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Abogados especialistas en contratación de trabajadores extranjeros

El artículo 10 de la Ley Orgánica 4/2000, de Extranjería (LOE) reconoce el derecho de los extranjeros a realizar actividades remuneradas en España, por cuenta propia o ajena, así como a quedar amparados por nuestro sistema de Seguridad Social. Sin embargo, se establecen una serie de requisitos, que pueden variar dependiendo de las circunstancias de cada trabajador.

El requisito principal para poder trabajar en España es poseer una autorización administrativa para residir y trabajar en vigor. Esta autorización tiene una duración inicial de un año y suele limitarse geográfica y profesionalmente.

Además, deberás cursar alta en la Seguridad Social. Para ello tienes que afiliarte tú mismo si eres autónomo. En caso de trabajar por cuenta ajena, será tu empleador quien se encargue de gestionar este alta.

La Entidad Gestora realiza una comprobación previa, en la que verificará que poseas la habilitación para residir y trabajar y, en caso de que sea exigible, la titulación para ejercer tu profesión. En estos casos puede ser necesario que solicites una homologación o te colegies.

También se comprobarán tus antecedentes penales, así como que no te encuentres en situación de compromiso de no retorno.

Requisitos para trabajar en España

El “único” requisito para trabajar en España es disponer de la citada autorización para residir y trabajar en vigor. Lo entrecomillo porque, en determinadas situaciones, podrían añadirse condiciones especiales.

Cómo contratar trabajadores extranjeros

Lo primero que debes hacer es contratar un abogado especialista en laboral y extranjería. Rellena nuestro formulario y te pondremos en contacto con los mejores abogados en contratación de trabjadores extranjeros.