrado a lo largo de mi ejercicio profesional en la segunda oportunidad, si creo que puedo hacer un ejercicio de introspección y poder destacar las cualidades que en ellos he admirado y que, por supuesto, me gustaría haber tenido.&nbsp;</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>La primera cualidad que debe de tener es el conocimiento, sólo desde el conocimiento puede un abogado ayudar a sus semejantes</strong>. Este conocimiento es y debe de ser alimentado de manera constante con continua formación.&nbsp;</p>



<p class="wp-block-paragraph">El derecho es una ciencia en permanente cambio y solo asistiendo a esos cambios con formación y estudio continuados se puede comprender y saber utilizar el mecanismo de la segunda oportunidad.&nbsp;</p>



<p class="wp-block-paragraph">Este conocimiento no debe de ser un conocimiento pasivo, debe de ser también un conocimiento crítico, ya que desde la crítica del sistema se puede contribuir a hacer un mejor mecanismo de segunda oportunidad y solo desde el pensamiento crítico se pueden conocer las carencias del sistema y tratar de evitarlas.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Así, esta formación continua no solo debe de limitarse al derecho <a href="https://lexgoapp.com/blog/frente-a-la-recesion-europea-los-concursos-de-acreedores-repuntan-en-espana-un-37-del-2019-a-2021-pese-a-la-moratoria-concursal/">concursal</a>, ya que la segunda oportunidad se ve a menudo afectada por otras ramas del derecho como el derecho de familia, civil, laboral, fiscal o administrativo.&nbsp;</p>



<p class="wp-block-paragraph">En muchas ocasiones será preciso conocer y aplicar los conocimientos en estas otras ramas del derecho en beneficio de nuestros clientes, para ello el abogado debe de formarse y estudiar continuamente todas ellas.&nbsp;</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong><a href="https://debify.es/">El abogado de la Segunda Oportunidad</a> además ha de investigar e innovar, ha de mantenerse al día con los cambios legislativos y ha de buscar permanentemente las resoluciones judiciales que puedan beneficiar a su cliente y aplicarlas en su beneficio.</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">La segunda cualidad a destacar es la de la ética. El abogado que se dedique a la segunda oportunidad ha de tener ética ya que, de no tenerla, en la mayoría de las ocasiones se perjudica a sí mismo y perjudicará a sus clientes, y no solo al que eventualmente le pueda proponer algo contrario a las normas deontológicas sino a los clientes que él mismo pueda tener en el futuro.&nbsp;</p>



<p class="wp-block-paragraph">La Segunda Oportunidad va destinada al deudor de buena fé por lo que no es en absoluto un mecanismo destinado a deudores profesionales o a deudores deshonestos.&nbsp;</p>



<p class="wp-block-paragraph">De introducir el abogado en el sistema de segunda oportunidad a este tipo de deudores poco honestos, hacemos que el sistema pueda dejar de ser viable para las personas que verdaderamente merecen la segunda oportunidad.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Pensemos que, de alguna manera, en nuestro despacho también nos toca “hacer justicia” desechando los casos que, por contravenir las normas de la ética, no merezcan nuestra implicación.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Igualmente, el abogado ha de ser honesto con su cliente</strong>. Pensemos que el cliente de segunda oportunidad acude a nosotros seguramente como “último recurso” cuando no pueda más. Es más, en muchas ocasiones será la primera vez que hable con un abogado, démosle siempre una buena impresión, hagamos siempre que piense que está en buenas manos.&nbsp;</p>



<p class="wp-block-paragraph">Hemos de ser, en ese sentido, asertivos, comprensivos, leales y fieles. Hablemos siempre claro a nuestro cliente y no le juzguemos nunca porque no es esa nuestra misión.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La relación con el cliente debe de estar basada en la confianza, por tanto, la honestidad es la máxima que debe de presidir nuestra actuación, como contrapartida a esa confianza puesta en nosotros.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La honestidad ha de venir referida en cuanto a trasladar al cliente las posibilidades reales del caso, en darle la necesaria información de lo que tenga de positivo y de negativo. Por supuesto, también con honestidad, justicia y prudencia en cuanto a los honorarios que le solicitemos.&nbsp;</p>



