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Abogados reclamar impagos

La reclamación del impago de facturas permite a las empresas y autónomos exigir la satisfacción de sus deudas comerciales vencidas. Tengamos en cuenta que una factura impagada representa un lastre para el proyecto, ya que:

  • Merma la liquidez de la compañía.

  • Pone en riesgo su tesorería.

  • En caso de requerir la solicitud de un préstamo, tiene un coste en concepto de intereses.

Por eso, aunque convenga iniciar estas reclamaciones por la vía amistosa, es importante conocer el proceso judicial del impago de facturas. A ello dedicamos nuestro artículo actual.

La reclamación extrajudicial de facturas impagadas

Lo más recomendable ante cualquier reclamación es que primero se proceda por vía extrajudicial. Así, una buena práctica consiste en recordar periódicamente a los clientes los descubiertos, por si el impago se debe a un descuido.

Cuando el cliente sabe que tiene una factura vencida y pendiente pero no la abona, conviene remitir una carta de reclamación de deuda. No existe un formato particular para estas cartas, pero básicamente habría que identificar:

  • La identidad del cliente y nuestra empresa.

  • El origen de la deuda (por ejemplo, consignando el número de las facturas pendientes de pago y su fecha de vencimiento).

  • Un requerimiento de pago, acompañado de los medios procedentes para hacerlo (por ejemplo, el número de cuenta).

Recuerda que la Ley 3/2004 te permite exigir intereses de demora. Para ello es necesario que haya transcurrido el plazo de pago, que será el consignado en el contrato o, en su defecto, 30 días naturales. En ningún caso se podrá acordar un plazo de pago superior a 60 días naturales.

Los intereses devengados serán los pactados o el interés legal aplicado por el BCE a sus operaciones de financiación incrementado en 8 puntos, sin que sea necesario advertir del vencimiento de la obligación ni intimar su pago.

Además, el acreedor tendrá derecho a exigir 40 euros en concepto de indemnización por costes de cobro. Esta cuantía se añade en todo caso a la deuda principal, sin necesidad de petición expresa. También podrá exigir una indemnización por todos los gastos de cobro que pueda acreditar.

Si el cliente tampoco atiende a este requerimiento de pago deberemos realizar la reclamación por cualquier medio fehaciente, como un burofax. En muchas ocasiones basta con que en la reclamación aparezca el membrete de un abogado para que el cliente ceda.

La reclamación judicial de facturas impagadas

Cuando el cliente persiste en su incumplimiento, no quedará otra opción más que acudir a los tribunales. Para ello se puede realizar la correspondiente reclamación mediante el juicio monitorio.

El proceso monitorio es la vía idónea para reclamar deudas comerciales, ya que es muy rápido y sencillo. Básicamente sirve para reclamar deudas líquidas, determinadas, vencidas y exigibles.

Este proceso se regula en la Ley de Enjuiciamiento Civil, y sus características básicas son las que se recogen a continuación.

Presupuestos del proceso monitorio

Para poder presentar el proceso monitorio es necesario que la deuda reclamada sea líquida, determinada, vencida y exigible. Su cuantía es irrelevante, pero sí resulta fundamental que esté documentada:

  • Mediante documentos firmados por el deudor o con su sello.

  • En facturas, albaranes de entrega, certificaciones u otros documentos unilaterales pero que se empleen habitualmente para documentar créditos y deudas.

  • O mediante documentos comerciales que acrediten una relación duradera.

Cómo presentar la demanda monitoria

Esta demanda se presenta en el Juzgado de Primera Instancia del domicilio del deudor, aunque es posible elegir el foro mediante una cláusula de sumisión expresa o tácita. El escrito de solicitud debe incluir:

  • Domicilio o domicilios del acreedor y deudor.

  • Documentación acreditativa de la deuda.

  • Fecha de vencimiento y cuantía de la misma.

Proceso monitorio

Como hemos indicado, el proceso monitorio es rápido y sencillo. Admitida la solicitud, el Letrado de la Administración de Justicia requerirá al acreedor para que pague sus deudas en un plazo de 20 días. En el mismo requerimiento se le apercibirá de que si no paga ni se opone en plazo se despachará ejecución.

El pago de la deuda supondrá el archivo de las actuaciones, mientras que el impago supondrá la ejecución del patrimonio del acreedor. Por su parte, el acreedor puede oponerse, caso en el cual se tramitará la reclamación conforme al juicio verbal u ordinario (el que resulte aplicable).

La reclamación del impago de facturas mediante abogado

Aunque la reclamación extrajudicial de deudas y las reclamaciones judiciales inferiores a 2.000 euros no requieren la asistencia de abogado, lo cierto es que siempre es recomendable contratar a estos profesionales a la hora de reclamar un impago.

Muchos abogados se especializan en la gestión de impagos y recobros. La ayuda de estos especialistas te permitirá agilizar el proceso de reclamación, pudiendo evitar acudir a los juzgados en la mayoría de las ocasiones.

Incluso si tienes que terminar presentando una demanda, la asistencia de un abogado especializado en recobros te permitirá reclamar la cuantía íntegra, incluyendo intereses. Ten en cuenta que en otro caso podrías perjudicar tus derechos de cobro.

Además, si el deudor se opone al monitorio y terminas en juicio verbal u ordinario será necesaria la asistencia de abogado y procurador. Por tanto, siempre será mejor que tu abogado esté al tanto de tu situación, lo que le permitirá agilizar la reclamación del impago de tus facturas.