<div class="wp-block-image"><figure class="aligncenter size-full is-resized"><a href="https://lexgoapp.com/blog/wp-content/uploads/2022/03/Jose-Maria-Puellas-Abogado-y-Administrador-Concursal-.jpeg"><img fetchpriority="high" decoding="async" src="https://lexgoapp.com/blog/wp-content/uploads/2022/03/Jose-Maria-Puellas-Abogado-y-Administrador-Concursal-.jpeg" alt="" class="wp-image-5608" width="328" height="378"/></a><figcaption>José María Puellas, Abogado y Administrador Concursal.</figcaption></figure></div>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>El abogado de Segunda Oportunidad ha de implicarse con su cliente</strong>. Escuchemos a nuestro cliente, no solo sobre el problema que lo trae a nuestro despacho, también sobre su familia, sobre su actividad, sobre las cuestiones que le preocupan.&nbsp;</p>



<p class="wp-block-paragraph">El abogado de Segunda Oportunidad ha de ser un poco “agente social” y deberá de orientar a su cliente en multitud de cuestiones, en la mayoría de las ocasiones el conocer estas cuestiones nos será necesario para solicitarle la segunda oportunidad, en las menos, simplemente le ayudaremos escuchándole.&nbsp;</p>



<p class="wp-block-paragraph">Seamos siempre comprensivos, pongámonos en su lugar y hagamos nuestros sus problemas, solo desde una cierta implicación podremos darle la ayuda que necesita. Tampoco olvidemos que es un cliente, un cliente especial eso sí, pero un cliente siempre.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>El abogado ha de ser combativo (y un poco quijote).</strong> En la defensa de su cliente se enfrentará a gigantes, a los grandes organismos públicos, a la banca y a las grandes empresas. En beneficio de nuestro cliente hemos de conocer cómo funcionan éstas, a utilizar sus mecanismos, a saber hasta dónde pueden y no pueden llegar.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En nuestro trato con ellas no seamos menos, pensemos que defendemos intereses ajenos que, como mínimo, merecen el mismo amparo, la misma atención y la misma justicia que las grandes empresas puedan tener.&nbsp;</p>



<p class="wp-block-paragraph">Igualmente, en el acceso a los tribunales no nos quedemos nunca con lo primero que nos digan o resuelvan, seamos valientes y, si hay lugar para ello, recurramos en defensa de nuestro cliente lo que creamos que debemos de recurrir.</p>



<p class="wp-block-paragraph">No nos demos por vencidos y no nos preocupemos en fallar, <a href="https://debify.es/servicios-negociacion-deudas/">nuestro trabajo</a> es pedir una justicia que no siempre depende de nosotros, pidámosla siempre con respeto, serenidad y prudencia, pero también con firmeza, tratando de vencer siempre pero a la vez de convencer de la justicia de nuestra pretensión.</p>



<p class="wp-block-paragraph">A la misma vez que todo lo anterior, <strong>el abogado ha de ser metódico y ordenado, ágil en la toma de decisiones y flexible para adaptarse a cada situación</strong>. Ha de ser un buen estratega en el diseño de cada caso. Ha de ser paciente y buen negociador. También ha de ser capaz de manejar y adaptarse a las nuevas tecnologías.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Por último, todas las anteriores cualidades no tendrían ningún sentido si el abogado de Segunda Oportunidad no es una buena persona y no disfruta con su trabajo. Los psicólogos apuntan que para ser buenos en nuestro trabajo la clave está en&nbsp;ser feliz.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Por tanto, actúen con bondad con su cliente y sírvanse ser felices con lo que hacen, porque si la idea de la justicia es la que debe de presidir nuestra labor, les puedo asegurar que, cuando esta se consigue, a todo abogado le produce gran felicidad.&nbsp;</p>



<p class="wp-block-paragraph">Resulta muy curioso comprobar que, para los seres humanos, el reponer el orden quebrado por la injusticia les produzca cierta alegría, pero la realidad es que es así.&nbsp;</p>



<p class="wp-block-paragraph">Al menos para esos seres extraordinarios que son los compañeros que he conocido en mi quehacer profesional en la Segunda Oportunidad y que les mencionaba al principio y que son los que han inspirado estas reflexiones.</p>
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		<title>Qué hacer con un inquilino moroso</title>
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		<dc:creator><![CDATA[LexGoApp]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 30 Aug 2018 10:23:37 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[<p>Tengo una vivienda en alquiler y el inquilino no me paga ¿Qué puedo hacer? &#160; El miedo a dar con un inquilino moroso sigue siendo una…</p>
<p>La entrada <a href="https://lexgoapp.com/blog/que-hacer-con-un-inquilino-moroso/">Qué hacer con un inquilino moroso</a> se publicó primero en <a href="https://lexgoapp.com/blog">LexGoApp Blog</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<h2><strong>Tengo una vivienda en alquiler y el inquilino no me paga ¿Qué puedo hacer? </strong><strong>&nbsp;</strong></h2>
<p>El miedo a dar con un <strong>inquilino moroso </strong>sigue siendo una de las principales preocupaciones de los propietarios de viviendas. El ‘’boom’’ del alquiler que estamos atravesando en los últimos tiempos ha aumentado la morosidad de los inquilinos y cada vez son más los propietarios afectados por el impago de rentas.</p>
<p>En este contexto, resulta lógico que el propietario de una vivienda tenga como principal obsesión averiguar si el futuro inquilino será un buen pagador y, en caso negativo, como proceder para recuperar el dinero de las rentas y la posesión del inmueble.</p>
<p>Si eres propietario, lo primero que debes saber es que en caso de impago <strong>existen mecanismos legales que te permiten recuperar las mensualidades que el inquilino ha dejado de abonar, así como la posesión del inmueble mediante la denominada acción de desahucio.</strong></p>
<p>El proceso a seguir es el siguiente:</p>
<p><strong>Vía extrajudicial</strong></p>
<p>En primer lugar, es recomendable realizar un requerimiento previo al arrendatario, mediante burofax, comunicándole el importe pendiente de la renta y advirtiéndole que si a la mayor brevedad no procede a su liquidación, se iniciarán las actuaciones legales que correspondan. Desafortunadamente, <strong>es muy probable que la vía extrajudicial resulte infructuosa</strong>, por lo que llegado a este punto no nos quedará otra alternativa que interponer la correspondiente demanda judicial.</p>
<p>Este requerimiento de pago, además, evitará que una vez iniciada la vía judicial el inquilino pueda evitar el desalojo de la vivienda pagando las cantidades adeudadas, ya que dicho requerimiento evita la posibilidad de enervar la acción de desahucio.</p>
<p><strong>Vía judicial</strong></p>
<p>El procedimiento judicial por impago de rentas de alquiler de una vivienda <strong>se puede iniciar con una sola renta mensual impagada</strong>. Es decir, no es necesario que se adeuden dos o más mensualidades para iniciar los trámites judiciales.</p>
<p>Para iniciar el procedimiento<strong>será necesaria la asistencia de Abogado y Procurador&nbsp;</strong>y en él <strong>podremos solicitar tanto el pago las rentas pendientes, como el desalojo de la vivienda por parte del inquilino</strong>a través de la acumulación de la acción de desahucio.</p>
<p>Una vez admitida la demanda de desahucio, el Juzgado dictará Decreto mediante el cual requerirá al inquilino para que desaloje el inmueble, pague al propietario o se oponga, en cuyo caso se fijará día y hora para la celebración del juicio. Dicha oposición es del todo improbable, dado que el único motivo de oposición posible es la acreditación del pago de las rentas.</p>
<p>Si no hay oposición, que es lo más probable, se señala la fecha del <a href="https://desahucioinquilinos.es/blog/lanzamiento-impago-alquiler/">lanzamiento inmediato</a>.</p>
<p><strong>Lanzamiento</strong></p>
<p>El día señalado la comisión judicial y el cerrajero, si fuera preciso, se personarán en la vivienda y accederán a ella. Asimismo, se levantará acta sobre el estado de la vivienda a los efectos de posibles daños que puedan reclamarse con posterioridad.</p>
<p>En este acto, <strong>se entregará la posesión de la vivienda al propietario.</strong></p>
<p>El tiempo medio de un desahucio por impago de rentas suele ser de 4 a 6 meses, aproximadamente, aunque los plazos dependerán del Juzgado competente en cada caso.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><em><strong>Por Olga Majoral Bustos</strong></em></p>
<p>&nbsp;</p>
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